MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXIV LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Seguridad Social
Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2018
Propone modificar "esposo o concubino" por el vocablo "cónyuge"; y se contempla la posibilidad de otorgarle a la mujer trabajadora, el derecho de transmitir al esposo o al concubinario una pensión de viudez en el caso eventual de su fallecimiento.

Adiciona la definición de "Unión civil", entendiéndola como el acto jurídico bilateral que se constituye cuando las personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común con voluntad de permanencia y ayuda mutua, por el que se deriven obligaciones alimentarias, de sucesión o semejantes y que esté reconocido en la legislación de los estados, cualquiera que sea la denominación que adquiera.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2018


Proceso legislativo:

1. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 31 de octubre de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 06 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 110 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2018.

5. Declaratoria de publicidad emitida el 27 de noviembre de 2018.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 415 votos a favor y 6 abstenciones.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos.

9. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2020.

10. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 94 votos a favor.

11. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2023.
2  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 13 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2018
Establecer como requisito para ser Jefe del Servicio de Administración Tributaria contar con título profesional al menos con diez años de antigüedad y se cuente a la vez, con estudios especializados en las materias que son responsabilidad de este órgano desconcentrado, lo cual es acorde con el principio de igualdad en el acceso a la función pública y propicia la captación de los mejores perfiles para el servicio del Estado.

Se propone que no desempeñe durante el periodo de su encargo ninguna otra comisión o empleo dentro de la Federación, Entidades Federativas, Municipios, alcaldías de la Ciudad de México, órganos autónomos constitucionales, organismos descentralizados, empresas productivas del estado.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2018


1. Iniciativa presentada por la Sen.Sasil De León Villard (PES), el 09 de octubre de 2018.

2, Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 31 de octubre de 2018.

3: Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 67 votos a favor, 40 en contra y 5 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2018.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 409 votos a favor y 41 en contra.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 2018.
3  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 199 de la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 8-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 8-Noviembre-2018
Definir la manera en que todas aquellas personas interesadas en contratar servicios bursátiles puedan llevarlos a cabo sin encontrarse físicamente en el lugar, utilizando para ello la firma electrónica avanzada como un mecanismo de autentificación.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2018


1. Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 09 de octubre de 2018.

2. Dictamen de primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 31 de octubre de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 108 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2018.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 448 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de 2019.
4  Proyecto de decreto por el que se crea la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2018
tiene por objeto reglamentar la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables.

El nombramiento del titular de la Fiscalía General de la República se realizará conforme al artículo 102 de la Constitución.

Propone la integración de un Consejo Ciudadano de la Fiscalía General de la República como órgano especializado de consulta, de carácter honorífico, que ejercerá las funciones establecidas en la Ley. Estará integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución en materia de procuración e impartición de justicia, investigación criminal y derechos humanos, en especial de las mujeres, de los pueblos y las comunidades indígenas, de los niños, niñas, adolescentes y personas migrantes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 11-Diciembre-2018


1. Iniciativas consideradas en el dictamen presentadas en la Cámara de Senadores:

a) Iinicativa presentada por el Sen. Juan Manuel Zepeda Hernández (PRD), el 11 de septiembre de 2018.

b) Iniciativa presentada por los Senadores Ricardo Monreal Ávila, Olga Sánchez Cordero y Julio Menchaca Salazar (MORENA), el 25 de septiembre de 2018.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 13 de noviembre de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de noviembre de 2018, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 70 votos a favor y 47 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de noviembre de 2018.

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 341 votos a favor, 119 en contra y 1 abstención.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de diciembre de 2018.
5  Proyecto de decreto por el que se reforman el artículo 22 y la Fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2018
Propone que opere la figura jurídica de prescripción en la acción de extinción de dominio y que sea procedente sobre bienes de carácter patrimonial de ilegitima procedencia, derivado de los delitos de: corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 18-Diciembre-2018


1. Iniciativa del Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 30 de marzo de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 28 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 314 votos a favor y 5 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de junio de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales; de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 13 de noviembre de 2018, aprobado el Proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 99 votos a favor. (LXIV Legislatura).

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de noviembre de 2018.

8. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 18 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 474 votos a favor.

9. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

10. Declaratora de aprobación por las legislatiuras de los estados en la Cámara de Diputados el 07 de marzo de 2019.

11. Declaratora de aprobación por las legislatiuras de los estados en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2019.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2019.
6  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 27-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Trámites
Publicación en Gaceta: 27-Noviembre-2018
Sustituir el término de Procurador General de la República por el de Fiscal General de la República, el de Oficial Mayor por Titular de la Unidad de Administración y de las delegaciones por oficinas de representación; establecer las atribuciones de la Oficina de la Presidencia y de la Secretaría de Gobernación; crear la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Noviembre-2018


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Fernando García Hernández (MORENA), el 09 de octubre de 2018.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Mario Delgado Carrillo y de Diputadas y Diputados de su Grupo Parlamentario (MORENA), el 18 de octubre de 2018.

c) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Fernando García Hernández (MORENA), el 25 de octubre de 2018.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Angélica Tagle Martínez (MC), el 31 de octubre de 2018.

e) Iniciativa presentada por el Dip. Benjamín Robles Montoya, a nombre propio y de las diputadas Maribel Martínez Ruiz, Margarita García García y Claudia Angélica Domínguez Vázquez (PT), el 19 de septiembre de 2018.

f) Iniciativa presentada por la Dip. Sara Medina Rocha (PRI), el 18 de octubre de 2018.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 305 votos a favor y 97 en contra y 62 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2018, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2018 en lo general y en lo particular por 63 votos a favor; y 43 votos en contra.

6. Se devuelve con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de noviembre de 2018, se le dispensaron todos los trámites y se sometío a discusión y votación de inmediato.

8. Aprobado en lo general y en lo particular por 328 votos a favor y 48 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018.
7  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y se abroga la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 28-Noviembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Dispensa de Trámites
Publicación en Gaceta: 28-Noviembre-2018
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de crear del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y abrogar la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2018


1. Iniciativa presentada por el Dip. Fortunato Rivera Castillo nombre de Diputadas y Diputados de su Grupo Parlamentario (MORENA), el 02 de octubre de 2018.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 22 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 430 votos a favor y 1abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2018. Se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 27 de noviembre de 2018 en lo general y en lo particular por 63 votos a favor; y 43 votos en contra.

6. Se devuelve con modificaciones a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2018, se le dispensaron todos los trámites y se sometío a discusión y votación de inmediato.

8. Aprobado en lo general y en lo particular por 440 votos a favor y 1 abstención.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre de 2018.
8  Proyecto de decreto por el que se reforma la Fracción III del artículo 113 y se adiciona un artículo 113 Bis al Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 4-Diciembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 4-Diciembre-2018
Sancionar a quien adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados e incrementar la sanción al que los expida o enajene.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Abril-2019


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María Guadalupe Covarrubias Cervantes (MORENA), el 09 de octubre de 2018. (LXIV Legislatura)

2. Dictamen de Primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2018.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de diciembre de 2018.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 08 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 417 a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2019.
9  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 11-Diciembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 11-Diciembre-2018
Ordenar por el juez la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Febrero-2019


1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa presentada por la Sen. Nancy Sierra Arámburo (PT), el 18 de septiembre de 2018.
b) Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), 20 de septiembre de 2018.
c) Iniciativa presentada por los senadores María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Muricio Kuri González, Ismael García Cabeza de Vaca y Juan Antonio Martín del Campo (PAN), el 27 de septiembre de 2018.
d) Iniciativa presentada por el Sen. Alejandro González Yáñez (PT), el 25 de octubre de 2018.
e) Iniciativa presentada por el Sen. Eruviel Ávila Villegas (PRI), el 25 de octubre de 2018. (LXIV Legislatura)
f) Iniciativa presentada por la Sen. Sylvana Beltrones Sánchez (PRI), el 08 de noviembre de 2018.
g) Iniciativa presentada por el Sen. Alejandro González Yáñez (PT), el 08 de noviembre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2018.

3. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2018 por 91 votos a favor y 18 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de diciembre de 2018.

6. Declaratoria de Publicidad emitida el 16 de enero de 2019.

7. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 19 de febrero de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos a favor, 96 en contra y 5 abstenciones.

8. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2019
10  Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Diciembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2018
Eliminar las limitantes que restringen el derecho de la ciudadanía de acceder a puestos de dirección, coordinación y vigilancia, armonizar los términos de igualdad y los principios de progresividad, universalidad, interdependencia, indivisibilidad, interpretación conforme y pro persona.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 7-Febrero-2019


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Minerva Citlalli Hernández Mora (MORENA) el 15 de noviembre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura del 27 de noviembre de 2018.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 66 votos a favor, 44 en contra y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2018.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 07 de febrero de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 303 votos a favor, 111 en contra y 31 abstenciones

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos onstitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 01 de marzo de 2019.
11  Proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 40 y se adiciona un segundo párrafo al artículo 44 Bis 4, de la Ley de Instituciones de Crédito.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Diciembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2018
Integrar a los consejeros independientes del consejo directivo de forma paritaria. Procurar y priorizar dentro de los recursos destinados a la oferta de productos y servicios financieros, programas y proyectos que atiendan las necesidades específicas de las mujeres en materia de ahorro, inversión, crédito y mecanismos de protección.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2019


1. Iniciativa de la Sen. Vanessa Rubio Mórquez (PRI), el 06 de septiembre de 2018.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 101 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2018.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 04 de junio de 2019.
12  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Diciembre-2018

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Educación
Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2018
Fortalecer la educación inclusiva, precisar la definición de educación especial y educación inclusiva; diseñar e implementar un programa de educación bilingüe entre el español y la lengua de señas mexicanas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Octubre-2020


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Alejandra Lagunes Soto Ruiz, a nombre de los Senadores del grupo parlamentario del PVEM, el 06 de septiembre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2018.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado por 103 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2018.

6. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 15 de octubre de 2020, aprobado en lo general y en lo particular por 338 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
13  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de guardia nacional, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 26-Febrero-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 22-Febrero-2019
Precisar los fines de la guardia nacional, el carácter civil de la autoridad, salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Febrero-2019


1. Iniciativa de la Dip. María Guillermina Alvarado Moreno (MORENA), suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario, el 20 de noviembre de 2018.

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 21 de diciembre de 2018.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 16 de enero de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 362 votos en pro, 119 en contra y 4 abstenciones.

4. Pasó a la Cámara de Senadores para sus efectos Constitucionales.

5. Minuta recibida en Cámara de Senadores el 17 de enero de 2019.

6. Dictamen de Primera Lectura del 19 de febrero de 2019.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 127 votos.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida el 22 de febrero de 2019.

10. Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de febrero de 2019.

11. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 28 de febrero de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 463 votos a favor y 1 en contra

12. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

13. Declaratora de aprobación por las legislatiuras de los estados en la Cámara de Diputados el 07 de marzo de 2019.

14. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.
14  Proyecto de decreto por el que se reforma la denominación del Título Quinto y se Adiciona un Capítulo V al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 12-Marzo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 12-Marzo-2019
El derecho de iniciativa se fundamenta en la fracción II del artículo 71 y la facultad del Congreso de la Unión para legislar en la materia se sustenta en la fracción X, del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Diciembre-2019


Proceso legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 14 de septiembre de 2019.

2. Dictamen a de Primera Lectura presentado en la Cámara de Senadores el 28 de febrero de 2019.

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 05 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 64 votos a favor, 36 en contra y 4 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2019.

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 12 de diciembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 353 votos a favor, 101 en contra y 6 abstenciones

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de febrero de 2020, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2020. Proyecto de decreto aprobado por 46 votos a favor y 26 en contra.

10. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion E del artículo 72 de la CPEUM.
15  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de transformación de basura en energía.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Marzo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 14-Marzo-2019
Fomentar el aprovechamiento de la materia orgánica de los residuos sólidos urbanos en procesos de generación de energía y establecer en las normas oficiales mexicanas las especificaciones que deban cumplir los sitios de disposición final de esos residuos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 2-Octubre-2019


1. Iniciativa de los Senadores Raúl Bolaños Cacho Cué, Alejandra Lagunes Soto Ruíz, Gabriela Benavides Cobos y Eduardo Enrique Murat Hinojosa (PVEM), el 20 de septiembre de 2018.

2. Dictámen a discusión prensentado en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2019, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 105 votosa a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de marzo de 2019.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 02 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 401 votos a favor y 1 abstención.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 18 de noviembre de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
16  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 104 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2019
Precisar que ningún senador pertenecerá a más de cinco comisiones ordinarias, salvo Acuerdo de la Junta y se podrá incrementar el número de miembros de las comisiones, siempre que haya Acuerdo de la mayoría de los integrantes de la Junta de Coordinación Política y sea aprobado por el Pleno.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2019


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Sasil De León Villard, a nombre propio, del Sen. Ricardo Monreal Ávila y del Grupo Parlamentario MORENA, el 23 de octubre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura del 07 de marzo de 2019.

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 109 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de abril de 2019.

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 459 votos a favor y 1 abstención..

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de mayo de 2019.
17  Proyecto de decreto por el que reforman y derogan diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de Prohibición del Matrimonio Infantil.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2019
Prohibir el matrimonio infantil matrimonio infantil. Requerir para contraer matrimonio que los contrayentes tengan la mayoría de edad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2019


1. Iniciativas consideradas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. David Monreal Ávila (PT) el 13 de febrero de 2018 (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Josefina Eugenia Vázquez Mota (PAN) el 16 de octubre de 2018 (LXIV Legislatura)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Verónica Martínez Garcia (PRI) el 16 de octubre de 2018 (LXIV Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 19 de marzo de 2019. (LXIV Legislatura)

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 21 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 118 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de abril de 2019.

6. Declaratoria de Publicidad emitida el 29 de abril de 2019.

7. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 435 votos a favor y 1 en contra

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
18  Proyecto de decreto por el que se declara el 27 de junio de cada año, como el "Día Nacional de las MIPyMES Mexicanas, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 2-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2019
declara el 27 de junio de cada año, como el "Día Nacional de las MIPyMES Mexicanas"
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Abril-2021


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Diputados por los Diputados Jorge Enrique Dávila Flores y Miguel Ángel Suluub Caamal (PRI), el 10 de Marzo de 2016 (LXIII Legislatura).

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 350 votos.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura).

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 2 de diciembre de 2017, (LXIII Legislatura).

5. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 12 de marzo de 2019, (LXIV Legislatura).

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2019, Proyecto de Decreto aprobado por 104 votos.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 constitucional. (LXIV Legislatura).

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 2 de abril de 2019.

9. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de abril de 2021.

10. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 439 votos a favor y 2 en contra y 3 abstenciones.

11. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 08 de junio de 2021.
19  Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 9-Abril-2019
Establecer que el Presidente de la República, podrá ser acusado además de traición a la patria, por actos de corrupción, delitos electorales, casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud y se podrá proceder penalmente en contra del Presidente de la República solo mediante la acusación ante la Cámara de Senadores.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Octubre-2019


1. Iniciativa presentada por el titular del Poder Ejecutivo Federal en a la Cámara de Senadores, el 04 de diciembre de 2018.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores del 27 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 111 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de abril de 2019.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 29 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 420 votos a favor, 29 en contra y 5 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2019, Se emitieron 4 votos a favor, 97 en contra y 4 abstenciones.

9. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion E) del artículo 72 de la CPEUM.
20  Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción II Bis al artículo 61 de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 9-Abril-2019
Aplicación el tamiz neonatal para la detección de cardiopatías congénitas graves o críticas, antes del alta hospitalaria.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Abril-2021


1. Iniciativa presentada por la Sen. María Guadalupe Saldaña Cisneros (PAN), el 31 de octubre de 2018.

2. dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 26 de marzo de 2019.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 116 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de abril de 2019.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de abril de 2021.

7. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutvo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 01 de junio de 2021.
21  Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 3 bis, 8 y 9 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 11-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Juventud y Diversidad Sexual
Publicación en Gaceta: 11-Abril-2019
Sustituir la denominación de "Distrito Federal" por "Ciudad de México" de conformidad de la reforma política y la "Secretaría de Desarrollo Social" por la "Secretaría de Bienestar".
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 17-Febrero-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 17 de agosto de 2016.

2. Declaratoria de publicidad el 29 de noviembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidasde Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 26 de marzo de 2019.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 02 de abril de 2019. Aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de abril de 2019.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 17 de febrero de 2022.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 17 de febrero de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 475 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2022.
22  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de las personas trabajadoras del hogar.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Trabajo y Previsión Social
Con Opinión de  - Seguridad Social
- Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2019
Cambiar la denominación del Capítulo XIII por el de "Personas Trabajadoras del Hogar" definiendo a aquella como la persona trabajadora del hogar que de manera remunerada realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar en el marco de una relación laboral que no importe para la persona empleadora beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales. Establecer las modalidades de una persona trabajadora. Queda prohibida la contratación para el trabajo en el hogar de adolescentes menores de 15 años de edad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2019


1. Iniciativa de las senadoras Xóchitl Gálvez Ruiz, Patricia Mercado, Martha Lucia Micher Camarena, Alejandra Lagunes Soto Ruiz, Claudia Ruiz Massieu, Kenia López Rabadán y Citlalli Hernández Mora, así como los senadores Napoleón Gómez Urrutia y Damián Zepeda Vidales el 4 de diciembre de 2018.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 112 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2019.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 434 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores en sesion extraordinaria del 14 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 117 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 02 de julio de 2019.
23  Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XI al artículo 13, y un capítulo vigésimo primero al título segundo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 25-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Derechos de la Niñez y Adolescencia
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2019
Reconocer el derecho a la alimentación de niñas, niños y adolescentes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Septiembre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. Raúl Paz Alonzo (PAN), el 20 de diciembre de 2018. (LXIV Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 11 de abril de 2019. (LXIV Legislatura)

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2019. Aprobado por 109 votos a favor.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso A), del artículo 72 de la CPEUM. (LXIV Legislatura)

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2019. (LXIV Legislatura)

6. Declaratoria de publicidad emitida el 13 de septiembre de 2022.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 13 de septiembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 484 votos a favor.

8.Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de septiembre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la adolescencia; y de Estudios Legislativos.
24  Proyecto de decreto por el que se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 25-Abril-2019
Reglamentar la publicación del Diario Oficial de la Federación para favorecer su máxima publicidad, accesibilidad y disponibilidad.

Publicar el Diario Oficial de la Federación en forma electrónica, imprimir un ejemplar y expedir copias certificadas a instituciones.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Abril-2019


1. Iniciativa de la Dip. Karla Yuritzi Almazán Burgos a nombre de Diputadas y Diputados de su Grupo Parlamentario (MORENA), el 06 de noviembre de 2018.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 462 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de diciembre de 2018.

5. Dictamen de Primera Lectura el 11 de abril de 2019.

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y lo particular por 107 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de abril de 2019.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 457 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención..

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 31 de mayo de 2019.
25  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Economía, Comercio y Competitividad
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2019
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer las bases para la instrumentación de acciones y programas que las dependencias de la Administración Pública Federal deberán implementar para fomentar la confianza ciudadana, otorgando facilidades administrativas relacionadas con la actividad económica que desempeñan las personas físicas y morales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Junio-2019


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 13 de noviembre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura del 10 de abril de 2019.

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 11 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 106 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 11 de abril de 2019.

6. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 27 de junio de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 430 votos a favor, 1 en contra y 8 abstenciones.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 3 de septiembre, 2019, se turnó a las comisiones unidas de Economía y de Estudios Legislativos Segunda.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 64 votos a favor, 39 en contra y 2 abstenciones.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Fedeación el 20 de enero de 2020.
26  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del artículo 123 Constitucional.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 30-Abril-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 30-Abril-2019
Garantizar la libertad de asociación sindical.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Abril-2019


1.Iniciativa presentada por la Sen. Nancy de la Sierra Arámburo (PT), el 9 de octubre de 2018

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 115 votos a favor y 2 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

4. Munuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados 388 a favor, 36 en contra y 1 abstención

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 01 de mayo de 2019
27  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 8-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Educación
- Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 8-Mayo-2019
Garantizar la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. Corresponderá al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, publica, gratuita y laica. Establecer que la educación se basara en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Priorizar el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos. Reconocer a las maestras y maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, los cuales tendrán derecho a acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas. Establecer que el Sistema para la Carrera de las maestras y los maestros, corresponderá a la federación su rectoría y en coordinación con las entidades federativas, su implementación. El Estado fortalecerá a las instituciones públicas de formación docente, de manera especial a las escuelas normales. Los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral. Se respaldará a estudiantes en vulnerabilidad social, mediante el establecimiento de políticas incluyentes y transversales. En los pueblos y comunidades indígenas se impartirá educación plurilingüe e intercultural. Toda persona tendrá derecho a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación científica, humanística y tecnológica. Se crea el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, que será coordinado por un organismo público descentralizado. La obligatoriedad de la educación superior corresponderá al Estado.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Mayo-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, el 13 de diciembre de 2018.

b) Iniciativa de los diputados Juan Carlos Romero Hicks (PAN), Dip. Rene Juárez Cisneros (PRI), Dip. Iztacoatl Tonatiuh Bravo Padilla (MC), Dip. José Ricardo Gallardo Cardona (PRD) y suscrita por diputados integrantes de sus Grupos Parlamentarios, el 06 de febrero de 2019.

c) Iniciativa de la Dip. Ana Lilia Herrera Anzaldo (PRI), el 14 de febrero de 2019.

d) Iniciativa de la Dip. Julieta Macías Rábago (MC), el 19 de febrero de 2019.

e) Iniciativa del Dip. Erik Isaac Morales Elvira (MORENA), el 28 de febrero de 2019.

f) Iniciativa de la Dip. Dulce María Méndez De la Luz Dauzón (MC), el 07 de marzo de 2019.

g) Iniciativa del Dip. José Ricardo Gallardo Cardona (SP), el 14 de marzo de 2019.

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 23 de abril de 2019.

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 24 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 381 votos a favor, 77 en contra y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Educación y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 29 de abril de 2019.

7. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 95 votos a favor, 25 en contra y 2 abstenciones.

8. Se devuelve a la Camara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de mayo de 2019.

10. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 08 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 396 a favor, 68 en contra y 1 abstención.

11. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019.
28  Proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de paridad de género.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Puntos Constitucionales
- Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Establecer el principio de paridad en: los cargos de elección popular, en los Ayuntamientos en el número de las regidurías y sindicaturas, en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del poder Ejecutivo Federal, en la integración de los organismos autónomos, en la composición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la integración de organismos jurisdiccionales y en la integración del principio de representación proporcional de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores; e incorporar los sustantivos en femenino donde solo se hace alusión a los sustantivos en masculino.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Mayo-2019


1. Iniciativas consideradas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Kenia López Rabadán (PAN), el 06 de septiembre de 2018. (LXIV Legislatura)

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Martha Lucía Micher Camarena y Bertha Alicia Caraveo Camarena (MORENA), el 16 de octubre de 2018. (LXIV Legislatura)

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Martí Batres Guadarrama (MORENA), el 06 de noviembre de 2018. (LXIV Legislatura)

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Claudia Edith Anaya Mota (PRI), el 29 de noviembre de 2018. (LXIV Legislatura)

e) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Alejandra Lagunes Soto Ruíz (PVEM), el 28 de febrero de 2019. (LXIV Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura del 29 de abril de 2019. (LXIV Legislatura)

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 14 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 120 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

6. Declaratoria de Publicidad emitida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

7. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 445 votos a favor.

8. Pasa a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

9. Declaratora de aprobación por las legislatiuras de los estados en la Comisión Permanente el 05 de junio de 2019.

10. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de junio de 2019
29  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Guardia Nacional.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Seguridad Pública
- Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la organización y funcionamiento de la Guardia Nacional.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Mayo-2019


1. Dictamen a discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores el 21 de mayo de 2019, proyecto de decreto aprobado en votación nominal por 114 votos a favor y 1 abstención.

2. Pasa a la Cámara de Dipiutados para sus efectos constitucionales.

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

4. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 429 votos a favor y 1 en contra.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019.
30  Proyecto de decreto por se expide la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Seguridad Pública
- Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular el uso de la fuerza que ejercen las instituciones de seguridad pública del Estado, así como de la Fuerza Armada permanente cuando actúe en tareas de seguridad pública.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Mayo-2019


1. Dictamen a discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores el 21 de mayo de 2019, proyecto de decreto aprobado en votación nominal por 110 votos a favor y 1 abstención.

2. Pasa a la Cámara de Dipiutados para sus efectos constitucionales.

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

4. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 436 votos a favor y 1 en contra.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019.
31  Proyecto de decreto por se expide la Ley Nacional del Registro de Detenciones.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Justicia
- Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la integración y funcionamiento del Registro Nacional de Detenciones, estableciendo los procedimientos que garanticen el control y seguimiento sobre la forma en que se efectuó la detención de personas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Mayo-2019


1. Dictamen a discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores el 21 de mayo de 2019, proyecto de decreto aprobado en votación nominal por 114 votos a favor y 1 abstención.

2. Pasa a la Cámara de Dipiutados para sus efectos constitucionales.

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

4. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 430 votos a favor y 1 en contra.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019.
32  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Seguridad Pública
- Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Sustituir el concepto de Estados por entidades federativas, así como Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar el concepto de Bases de Datos como: Los que constituyen subconjuntos sistematizados de la información contenida en Registros Nacionales en materias relativas a detenciones, armamento, equipo y personal de seguridad pública, medidas cautelares, soluciones alternas y formas de terminación anticipada, así como las bases de datos del ministerio público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno relativas a la información criminalística, huellas dactilares de personas sujetas a un proceso o investigación penal, teléfonos celulares, personas sentenciadas y servicios de seguridad privada, así como las demás necesarias para la prevención, investigación y persecución de los delitos. El conjunto de bases de datos conformara el Sistema Nacional de Información. Así mismo incorporar el concepto de Secretaría como: Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana del Gobierno Federal y Sistema como: Sistema Nacional de Información.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Mayo-2019


1. Dictamen a discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores el 21 de mayo de 2019, proyecto de decreto aprobado en votación nominal por 114 votos a favor y 1 abstención.

2. Pasa a la Cámara de Dipiutados para sus efectos constitucionales.

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

4. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 428 votos a favor y 1 en contra.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

6. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de mayo de 2019.
33  Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 157, 158 y 160, y se deroga el 159 de la Ley Federal del Derecho de Autor.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Cultura y Cinematografía
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Proteger contra la explotación las obras colectivas y derivadas de las culturas populares o de las expresiones de las culturas tradicionales que no cuenten con la autorización por escrito de los pueblos o comunidades.

Establecer que cuando exista duda de la comunidad o pueblo acerca de la representación, publicación, comunicación o utilización en cualquier forma o puesta a disposición con fines de lucro de una obra literaria o artística, la parte interesada deberá solicitar la autorización por escrito a la Secretaría de Cultura para efecto de identificar al titular.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2019


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Susana Harp Iturribarría (MORENA), el 26 de febrero de 2019.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 98 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor y 1 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fraccion E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de diciembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Cultura y de Estudios Legislativos, Segunda.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 90 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 24 de enero de 2020.
34  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Sustituir al Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros por Banco del Bienestar, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, y establecer que el Banco realizará funciones de banca social y tendrá por objeto promover y facilitar el ahorro, el acceso al financiamiento en condiciones equitativas, la inclusión financiera, el uso y fomento de la innovación tecnológica a fin de procurar mejores condiciones a los integrantes del Sector (personas físicas y morales que, tengan acceso limitado a los servicios financieros por su condición socioeconómica o ubicación geográfica), la perspectiva de género y la inversión entre los integrantes del Sector, ofrecer instrumentos y servicios financieros de primer y segundo piso entre los mismos, canalizar apoyos financieros y técnicos necesarios para fomentar el uso de productos y servicios financieros que atiendan las necesidades del Sector y que promuevan la adopción de modelos de negocio y tecnologías financieras innovadoras que impacten en el sano desarrollo del Sector y en general, que la actividad de la Institución contribuya al desarrollo económico a nivel nacional y regional, proporcionar asistencia técnica y capacitación a los integrantes del Sector, así como dispersar los recursos destinados a subsidios y programas sujetos a reglas de operación de las dependencias y entidades.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Junio-2019


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Jesús Encinas Meneses (MORENA), el 02 de abril de 2019.

2. Dictamen de Primera Lectura del 29 de abril de 2019. (LXIV Legislatura)

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

6. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de junio de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 268 votos a favor, 48 en contra y 11 abstenciones

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 2019.
35  Proyecto de decreto por el que se adiciona el Apartado C al artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Mayo-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 23-Mayo-2019
Reconocer a los pueblos y comunidades afromexicanas, cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la Nación y garantizar sus derechos, libre determinación, autonomía, desarrollo e inclusión social.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Junio-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Susana Harp Iturribarría y el Senador Martí Batres Guadarrama (MORENA), el 18 de octubre de 2018.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Omar Obed Maceda Luna (PRD), el 12 de febrero de 2019.

2. Dictamen de Primera Lectura del 25 de abril de 2019.

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 122 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de mayo de 2019.

6. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de junio de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 374 votos a favor y 1 abstención.

7. Pasa a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucinales.

8. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión de la Comision Permanente del 31 de julio de 2019.

9. Pasa al Ejectutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de agosto de 2019.
36  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales; de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 18-Julio-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Justicia
- Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 18-Julio-2019
Expedir un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular:

I. La extinción de dominio de Bienes a favor del Estado por conducto del Gobierno Federal y de las Entidades Federativas, según corresponda, en los términos de la presente Ley;

II. El procedimiento correspondiente;

III. Los mecanismos para que las autoridades administren los Bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios;

IV. Los mecanismos para que, atendiendo al interés público, las autoridades lleven a cabo la disposición, uso, usufructo, enajenación y monetización de los Bienes sujetos al proceso de extinción de dominio, incluidos sus productos, rendimientos, frutos y accesorios, y

V. Los criterios para el destino de los Bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia y, en su caso, la destrucción de los mismos
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 25-Julio-2019


1. Iniciativas consideradas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 27 de marzo de 2019.

b) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Miguel Ángel Mancera (PRD), el 29 de abril de 2019

c) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senadores del Grupo Parlamentario del PAN, el 29 de abril de 2019.

d) Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Julio Ramón Menchaca Salazar (MORENA), el 12 de junio de 2019.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 01 de julio de 2019.

3. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 01 de julio de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 109 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de julio de 2019.

6. Dictamen a Discusión en sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de junio de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 420 votos a favor, 10 en contra y 9 abstenciones

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de agosto de 2019
37  Proyecto de decreto, por el que se expide la Ley Federal de Austeridad Republicana, y se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Julio-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Presupuesto y Cuenta Pública
Publicación en Gaceta: 11-Julio-2019
Expedir un ordenamiento jurídico que tiene por objeto regular y normar las medidas de austeridad que deberá observar el gasto público federal y coadyuvar a que los recursos económicos de que se dispongan se administren con eficacia, eficiencia, economía, trasparencia y honradez.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) iniciativa del Dip. Manuel Rodríguez González (MORENA), el 11 de septiembre de 2018.

b) Iniciativa del Dip. Benjamín Saúl Huerta Corona (MORENA), el 22 de noviembre de 2018

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor y 33 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores en perido extraordinario el 18 de junio de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores en sesion extraordinaria del 01 de julio de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 109 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de julio de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 08 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 321 votos a favor, 124 en contra y 1 abstención

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2019.
38  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 311 y adiciona el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 3-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 3-Septiembre-2019
Regular el teletrabajo, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, sin requerirla presencia del trabajador en un sitio específico de trabajo y utilizando las tecnologías de la información y comunicación para el contacto entre el trabajador y empleador.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Diciembre-2020


1. Iniciativa presentada en la Cámara de senadores por la Sen. Alejandra Noemí Reynoso Sánchez (PAN), el 09 de octubre de 2018.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria el 19 de junio de 2019.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 03 de septiembre de 2019.

5. Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de diciembre de 2020.

6. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 08 de diciembre de 2020, Decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 440 votos a favor y 2 en contra.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fraccion E del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2020. Se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

9. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2020. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 91 votos a favor.

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 11 de enero de 2021.
39  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Derechos de la Niñez y Adolescencia
Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2019
Promover el establecimiento de presupuestos suficientes destinados a la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Diciembre-2022


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. José Erandi Bermúdez Méndez del PAN, el 7 de febrero de 2019 (LXIV Legislatura).

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2019 (LXIV Legislatura).

3. Dictamen a discusión el 5 de septiembre de 2019 en la Cámara de Senadores. Aprobado por 100 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2019 (LXIV Legislatura).

6. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de diciembre de 2022.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de diciembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 456 votos a favor. (LXV Legislatura)

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
40  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de la Ley de Seguridad Nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Justicia
- Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2019
Considerar dentro de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los delitos de contrabando y su equiparable; defraudación fiscal y su equiparable; la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Sen. Alejandro Armenta Mier (MORENA), el 22 de noviembre de 2018.

b) Iniciativa presentada por el Sen. Samuel Alejandro García Sepúlveda (MC), el 18 de junio de 2019.

c) Iniciativa presentada por la Sen. Minerva Hernández Ramos (PAN), el 18 de junio de 2019. (LXIV Legislatura) Dictamen de Primera Lectura del 5 de septiembre de 2019.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 10 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado por 66 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 15 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 318 votos a favor, 121 en contra y 3 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 08 de noviembre de 2019.
41  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y del Código Civil Federal, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2019
Regular los contratos de depósito para personas menores de dieciocho años, precisar las sanciones, establecer la posibilidad de celebrar contratos de depósito bancario de dinero y disponer de los fondos depositados.

Determinar por el Banco de México las características, nivel de transaccionalidad, limitaciones, requisitos, términos y condiciones de las cuentas, así como la recepción de depósitos.

Precisar que las personas menores a dieciocho años, no podrán contratar préstamos o créditos con cargo a los fondos depositados en las cuentas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Marzo-2020


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, el 23 de enero de 2019.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Olga Juliana Elizondo Guerra (PES), el 12 de febrero de 2019.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 05 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 414 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores en sesionordinaria del 05 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 110 votos a favor y 1 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los .efectos de la fraccoón E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 10 de marzo de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 462 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 27 de marzo de 2020
42  Proyecto de decreto por el que por el que se Declara el Día 29 de septiembre de cada año como el Día Nacional del Maíz.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Gobernación y Población
Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2019
Declarar el Día 29 de septiembre de cada año como el Día Nacional del Maíz.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 11-Octubre-2023


Proceso legislativo:

1. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 19 de septiembre de 2019.

2. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 24 de septiembre del 2019. Aprobado en lo general y en lo particular por 112 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de septiembre de 2019. (LXIV Legislatura)

5. Declaratoria de publicidad emitida el 10 de octubre de 2023.

6. Dictamen a discusión en la Cámara de Diputados el 11 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre de 2023.
43  Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 26-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria
Publicación en Gaceta: 26-Septiembre-2019
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer mecanismos para proteger y fomentar el maíz nativo, declarar a lasactividades de producción, comercialización y consumo, como manifestación cultural y garantizar el derecho humano a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 18-Marzo-2020


Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por las senadoras Ana Lilia Rivera Rivera y Jesusa Rodríguez Ramírez (MORENA), el 23 de abril de 2019.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 19 de septiembre de 2019.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 81 votos a favor, 1 en contra y 28 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de septiembre de 2019.

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 18 de marzo de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 270 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2020, se turnó a las comisiones unidas de Agricultura y de Estudios Legislativos, Segunda.
44  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3° de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria
Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2019
Precisar la inclusión en la agricultura,los cultivos inocuos en tierra y sus tratos inertes sin tierra.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 19-Noviembre-2020


Iniciativa presentada por el Sen. José Erandi Bermúdez Méndez (PAN), el 18 de septiembre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en el Senado de la República el 25 de septiembre de 2019

3. Dictamen a Discusión en el Senado de la República el 1° de octubre de 2019. Proyecto de Decreto aprobado por 100 votos a favor.

4. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado A del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 9 de octubre de 2019.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 18 de noviembre de 2020.

7. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 19 de noviembre de 2020, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 442 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 07 de enero de 2021.
45  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 9-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Marina
Con Opinión de  - Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2019
La Cámara de Senadores propone armonizar la Ley con el Protocolo de 1996 del Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972 y expedirlas normas oficiales mexicanas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Marzo-2020


1. Iniciativa suscrita por los integrantes de la Comisión de Marina, el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 257 votos a favor, 38 en contra y 47 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Marina y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 01 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 297 votos a favor y 1 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 13 de abril de 2020.
46  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General para la Inclusión de las personas con Discapacidad y de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 17-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2019
Promover la inclusión laboral de las mujeres con discapacidad; garantizar la accesibilidad en los centros de trabajo; respetar el derecho a solicitar información de las personas con discapacidad e identificar y eliminar los tipos de violencia y las formas de discriminación en los servicios de salud hacia las mujeres con discapacidad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 23-Febrero-2022


Proceso legislativo:

1. Dictamen de primera lectura en el Senado de la República el 25 de septiembre de 2019. (LXIV Legislatura)

2. Dictamen a discusión en el Senado de la República el 08 de octubre de 2019. Aprobado por 106 votos a favor.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del apartado A) del artículo 72 de la CPEUM. (LXIV Legislatura)

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. (LXIV Legislatura)

5. Declaratoria de publicidad emitida el 23 de febrero de 2022.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 23 de febrero de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 479 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2022, se turnó a las comisiones unidas Para la Igualdad de Género; y de Estudios Legislativos.
47  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 17-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2019
Las consultas populares serán convocadas por el Congreso de la Unión, a petición de los ciudadanos:

Sobre temas de trascendencia nacional en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores. Para temas de trascendencia regional competencia de la Federación en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

Agregar que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, ni las garantías para su protección la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; el sistema financiero; el Presupuesto de Egresos de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución.

El Instituto Nacional Electoral promoverá la participación de los ciudadanos en las consultas populares y será la única instancia a cargo de la difusión de las mismas. Ninguna persona física o moral, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre ellas. Durante el tiempo que comprende el proceso de consulta popular deberá suspenderse toda propaganda gubernamental, salvo las campañas de información de autoridades electorales, las de servicios educativos y de salud, o las necesarias para protección civil. Las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional se realizarán el primer domingo de agosto. Incluir como derecho de la ciudadanía participar en los procesos de revocación de mandato. Establecer la forma en que se llevará a cabo la revocación de mandato del Presidente de la República. El Congreso de la Unión emitirá la ley reglamentaria para votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Noviembre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), el 30 de abril de 2018. (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa del Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC), 15 de agosto de 2018. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa de la Dip. Mary Carmen Bernal Martínez (PT), el 04 de octubre de 2018.

d) Iniciativa de la Dip. Merary Villegas Sánchez (MORENA), el 27 de septiembre de 2018.

e) Iniciativa del Dip. Javier Hidalgo Ponce (MORENA), el 04 de octubre de 2018.

f) Iniciativa de la Dip. María Alemán Muñoz Castillo (PRI), el 09 de octubre de 2018.

g) Iniciativa de la Dip. Dolores Padierna Luna (MORENA), el 18 de octubre de 2018.

h) Iniciativa de la Dip. Dolores Padierna Luna (MORENA), el 18 de octubre de 2018.

i) Iniciativa por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, el 20 de noviembre de 2018.

k) Iniciativa de la Dip. María Alemán Muñoz Castillo (PRI), el 20 de noviembre de 2018.

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 27 de noviembre del 2018.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 329 votos a favor, 153 en contra y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudiios egislativos Segunda, con opinión de la Comisión de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 98 votos a favor, 22 en contra y 1 abstención.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 05 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 372 votos a favor y 75 en contra.

10. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

11. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2019.

12. Pasa a la Cámara de Senadores

13. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 28 de noviembre de 2019.

14. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

15. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019.
48  Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 73 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Transparencia y Anticorrupción
Publicación en Gaceta: 24-Octubre-2019
Poner a disposición del público y actualizar las versiones públicas de todas las sentencias emitidas por los sujetos obligados de los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Julio-2020


1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Nadia Navarro Acevedo (PAN), el 9 de abril de 2019.

2. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores, el 19 de octubre de 2019.

3. Minuta recibida en la Cámara de Diputados, el 24 de octubre de 2019.

4. Dictamen a discusión presentado en sesión extraordinaria en la Cámara de Diputados el 29 de julio de 2020, aprobado en lo general y en lo particular por 351 votos a favor.

5. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 agosto de 2020.
49  Proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condonación de impuestos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 24-Octubre-2019
Prohibir las condonaciones de impuestos a los deudores fiscales bajo los términos que fijan las leyes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Noviembre-2019


Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, el 14 de agosto de 2019.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Dulce María Sauri Riancho (PRI), el 21 de agosto de 2019

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 421 votos a favor y 25 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de septiembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Haciendo y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 119 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de octubre de 2019.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 05 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 398 votos a favor y 33 en contra.

10. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

11. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de noviembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.

12. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor y 18 abstenciones.

13. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

14. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 11 de febrero de 2020.

15. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

16. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 25 de febrero de 2020.

17. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

18. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de marzo de 2020.
50  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2019
Precisar que los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho referente a la condición de estancia de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en un 20% al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y el 80% restante se destinará para estudios, proyectos e inversión en infraestructura que determine el Gobierno Federal con objeto de conectar, fortalecer, generar accesibilidad, iniciar o mejorar los destinos turísticos del país, entre otros. Ajustar la cuota referente a los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que abandonen el territorio nacional prestados por el Instituto Nacional de Migración.


Exentar el pago de derechos por servicios migratorios cuando los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas ingresen al territorio nacional por vía terrestre y su estancia en el país no exceda de siete días.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2019.

b) 9 iniciativas presentadas por diversos diputados y senadores en la LXIV Legislatura.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 277 votos a favor y 121 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 101 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 432 votos a favor y 6 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2019.
51  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2019
Establecer un mecanismo de control de las operaciones que se realizan a través de los prestadores de servicios digitales de intermediación y así eliminar la evasión fiscal asignando obligaciones de los intermediarios entre terceros. Las personas físicas y morales que utilicen los servicios digitales de intermediación, por las contraprestaciones recibidas y, en su caso, por el IVA que les fue retenido, deberán estar a lo dispuesto por la Ley del IVA y cumplir con las obligaciones que la misma establece.

Determinar el ISR cuando el contribuyente tenga el control efectivo sobre la entidad extranjera; la aclaración que se tienen que considerar todos los impuestos sobre la renta pagados, incluyendo impuestos federales o locales, entre otros y los impuestos tienen que ser efectivamente pagados.

Calcular el impuesto del ISR de forma consolidada a los contribuyentes que opten por realizar la determinación de los ingresos sujetos a un régimen fiscal preferente y exclusivamente respecto de dichos ingresos.

Establecer que cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona distinta de un agente independiente, se considerará que el mismo tiene un establecimiento permanente en México, si dicha persona concluye habitualmente contratos o desempeña habitualmente el rol principal que lleve a la conclusión de contratos celebrados por el residente en el extranjero.

Excluir el ISR del cálculo para determinar el ajuste anual por inflación del contribuyente el monto de sus deudas, de las cuales deriven intereses que se consideren no deducibles durante el ejercicio fiscal, con el propósito de financiar la construcción de terrenos de la industria extractiva y los rendimientos de la deuda pública.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2019.

b) 74 iniciativas presentadas por diputados, senadores en la LXIV Legislatura.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 300 votos a favor, 127 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 59 votos a favor, 34 en contra y 7 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 298 votos a favor y 95 en contra Y 44 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2019.
52  Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2019
En el ejercicio fiscal de 2020, la Federación percibirá 6 billones 103 mil 317 millones (6, 103,317.4) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos).
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2019.

b) Iniciativa del Dip. Jorge Arturo Espadas Galván (PAN), el 23 de abril de 2019.

c) Iniciativa del Sen. Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), el 03 de septiembre de 2019

b) 9 iniciativas presentadas por diversos diputados y senadores en la LXIV Legislatura.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 258 votos a favor y 104 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 59 votos a favor, 32 en contra y 5 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 273 votos a favor, 168 en contra y 5 abstenciones.

9.Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2019, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de imnediato.

11. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular el artículo décimo quinto transitorio por 3 votos a favor y 108 en contra.

12. Se remite al Ejecutivo Federal en lo referente a lo que ha sido aprobado por ambas cámaras.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2019.
53  Proyecto de decreto que reforman diversos ordenamientos en materia de armonización de pueblos afromexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022
Incorporar el término "afromexicanos/as", a fin de armonizar la legislación con la finalidad de garantizar el reconocimiento de los pueblos y comunidades afromexicanas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores y consideradas en el dictamen:

a) Sen. Susana Harp Iturribarría y Sen. María Celeste Sánchez Sugía, del Grupo Parlamentario de MORENA, el 03 de diciembre de 2020.

b) Sen. Miguel Ángel Mancera Espinosa, del Grupo Parlamentario del PRD, el 29 de abril de 2021. (45 iniciativas)

c) Sen. Susana Harp Iturribarría, del Grupo Parlamentario de MORENA, el 29 de abril de 2021.

d) Sen. María Celeste Sánchez Sugía (MORENA), el 30 de noviembre de 2021.

2. Dictamen de primera lectura en Cámara de Senadores el 19 de abril de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 110 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de septiembre de 2022.

6. Declaratoria de publicidad emiita el 25 de octubre de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023, aprobado. en lo general y en lo particular por 478 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de senadores para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2023. Se turnó a las Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos, primera.

10. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 01 de febrero de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 13 de febrero de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de abril de 2024.
54  Proyecto de decreto que reforman los artículos 169; 171; 172; 173; 174 y 175; y se adiciona el artículo 172 Bis de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022
Actualizar las referencias al salario mínimo general vigente por la Unidad de Medida y Actualización. Enlistar las sustancias o productos prohibidos para uso o consumo en animales cuyo destino final sea el consumo humano.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Abril-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Senadora Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila, del Grupo Parlamentario de MORENA, el 16 de febrero de 2022.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 103 votos a favor.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción A), del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de septiembre de 2022.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de marzo de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 460 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
55  Proyecto de decreto que reforman diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de la Ley General de Educación, de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022
Comprender dentro de las medidas de inclusión el desarrollo de políticas contra la lesbofobia, bifobia, transfobia, condiciones de salud o el adultocentrismo. Prohibir a los patrones condicionar el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo a la presentación de estudios médicos de detección de VIH/sida, así como despedir a cualquier persona trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por vivir con esa condición de salud. Puntualizar que la Clave Única de Registro de Población no será requisito contar con ella en casos extraordinarios por la gravedad, condición de salud o deterioro del sistema inmunológico, y tomando en consideración el contexto de movilidad que pudiera contemplar la persona.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa suscrita por la Senadora Sylvana Beltrones Sánchez y el Senador Eruviel Ávila Villegas del Grupo Parlamentario del PRI, el 11 de marzo de 2021.

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 26 de octubre de 2021.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 113 votos a favor.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de septiembre de 2022.

6. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 08 de febrero de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 451 votos a favor.

7. Se devolvió a la Cámara de Senadores para los efectos del apartado E) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de febrero de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, Segunda.
56  Proyecto de decreto que reforma el artículo 5o. de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Pesca
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022
Establecer la integración de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por una Presidencia, Visitadurías Generales y Visitadurías adjuntas, asimismo, en la designación de dichas visitadurías deberá aplicarse el principio de paridad de género.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. Martha Patricia Ramírez Lucero (MORENA), el 06 de octubre de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de marzo de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 08 de marzo de 2021, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de marzo de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 109 votos a favor.

8.Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 02 de septiembre de 2022.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 05 de diciembre de 2023.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de febrero de 2024, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 409 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2024.
57  Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo Quinto Transitorio del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 6-Octubre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 4-Octubre-2022
La Cámara de Senadores propone aumentar de 5 a 9 años el tiempo en el que el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial. Definir que la participación de la Fuerza Armada permanente deberá ser conforme a los términos planteados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. Establecer que la Fuerza Armada permanente, en ningún caso sustituirá a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades. Presentar, a través del Ejecutivo Federal, un informe semestral sobre el uso de la Fuerza Armada permanente al Congreso de la Unión. Integrar una comisión bicameral, en un plazo no mayor a sesenta días, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para el análisis y dictamen de los informes presentados por el Ejecutivo Federal. Permitir que la comisión convoque a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina para la emisión de su dictamen, el cual una vez aprobado será remitido al Ejecutivo Federal, para que este informe sobre la atención que brindó a las recomendaciones emitidas. Evaluar, a través de la Cámara de Senadores, la participación de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad pública. Crear, a partir del ejercicio fiscal 2023, un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Octubre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Yolanda de la Torre Valdez (PRI), el 2 de septiembre de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 13 de septiembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 14 de septiembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 335 votos a favor, 152 en contra y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de septiembre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 04 de octubre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 04 de octubre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor, 40 en contra y 0 abstenciones.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso E), del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 6 de octubre de 2022.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de octubre de 2022.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 12 de octubre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 339 votos a favor, 155 en contra y 2 abstenciones.

12. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

13. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2022.

14. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

15. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2022.
58  Proyecto de decreto que reforma y adiciona el Código Penal Federal y se adiciona un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Octubre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria
Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2022
Establecer como delito contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas, la conducta de quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, fijando una penalidad de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Establecer que en caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima el que incurra en la conducta, se le aplicará la amonestación o apercibimiento a consideración del juez. Aumentar la sanción al doble cuando se realice en contra menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad; o cuando la persona autora tuviere para con la víctima alguna de las siguientes relaciones o estuviese en los siguientes supuestos: relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; quien se valga de función pública para cometer el delito, y cuando emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima, en los dos primeros supuestos se castigará además con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta, y en caso de reincidencia, la inhabilitación será definitiva. Sumar a las penas mencionadas, la cancelación del registro de la cédula profesional a las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas. Obligar al Estado a garantizar la atención médica, psicológica o de la especialidad que requiera la víctima, en los casos en que el sentenciado se niegue o no pueda. Sancionar al Ministerio Público cuando omita solicitar los dictámenes necesarios para conocer su afectación.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 22-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por las Sen. Minerva Citlalli Hernández Mora (MORENA), Sen. Alejandra Lagunes Soto Ruiz (PVEM) y la Sen. Patricia Mercado Castro (MC), el 04 de octubre de 2018.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2020.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2022, aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 69 votos a favor, 2 votos en contra y 16 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de octubre de 2022.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 23 de noviembre de 2023.

07. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 22 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones.

08. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de abril de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

10. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 78 votos a favor, 4 en contra y 14 abstenciones.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
59  Proyecto de decreto que reforma los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 15-Noviembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2022
Aumentar de 6 a 12 días laborales como mínimo el periodo anual de vacaciones pagadas para las personas trabajadoras que tengan más de 1 año de servicios. Ampliar de 12 a 20 días como máximo en el incremento de 2 días laborales por cada año subsecuente de servicios. Modificar de 4 a 6 años el tiempo en que el periodo vacacional aumentará en 2 días por cada 5 años de servicios. Incrementar de 6 a 12 los días de vacaciones que las personas trabajadoras deberán disfrutar en forma continua.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Diciembre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideras en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. Sasil de León Villard (PES), el 22 de septiembre de 2020.

b) Iniciativa suscrita por la Sen. Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre (PT), el 09 de diciembre de 2021.

c) Iniciativa suscrita por Sen. Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre (PT), el 09 de febrero de 2022.

d) Iniciativa suscrita por la Sen. Patricia Mercado Castro (MC), el 10 de febrero de 2022.

e) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Velázquez Meza (MORENA), el 15 de junio de 2022.

f) Iniciativa suscrita por la Sen. Bertha Alicia Caraveo Camarena (MORENA), el 20 de septiembre de 2022.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de noviembre de 2022.

6. Comunicación de la Mesa Directiva presentada en la sesión del 23 de noviembre del 2022, por la cual comunica que se realizó modificación de turno, para quedar como sigue: Se turna a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen y a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, para opinión.

7. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de diciembre de 2022.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de diciembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 476 votos a favor.

9. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de diciembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social; y de Estudios Legislativos, Segunda.

11. Dictamen en la primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022.

12. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 116 votos a favor.

13. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

14. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.
60  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 4 y 6 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Noviembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Seguridad Pública
Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2022
Incorporar los términos de mínima intervención cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos, y de no revictimización cuando intervienen en procedimientos judiciales como víctimas o testigos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Olga Sánchez Cordero Dávila (MORENA), el 24 de marzo de 2022.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 08 de septiembre de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de noviembre de 2022.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de marzo de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 355 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2024.
61  Proyecto de decreto que reforma el artículo 63 y se adiciona un artículo 63 Bis a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 23-Noviembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2022
Establecer que, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México estarán obligadas a brindarles a niñas, niños y adolescentes las condiciones necesarias para la recreación y la participación en actividades culturales, artes, creatividad y producción artística de su interés.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Abril-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre y por el Sen. Miguel Ángel Lucero Olivas, del Grupo Parlamentario de PT, el 06 de mayo de 2021

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores, el 04 de octubre de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de noviembre de 2022.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 12 de abril de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de mayo de 2023.
62  Proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II y se adiciona una fracción III al artículo 5 de la ley de Husos Horarios en los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 24-Noviembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 24-Noviembre-2022
Homologar el horario acorde a sus correlativos en la franja fronteriza del país, aplicando el meridiano 90 y 105 grados al oeste de Greenwich para los municipios de Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, y para los municipios de Janos, Ascención, Juárez, Praxedis G. Guerrero y Guadalupe, del Estado de Chihuahua, respectivamente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Noviembre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Chihuahua el 8 de noviembre de 2022.

2. Iniciativa recibida en el Senado de la República el 15 de noviembre de 2022.

3. Iniciativa con dispensa de trámites a discusión el 24 de noviembre de 2022 en el Senado de la República. Aprobada por 66 votos a favor.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2022.

6. Se le dspensarón todos los trámtes y se sometió a discusión y votación de inmedato.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 24 de noviembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 462 votos a favor y 1 en contra.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2022.
63  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 15-Diciembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2022
La Cámara de Senadores propone que los consejeros del poder legislativo serán propuestos en la cámara de las y los diputados por los grupos parlamentarios con afiliación en alguna de las cámaras, solo habrá una persona consejera por cada grupo parlamentario, durante los recesos de la cámara de las y los diputados la designación de la hará la comisión permanente. Establecer que las campañas que realicen los partidos electorales serán objetivas, imparciales, y con fines informativos, de ninguna manera se podrá influir en la preferencia de los ciudadanos. Fijar que los artículos utilitarios que tengan por objeto difundir la imagen y las propuestas de los aspirantes políticos no podrán consistir en sobornos, ya sea la entrega de promesas de despensas animales, láminas tarjeta electrónicas con dinero, dichas conductas serán estrictamente prohibidas para los partidos, aspirantes, candidatos y para sus equipos electorales o para cualquier persona. Difundir que el instituto junto con otros organismos públicos y la secretaria de relaciones exteriores deberán promover e instrumentar la instalación de dispositivos con accesos electrónicos en las sedes diplomáticas del estado mexicano que se ubique en localidades donde exista una amplia concentración de ciudadanos mexicanos en el extranjero. Cambiar de 20 días a 10 días posteriores a la realización de su registro contable de operaciones de ingresos y egresos en el sistema de contabilidad al que los partidos políticos se sujetan.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Diciembre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa presentada por diputados integrantes de Morena el 06 de diciembre de 2022.

2. Se le dispensaron todos los trámites se sometío a discusión y votación de inmediato.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 06 de diciembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 267 votos a favor y 219 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, con opinión de la Comisión de Justicia.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2022.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022, decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 69 votos a favor y 53 en contra.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2022.

10. Se dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de diciembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 269 votos a favor y 217 en contra.

12. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

13. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de febrero de 2023. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda; con opinión de la Comisión de Justicia.

14. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 21 de febrero de 2023.

15. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 72 votos a favor y 50 votos en contra.

16. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

17. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 02 de marzo de 2023.
64  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 15-Diciembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Justicia
Con Opinión de  - Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 15-Diciembre-2022
Establecer que, en las entidades federativas, el límite de gasto que se haga en Comunicación Social deberá estar homologado con lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos Anual. Suprimir el supuesto que señala que incurren en faltas administrativas graves los candidatos a la reelección con licencia temporal para separarse de su cargo.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Diciembre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa presentada por diputados integrantes de Morena el 06 de diciembre de 2022.

2. Se le dispensaron todos los trámites se sometío a discusión y votación de inmediato.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 06 de diciembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 267 votos a favor y 221 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, con opinión de la Comisión de Justicia.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 65 votos a favor y 52 en contra.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2022.

10. Se dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de diciembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 265 votos a favor y 218 en contra.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.
65  Proyecto de decreto que establece las características de una Moneda Conmemorativa de los Doscientos Años de Relaciones Diplomáticas entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 14-Febrero-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Comunicaciones y Transportes
Con Opinión de  - Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2023
establece las características de una Moneda Conmemorativa de los Doscientos Años de Relaciones Diplomáticas entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados Unidos de América.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Abril-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Gina Andrea Cruz Blackledge (PAN), el 06 de septiembre de 2022.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 94 votos a favor y 1 voto en abstención.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de febrero de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 18 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 24 de abril de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 449 a favor, 2 en contra y 33 abstenciones.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2023.
66  Proyecto de decreto que adiciona un artículo 159 BIS a la Ley General de Salud, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 14-Febrero-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 14-Febrero-2023
Precisar que las autoridades sanitarias y las instituciones públicas de salud deben diferenciar el diagnóstico y la atención de los tipos de diabetes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Marzo-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), y la Sen. Alejandra Nohemí Reynoso Sánchez (PAN), el 28 de agosto de 2019.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Juan Martín Espinoza Cárdenas (MC), el 5 de septiembre de 2019.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Estela Romo Cuéllar (PAN), el 26 de noviembre de 2019.

d) Iniciativa suscrita por el Dip. Edelmiro Santiago Santos Díaz (MORENA), el 17 de junio de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 29 de abril de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 442 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 2 de septiembre de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2023.

7.Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 09 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 94 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 14 de febrero de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de marzo de 2023.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 28 de marzo de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 476 votos a favor y 1 abstención.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 10 de mayo de 2023.
67  Proyecto de decreto que declara el 29 de noviembre de cada año, como el Día Nacional de Inmigrante de Origen Libanés.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 21-Febrero-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Publicación en Gaceta: 21-Febrero-2023
Declarar el 29 de noviembre de cada año, como el Día Nacional de Inmigrante de Origen Libanés.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Abril-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. Mauricio Kuri González (PAN), el 24 de marzo de 2020.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 15 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor y 1 voto en abstención.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 21 de febrero de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 12 de abril de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 415 votos a favor y 1 en contra.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de abril de 2023. Se turnó a las Comisiones Unidas de Asuntos Fronterizos y Migratorios; y de Estudios Legislativos.

10. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 17 de abril de 2024.
68  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso a una Vida Libre de violencia.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Marzo-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Educación
- Cultura y Cinematografía
Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2023
Agregar la definición de "Espacio Público". Establecer como tipo de violencia al acoso sexual en espacios públicos o privados. Integrar el diseño de políticas públicas dirigidas al desarrollo de espacios y transportes públicos libres de todo tipo de violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas. Incluir a las atribuciones de las entidades federativas el promover y garantizar espacios y transportes públicos seguros y libres de todo tipo de violencia.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Diciembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Sasil de León Villard (PES), el 20 de febrero de 2020.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores de 01 de marzo de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 107 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de marzo de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 05 de diciembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 06 de diciembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2024.
69  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal y del Código Penal Federal, en materia de violencia a través de interpósita persona.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 9-Marzo-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2023
Definir a la violencia a través de interpósita persona como cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra las hijas y/o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio. Fijar medidas y acciones para prever y erradicar la violencia a través de interpósita persona como parte de la obligación del Estado. Tipificar el delito de violencia por interpósita persona/vicaria. Establecer la violencia a través de interpósita persona como causales de divorcio. Disponer que cuando la pérdida de la patria potestad sea por causa de violencia a través de interpósita persona no podrá recuperarse. Obligar a que el Estado Mexicano sea responsable de promover, respetar, proteger y garantizar, desde una perspectiva de género, los derechos humanos de las mujeres, sus hijas e hijos, que se encuentren o residan fuera del país, con base en los mecanismos legales del Servicio Exterior Mexicano. Incluir como orden de protección administrativa la solicitud a la autoridad judicial competente la recuperación y entrega inmediata a las mujeres víctimas de sus hijas y/o hijos menores de 18 años y/o personas incapaces que requieran cuidados especiales, que hayan sido sustraídos, retenidos u ocultados de la madre. Incorporar como orden de naturaleza jurisdiccional el ordenar la suspensión temporal a la persona agresora del régimen de visitas y convivencia con sus descendientes. Establecer que las personas responsables de las casas de asistencia, ya sean públicas o privadas, donde reciban personas menores de edad que hayan sido objeto de la violencia familiar y/o utilizados para ejercer violencia a través de interpósita persona tendrán la custodia de estas en términos que prevengan las leyes y los estatutos de la institución. Determinar que en los delitos cometidos por violencia familiar las penas previstas en el artículo 343 Bis aumentarán hasta en una tercera parte a quien lo cometa a través de interpósita persona.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 29-Noviembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideras en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. Martha Lucía Micher Camarena (MORENA), el 15 de junio de 2022.

b) Iniciativa suscrita por la Sen. Cora Cecilia Pineda Alonso (PT), el 19 de octubre de 2022.

c) Iniciativa suscrita por la Sen. Rocío Adriana Abreu Artiñano (MORENA), el 24 de noviembre de 2022.

d) Iniciativa suscrita por la Sen. Indira de Jesús Rosales San Román (PAN), el 24 de noviembre de 2022.

e) Iniciativa suscrita por la Sen. Estrella Rojas Loreto y la Sen. Josefina Vázquez Mota, integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 29 de noviembre de 2022.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores de 07 de marzo de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 93 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de marzo de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de noviembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 29 de noviembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 452 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2024.
70  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 9-Marzo-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Igualdad de Género
Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2023
Determinar la implementación de acciones a fin de garantizar los derechos humanos e incorporar la perspectiva de género e interseccionalidad, con especial énfasis en temas de violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas. Incorporar el principio de paridad de género para la selección de los integrantes de los Órganos internos de control de la Administración Pública de la Federación o de las entidades federativas. Integrar el lenguaje inclusivo de género.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 21-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Imelda Pérez Segura y diputadas integrantes de los Grupos Parlamentarios de MORENA, PES y PT, el 12 de mayo de 2021 (LXIV Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 15 de noviembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de noviembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 476 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 103 votos a favor y 1 voto en abstención.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de marzo de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de febrero de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 21 de febrero de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 454 votos a favor y 1 abstención.

12. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

13. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de febrero de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda.

14. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2024.
71  Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 9-Marzo-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 9-Marzo-2023
Incorporar como parte de las atribuciones del Comité Nacional de Productividad el impulsar la participación laboral de las mujeres y personas jóvenes, en términos del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad. Integrar al Comité Nacional de Productividad a la persona Titular del Instituto Mexicano de la Juventud; y a la persona Titular del Instituto Nacional de las Mujeres. Incorporar el lenguaje de género a la Ley.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Dip. Daniel Murguía Lardizábal, (MORENA), el 15 de marzo de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 15 de noviembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de noviembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 475 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de noviembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 104 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de marzo de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de marzo de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 13 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2024.
72  Proyecto de decreto que establece las características de una moneda conmemorativa al Bicentenario del Heroico Colegio Militar.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 22-Marzo-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 22-Marzo-2023
Establecer las características de una Moneda Conmemorativa al Bicentenario del Heroico Colegio militar.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Abril-2023


Proceso legislativo:
1. Iniciativa presentada por Senadores y Senadoras de diversos grupos parlamentarios, el 23 de noviembre de 2022.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 88 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de marzo de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 12 de abril de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2023.
73  Proyecto de decreto que expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Abril-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Educación
Publicación en Gaceta: 13-Abril-2023
Crear un nuevo ordenamiento el cual tenga por objeto la adaptación necesaria adecuada para facilitar y garantizar el desempeño de las funciones efectivas de las personas que pertenecen a los grupos sociales en situación de vulnerabilidad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 24-Abril-2023


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores y consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por las Senadoras. Yolanda de la Torre Valdez, Cristina Díaz Salazar, Hilda Flores Escalera, Ivonne Álvarez García; y, los Senadores Enrique Burgos García, Miguel Romo Medina, Jesús Casillas Romero y José María Tapia Franco (PRI), el 31 de octubre de 2017. (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por la Sen. María Guadalupe Murguía Gutiérrez (PAN), el 3 de septiembre de 2019. (LXIV Legislatura).

c) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 2 de diciembre de 2021. (LXV Legislatura).

d) Iniciativa suscrita por el Sen. Sergio Pérez Flores (MORENA), el 15 de febrero de 2023. (LXV Legislatura).

e) Iniciativa suscrita por el Sen. Sergio Pérez Flores (MORENA), el 15 de febrero de 2023. (LXV Legislatura).

f) Iniciativa suscrita por senadoras y senadores de diversos grupos parlamentarios, el 31 de marzo de 2023. (LXV Legislatura).

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 114 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 18 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 24 de abril de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 481 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de junio de 2023.
74  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud (en materia de partería tradicional).


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Abril-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 13-Abril-2023
Incorporar a los objetivos del Sistema Nacional de Salud el promover la partería tradicional. Implementar acciones para respetar, garantizar y proteger el ejercicio de las parteras tradicionales. Estipular el requerimiento de los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes para el ejercicio de la partería profesional. Facultar a las parteras tradicionales para expedir certificados de nacimiento.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Febrero-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Susana Harp Iturribarría (MORENA), el 14 de diciembre de 2021 (LXV Legislatura).

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores, el 14 de marzo de 2023 (LXV Legislatura).

3. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2023 (LXV Legislatura), con 94 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de abril de 2023 (LXV Legislatura).

6. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de noviembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de febrero de 2024, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 455 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Feración el 26 de marzo de 2024.
75  Proyecto de decreto que declara el 5 de septiembre de cada año como el "Día Nacional de la Lucha Contra el Mieloma Múltiple".


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 18-Abril-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 18-Abril-2023
Declarar el 5 de septiembre de cada año como el "Día Nacional de la Lucha Contra el Mieloma Múltiple".
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Lilia Margarita Valdez Martínez (MORENA), el 02 de septiembre de 2021.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 13 de abril de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 18 de abril de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 27 de febrero de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de febrero de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 438 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artícuo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de marzo de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas Salud y de Estudios Legislativos.
76  Proyecto de decreto que declara el 12 de abril de cada año, como el "Día Nacional de las Personas con Diferencia de Extremidades".


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 18-Abril-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Salud
Publicación en Gaceta: 18-Abril-2023
Declarar el 12 de abril de cada año, como el "Día Nacional de las Personas con Diferencia de Extremidades".
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 3-Abril-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por senadores. Eduardo Ramírez Aguilar, (MORENA); y de las senadoras Estrella Rojas Loreto (PAN), Claudia Esther Anaya Mota (PRI), Patricia Mercado Castro(MC), Alejandra Lagunes Soto Ruíz(PVEM), Cora) Cecilia Pinedo Alonso (PT, Elvia Marcela Mora Arellano (PES) y del Sen. Miguel Ángel Mancera Espinosa (PRD), el 2 de marzo de 2022.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores, el 14 de marzo de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 13 de abril de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 18 de abril de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de marzo de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 03 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 440 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de abril de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud; de Desarrollo y Bienestar Social; y de Estudios Legislativos, Primera.
77  Proyecto de decreto que adiciona los artículos 34 y 102 a la Ley General de Cambio Climático, en materia de Vehículos Híbridos y Eléctricos.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 5-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2023
Implementar programas para la sustitución gradual de vehículos con motor de combustión por vehículos híbridos y eléctricos dentro de las dependencias y entidades de la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios. Promover la renovación del parque vehicular nacional, a través de programas de estímulos fiscales en la compra de vehículos nuevos y eléctricos.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa suscrita por el Sen. Víctor Oswaldo Fuentes Solís (PAN), el 03 de octubre de 2019.

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Juan José Jiménez Yáñez (MORENA), el 13 de febrero de 2020.

c) Iniciativa suscrita por el Sen. Raúl Bolaños-Cacho Cué (PVEM), el 11 de noviembre de 2020.

d) Iniciativa suscrita por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM), el 18 de marzo de 2021.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 66 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de septiembre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 05 de marzo de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 06 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de marzo de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático; y de Estudios Legislativos, Segunda.
78  Proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores y de la Ley de Fondos de Inversión.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 5-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Gobernación y Población
- Defensa Nacional
Con Opinión de  - Relaciones Exteriores
Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2023
Establecer un sistema bursátil más competitivo con el objetivo de definir principalmente la nueva modalidad de inscripción de valores denominada simplificada. Incorporar a nuevas emisoras al mercado bursátil y así evitar la migración a distintas latitudes. Prever la incorporación de los fondos de cobertura para lo cual se propone potencializar el rendimiento a los inversionistas, así como mejorar la gestión de riesgos de activos que sean objeto de inversión. Crear un mercado bursátil más competitivo que incentive a los inversionistas a mantenerse en el mercado nacional, así como la incorporación de las pequeñas y medianas empresas a dicho sistema.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 15-Noviembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por senadoras y senadores integrantes de la Comisión de Hacienda y Crédito Público y Estudios Legislativos Segunda, el 25 de abril de 2023. (LXV Legislatura).

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 66 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 5 de septiembre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 14 de noviembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de noviembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 452 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2023.
79  Proyecto de decreto que adiciona el artículo 149 Quater al Código Penal Federal.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 19-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2023
Sancionar con pena de prisión de dos a cinco años o deciento cincuenta a trescientos días de trabajo en favor de la comunidad; y hasta doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien incite de manera directa o indirecta ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza, de guerra, de apología al odio nacional, o de un grupo de personas de un determinado color u origen étnico. Al servidor público que cometa este tipo de conductas, se le incrementará en una mitad la pena prevista.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Abril-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. Mónica Fernández Balboa (MORENA), el 18 de septiembre de 2019

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 10 de octubre de 2019.

c) Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal el 28 de junio de 2020.

d) Iniciativa suscrita por el Sen. Miguel Ángel Osorio Chong (PRI), el 07 de diciembre de 2022.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 18 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 12 de septiembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 92 votos a favor y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de septiembre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 04 de abril de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 04 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor y 1 abstención.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de abril de 2024. Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.

10. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2024.
80  Proyecto de decreto que reforma el artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (en atención a la declaratoria general de inconstitucionalidad número 12/2022).


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Energía
Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2023
Derogar los casos que en que se pueda presentar la queja de manera figurada en la vigente legislación.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Abril-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Sen. Ana Lilia Rivera Rivera (MORENA), el 05 de enero de 2023.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 12 de septiembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 93 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de septiembre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 04 de abril de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 04 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 440 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
81  Proyecto de decreto que expide la Ley General de la Alimentación Adecuada y Sostenible.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 20-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Igualdad de Género
Con Opinión de  - Derechos Humanos
Publicación en Gaceta: 20-Septiembre-2023
Establecer y bases de para la promoción, protección, respeto y garantía en el ejercicio efectiva del derecho a la alimentación adecuada. Priorizar el derecho del medio ambiente el derecho al agua y el interés superior de la niñez. Establecer mecanismos de planeación y coordinación y competencia entre las autoridades de la federación de las entidades federativas y los municipios.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores:

a). Iniciativa suscrita por la Sen. Ana Lilia Rivera Rivera (MORENA), el 03 de noviembre de 2021.

b) Iniciativa suscrita por la Sen. Nancy de la Sierra Arámburo (GP), el 07 de diciembre de 2021.

2. Dictamen de primera lectura el 28 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 19 de septiembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 101 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de septiembre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 05 de marzo de 2024.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 06 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2024.
82  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2023
Incluir que los actos y operaciones se regirán por la legislación federal. Establecer que los títulos de crédito podrán emitirse en medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología a través un Sistema de Información. Cambiar la denominación de títulos nominativos, por la de títulos de crédito nominativos. Establecer que los títulos de crédito emitidos en medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología el endoso se realizará a través del sistema de información, así como el otorgamiento de aval. Señalar que los certificados de depósito únicamente se emitirán en medios electrónicos, asimismo, dichos certificados deberán inscribirse en el Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías. Definir las bases cuando existan pluralidad de sistemas criptográficos. Incluir en los requisitos mínimos que debe contener el certificado de depósito, la Clave única del Registro de Población o el Registro Federal de Contribuyentes, si es personal moral, la denominación o razón social; la mención de que las mercancías se encuentran depositadas en bodegas propias, arrendadas o recibidas en comodato; mención de si el certificado es negociable o no negociable; el nombre, la Clave Única del Registro de Población o Registro Federal de Contribuyentes; la declaración del depositante respecto a si la mercancía o bienes descritos en el certificado de depósito garantizan alguna otra obligación pactada. Establecer que los sistemas criptográficos deberán contar con estándares mínimos de seguridad que garanticen la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la información y prevención de fraudes y ataques cibernéticos, cuyo cumplimiento será responsabilidad del almacén general de depósito emisor, asimismo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores deberá mediante reglas de carácter general determinar los requerimientos y características que deberá cumplir el sistema que utilice el almacén general de depósito para la emisión de sus certificados.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. José Narro Céspedes (MORENA), el 15 de febrero de 2023. (LXV Legislatura)

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

3. Dictamen aprobado en Cámara de Senadores por 90 votos favor, el 03 de octubre de 2023. (LXV Legislatura)

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de octubre de 2023. (LXV Legislatura).

6. Declaratoria de publicidad emitida el 05 de diciembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de febrero de 2024, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 457 votos a favor y 1 abstención

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2024.
83  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas leyes, en materia de procedimiento administrativo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 10-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 10-Octubre-2023
Armonizar los ordenamientos jurídicos financieros referentes al procedimiento administrativo en el desarrollo de las facultades de vigilancia y sanción, implementadas por la autoridad administrativa.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 28-Noviembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. Rafael Espino de la Peña (MORENA), el 22 de marzo de 2023.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 03 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de octubre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 28 de noviembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 28 de noviembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracciión E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de noviembre de 2023. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.

10. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2023.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 103 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2024.
84  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social, en materia de derechos laborales de las personas trabajadoras del campo.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 18-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Vivienda
Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2023
Sustituir las referencias de trabajadores del campo por personas trabajadoras del campo; patrón por persona empleadora; y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Actualizar la definición de personas trabajadoras del campo y persona trabajadora del campo temporal. Establecer el derecho a acceder a la seguridad social de las personas trabajadoras del campo. Señalar que el trabajo del campo deberá fijarse mediante contrato por escrito. Agregar derechos para las personas trabajadoras del campo y obligaciones para las personas empleadoras. Estipular que las personas trabajadoras del campo temporales embarazadas durante el tiempo de efectiva prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones correspondientes al Seguro de Enfermedades y Maternidad.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Diciembre-2023


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. Gabriela Benavides Cobos (PVEM), el 26 de febrero de 2019.

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Samuel Alejandro García Sepúlveda (MC), el 24 de septiembre de 2019.

c) Iniciativa suscrita por las Senadoras y los Senadores del Grupo Parlamentario del PAN, el 12 de diciembre de 2019.

d) Iniciativa suscrita por la Sen. Beatriz Paredes Rangel (PRI), el 21 de julio de 2021.

e) Iniciativa suscrita por la Sen. Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre y del Sen. Miguel Ángel Lucero Olivas, ambos del Grupo Parlamentario del PT, el 26 de abril de 2022.

f) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 25 de octubre de 2022.

g) Iniciativa suscrita por la Sen. Rosa Elena Jiménez Arteaga (MORENA), el 14 de diciembre de 2022.

h) Iniciativa suscrita por las Sen. Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, Sen. Cora Cecilia Pinedo Alonso, Sen. Martha Cecilia Márquez Alvarado y del Sen. Joel Padilla Peña, pertenecientes al Grupo Parlamentario del PT, el 08 de febrero de 2023.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 27 de abril de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 10 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por votos 83 a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de diciembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 13 de diciembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 440 a favor y 3 abstenciones

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2024.
85  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 57 y 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2023
La Cámara de Senadores propone conservar la educación, para las niñas, niños y adolescentes, en mataría del respeto al medio ambiente, estilos de vida sustentables, y las causas-efectos del cambio climático.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Abril-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. María Eugenia Hernández Pérez (MORENA), 10 de junio del 2020. (LXIV Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 09 de diciembre de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 09 de diciembre de 2021, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 486 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 09 de abril de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 10 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
86  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de crianza positiva, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2023
Incluir en la legislación vigente el concepto de Crianza Positiva. Obligar a quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda de los menores a ejercer sus obligaciones bajo la perspectiva de la crianza positiva. Ampliar las atribuciones de las autoridades federales y locales de manera concurrente, para impulsar acciones para fomentar la crianza positiva de niñas, niños y adolescentes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Imelda Pérez Segura (MORENA), el 27 de abril de 2022.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Elena García Gómez e integrantes del grupo parlamentario del PAN, el 20 de febrero de 2020.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN), el 15 de marzo de 2022.

d) Iniciativa suscrita por integrantes del grupo parlamentario de MC, el 25 de mayo de 2022.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Taygete Irisay Rodríguez González (MC), el 15 de diciembre de 2021.

f) Iniciativa suscrita por la Dip. Cecilia Anunciación Patrón Laviada (PAN), el 13 de julio de 2022.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. Eunice Monzón García (PVEM), el 17 de agosto de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de septiembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de septiembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 466 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de septiembre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 70 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de febrero de 2024.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de febrero de 2024, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 444 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2024.
87  Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
- Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2023
Agregar que, tratándose del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá realizar aportaciones adicionales de activos financieros o títulos de crédito, del Gobierno Federal, siempre y cuando se cumpla con lo señalado en el artículo 17 de esta Ley. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, los recursos de los Fondos establecidos para la administración, manejo y uso de las aportaciones de seguridad social de las y los trabajadores, no serán considerados activos financieros del Gobierno Federal. Añadir que, en caso de que durante el ejercicio fiscal correspondiente se presente un ahorro o economías presupuestarias en el costo financiero de la deuda del Gobierno Federal, se podrán efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para destinar dicho ahorro o economías al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, conforme lo determine la Secretaría.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa remitida por el Titular del Poder Ejecutivo Federal, el 8 de septiembre de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 04 de noviembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 04 de noviembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 264 votos a favor, 217 en contra y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos; Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 67 votos a favor y 39 en contra.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de marzo de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 13 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 242 votos a favor, 194 en contra y 2 abstenciones.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2024.
88  Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal y de la Ley General de Salud, para consolidar la federalización del Sistema de Salud para el bienestar.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 5-Diciembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2023
Determinar el origen de los recursos para las entidades federativas que suscriban el convenio con Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y de las entidades federativas que no lo suscriban. Señalar que no consideraran los recursos y las plazas que, durante los ejercicios fiscales anteriores a aquel que se presupueste, se hayan traspasado o transferido del Ramo General 33 a IMSS-BIENESTAR, con motivo de los convenios de coordinación que celebre con las entidades federativas, para determinar el monto del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF). Asignar en el PEF a IMSS-BIENESTAR los recursos conforme a los convenios de coordinación que éste suscriba con las entidades federativas. Establecer que los recursos que correspondan a las entidades federativas del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, de conformidad con los convenios de colaboración celebrados, que se destinen para complementar el pago de servicios personales de atención a la salud, se deberán transferir junto con los rendimientos financieros que se hayan generado, al fideicomiso público sin estructura orgánica denominado Fondo de Salud para el Bienestar. Establecer en los convenios de colaboración disposiciones que regulen el traspaso a IMSS-BIENESTAR de las plazas en las que complementa el pago de los servicios. Dejar sin efectos los Acuerdos de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud en aquellas entidades federativas que hayan suscrito o que suscriban el convenio con IMSS-BIENESTAR. Instruir a IMSS-BIENESTAR, para que a más tardar el 31 de marzo de 2024 realice las conciliaciones respectivas, con la opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y modifique los convenios de coordinación que haya suscrito en el ejercicio fiscal 2023 con las entidades federativas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Diciembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por las Sen. Elvia Marcela Mora Arellano (PES) y Lilia Margarita Valdez Martínez (MORENA), el 22 de noviembre de 2023.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 05 de diciembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 58 votos a favor y 38 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de diciembre de 2023.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de diciembre de 2023.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 12 de diciembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 207 votos a favor y 167 en contra.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de enero de 2024.
89  Proyecto de decreto, por el que se expide la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y se reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Diciembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2023
Crear un ordenamiento jurídico con el objetivo de establecer las bases, principios generales y distribución de competencias en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias. Incluir; el designar a las personas responsables de la Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras y del Sistema Nacional de Información de Convenios, disponer la creación y actualización de la Plataforma, el impulsar, fomentar y difundir el uso de los mecanismos alternativos de solución de controversias y el crear el Centro Público, a las atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal. Enfatizar que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa podrá llevar a cabo mecanismos alternativos de solución de controversias a través del Centro Público.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Diciembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa suscrita por Senadoras y Senadores integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA, así como la Sen. Sasil De León Villard y Sen. Elvia Marcela Mora Arellano, del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social, el 20 de julio de 2020.

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Martí Batres Guadarrama (MORENA), el 14 de octubre de 2020.

c) Iniciativa suscrita por el Sen. Luis David Ortiz Salinas (MC), el 29 de abril de 2021.

d) Iniciativa suscrita por la Sen. Olga Sánchez Cordero Dávila (MORENA), el 24 de enero de 2023.

e) Iniciativa suscrita por Senadoras y Senadores integrantes de las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda, así como de Diputadas y Diputados de diversos Grupos Parlamentarios, el 05 de diciembre de 2023.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2023.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2023, decreto aprobado en lo General y en lo particular los artículos no reservados por 109 votos a favor y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2023, se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 13 de diciembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 429 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2024.
90  Proyecto de Decreto, por el cual se interpreta el alcance del artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019


Proponente: Minutas

Fecha de presentación: 13-Diciembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Atención a Grupos Vulnerables
Publicación en Gaceta: 13-Diciembre-2023
.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Diciembre-2023


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por los Senadores Cristóbal Arias Solís (MORENA), Damián Zepeda Vidales (PAN), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Jorge Carlos Ramírez Marín (PVEM), Mario Zamora Gastélum (PRI), Miguel Ángel Mancera Espinosa (PRD) y de la Sen. Elvia Marcela Mora Arellano (PES), 06 de diciembre de 2023.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2023.

3. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 112 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2023.

6. Se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 13 de diciembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 415 votos a favor y 1 en contra.

8. Pasa a las Legislaturas de los estados para los efectos constitucionales.

9. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Diputados el 05 de marzo de 2024.

10. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Senadores el 06 de marzo de 2024.

11. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2024.