EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Abril-2019
- Gobernación y Población


29-Abril-2019

Publicación en el DOF:
31-Mayo-2019
Establecer que el objeto de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales es reglamentar la publicidad del Diario Oficial de la Federación para favorecer su máxima publicidad, accesibilidad y disponibilidad; así como establecer las bases generales para la creación de las gacetas gubernamentales sectoriales. Incluir que además de los Poderes de la Federación también los Órganos Constitucionales Autónomos expedirán las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos. Determinar que será obligación del Ejecutivo Federal su adecuada divulgación, en condiciones de accesibilidad, inclusión, asequibilidad, adaptabilidad, universalidad, interoperabilidad y simplificación en su consulta. Incorporar que entre los datos del Diario Oficial deberá contener la firma de la autoridad responsable, ya sea electrónica en el caso de la versión digital y rubrica en el ejemplar impreso de cada edición. 1. Iniciativa de la Dip. Karla Yuritzi Almazán Burgos a nombre de Diputadas y Diputados de su Grupo Parlamentario (MORENA), el 06 de noviembre de 2018.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 462 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de diciembre de 2018.

5. Dictamen de Primera Lectura el 11 de abril de 2019.

6. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 23 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y lo particular por 107 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de abril de 2019.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 457 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención..

10. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

11. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 31 de mayo de 2019.