Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura turnadas a comisión |
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Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno | ||||||
Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
Iniciante | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
TOTAL | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
1 Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 51 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda Para los Trabajadores. Iniciante: Ascencio Ortega Reyna Celeste (MORENA) |
Fecha de presentación: 15-Junio-2022 |
Establecer que, los créditos que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda Para los Trabajadores otorgue a los trabajadores estarán cubiertos por un seguro para los casos de muerte, incapacidad total permanente, incapacidad parcial permanente cuando ésta sea del 50% o mayor. Fijar que, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá comunicar al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, dentro de los treinta días siguientes a fin de que se realice la liberación de la deuda del trabajador acreditado. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 27-Junio-2022 |
2 Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Iniciante: Ascencio Ortega Reyna Celeste (MORENA) |
Fecha de presentación: 15-Junio-2022 |
Agregar que, la calificación sobre el modo honesto de vivir de una persona sólo la pueden hacer las autoridades judiciales ordinarias. Establecer que las omisiones en aspectos políticos o electorales en el caso de violencia política contra las mujeres lo conocerá y resolverá el Tribunal Electoral. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 27-Junio-2022 |
3 Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito. Iniciante: Ascencio Ortega Reyna Celeste (MORENA) |
Fecha de presentación: 24-Agosto-2022 |
Añadir, como causas por las que las instituciones de crédito deberán suspender o rechazar el trámite de operaciones que se pretendan realizar mediante el uso de equipos o medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, sistemas automatizados de procesamiento de datos y redes de telecomunicaciones, ya sean privados o públicos, si se han afectado las medidas de seguridad establecidas o se trate de operaciones inusuales fuera de los parámetros de uso habitual de los usuarios, si la institución autoriza la operación sin antes suspender el servicio o rechazar la transacción precautoriamente, debe considerarse que el cliente no otorgó su consentimiento, aun cuando se hayan utilizado todos los medios de identificación del usuario. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2022 |
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