Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura relativos a leyes o decretos |
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DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la Ley General de Víctimas y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en Materia de Investigación, Sanción y Reparación Integral del Delito de Feminicidio. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 25-Octubre-2022 Gaceta Cámara de Senadores: 15-Marzo-2023 |
- Justicia 25-Octubre-2022 Aprobación en el Senado: 15-Marzo-2023 Publicación en el DOF: 25-Abril-2023 |
Establece que, será considerado que existe una razón de género cuando concurra cualquiera de las circunstancias: parentesco por consanguinidad o afinidad o una relación sentimental, afectiva, laboral, docente, de confianza o alguna relación. Existan datos que establezcan que hubo amenazas directas o indirectas. Cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público. El sujeto activo haya obligado a la víctima a realizar una actividad o trabajo o haya ejercido sobre ella cualquier forma de explotación. La pena se agravará hasta de un tercio cuando la víctima sea mujer mejor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad, así como cuando el sujeto activo sea servidor público y haya cometido la conducta valiéndose de esta condición. En su caso también perderá todo derecho con relación a los hijos de la víctima, garantizando el interés superior de la niñez en términos de lo previsto. Tratándose de delitos por razón de género, se deberá de juzgar con perspectiva de género cuando se trate de delitos por motivo de género se deberán aplicar los protocolos para juzgar perspectiva de género. La protección a víctimas del delito de feminicidio, se tendrá acceso universal a la justicia mediante la asesoría jurídica especializada que el Estado proporcione por sí, a través de convenios con organizaciones de defensa de derechos humanos pertenecientes a la sociedad civil, el Ministerio Público y los Órganos jurisdiccionales, de verificar que la víctima u ofendidos no se encuentren en condiciones para rendir su declaración, deberán reconocer su derecho a tener un periodo de espera y establezcan física y psicoemocional. |
1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Imelda Pérez Segura (MORENA), el 27 de abril de 2022. b) Iniciativa suscrita por la Dip. Ma. de Jesús Aguirre Maldonado (PRI), el 06 de julio de 2022. c) Iniciativa suscrita por la Dip. María del Rocío Corona Nakamura (PVEM), el 13 de julio de 2022 d) Iniciativa suscrita por la Dip. María del Rocío Corona Nakamura (PVEM), el 03 de agosto de 2022 e) Iniciativa suscrita por el Congreso del Estado de Michoacán el 10 de agosto de 2022. f) Iniciativa suscrita por la Dip. María del Rocío Corona Nakamura (PVEM), el 08 de septiembre de 2022. g) Iniciativa suscrita por el Dip Felipe Fernando Macías Olvera (PAN) el 04 de octubre de 2022. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de octubre de 2022. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 25 de octubre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 455 votos a favor y 23 abstenciones. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2022. Se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativas; Segunda. 6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2023. 7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 15 de marzo de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 95 votos a favor. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2023. |