PROPOSICIÓN | TURNO A COMISIÓN | RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE | RESOLUTIVOS APROBADOS | TRÁMITE |
1 Por el que se exhorta a la Secretaría de Gobernación, a que, con base en las atribuciones que le otorgan la Ley de Migración, y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, implemente o fortalezca acciones destinadas a detectar, prevenir y sancionar las conductas abusivas y discriminatorias contra la población mexicana, en que incurren las personas extranjeras residentes en México. Iniciante: Olivares Mejía Gerardo (PT) |
Fecha de presentación: 13-Agosto-2025 |
ÚNICO. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, a que, con base en las atribuciones que le otorgan la Ley de Migración, y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, implemente o fortalezca acciones destinadas a detectar, prevenir y sancionar las conductas abusivas y discriminatorias contra la población mexicana, en que incurren las personas extranjeras residentes en México. | . | Pendiente
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2 Por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública, a que, en coordinación con las autoridades educativas de las entidades federativas, diseñen y apliquen las medidas necesarias para que las vacantes de personal docente en las escuelas públicas de educación básica no se prorroguen más allá de 30 días, a fin de salvaguardar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, en términos de lo establecido en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Proponente: Olivares Mejía Gerardo (PT) |
Fecha de presentación: 13-Agosto-2025 |
ÚNICO. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, a que, en coordinación con las autoridades educativas de las entidades federativas, diseñen y apliquen las medidas necesarias para que las vacantes de personal docente en las escuelas públicas de educación básica no se prorroguen más allá de 30 días, a fin de salvaguardar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes, en términos de lo establecido en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. | . | Pendiente
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