MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXVI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

REFORMA POLíTICA-ELECTORAL
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto que por el que se reforman y adicionan los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de no reelección y nepotismo electoral.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 25-Febrero-2025

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
Unidas  - Puntos Constitucionales
- Reforma Política-Electoral
Publicación en Gaceta: 25-Marzo-2025
Sustituir las referencias de Ministro por persona ministra; de Secretario por titular de una Secretaría; de subsecretario por titular de una Subsecretaría; de Fiscal por titular de la Fiscalía; y de Alcaldes y Concejales por personas Alcaldes y Concejales. Incorporar en los requisitos para ser personas diputada, Presidente de la República, presidente o presidenta municipal, regidor o regidora, titular de alguna sindicatura, gobernador o gobernadora y Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, el no tener o haber tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad del cargo. Prohibir que las personas senadoras y diputadas al Congreso de la Unión sean reelectas para el período inmediato posterior al ejercicio de su mandato. Permitir que las personas senadoras y diputadas suplentes al Congreso de la Unión, personas diputadas a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, sean electas para el período inmediato con el carácter de propietarias, siempre que no hubieren estado en ejercicio del cargo. Mandatar que en las Constituciones de los estados y de la Ciudad de México se deberá establecer la prohibición de la reelección consecutiva para el mismo cargo de personas diputadas, presidentes y presidentas municipales, regidores y regidoras, personas sindicas de los ayuntamientos, así como personas Alcaldes y Concejales.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 4-Marzo-2025


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 11 de febrero de 2025.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 19 de febrero de 2025.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 25 de febrero de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 127 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de febrero de 2025.

6. Declaratoria de publicidad emitida en sesión ordinaria matutina del 04 de marzo de 2025.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 04 de marzo de 2025, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 477 votos a favor.

8. Pasa a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

9. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Diputados el 11 de marzo de 2025.

10. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Senadores el 11 de marzo de 2025.

11. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de abril de 2025.