INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXVI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

PRESUPUESTO Y CUENTA PúBLICA
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2025.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 15-Noviembre-2024

  - Presupuesto y Cuenta Pública

Asignar el ejercicio, control y evaluación del gasto público federal para el ejercicio fiscal de 2025. Prevé un Gasto Neto Total de $9,302,015,800,000 correspondiente al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos l se prevé un déficit presupuestario de $1,170,566,461,790. Aprobada
con fecha 11-Diciembre-2024



Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2024
2   Proyecto de decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Contabilidad Gubernamental.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 27-Mayo-2025

  - Presupuesto y Cuenta Pública

Facultar al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) para realizar la medición de la pobreza y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social. Sustituir las referencias de beneficiarios por personas beneficiarías; de Secretaría de Desarrollo Social por Secretaría de Bienestar; de Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social por Instituto Nacional de Estadística y Geografía; de Políticas Públicas de Desarrollo Social por Política de Desarrollo Social; de titular por la persona titular; de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; de los presidentes por las personas que presidan; de la Secretaría de Función Pública por la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno; de subsecretario por la subsecretaría; de presidente por la presidencia; de Secretario Ejecutivo por Secretaría Ejecutiva; de servidores públicos por las personas servidoras públicas; de fedatario público por persona fedataria pública; de denunciante por quien denuncia; y de los legisladores por las personas legisladoras. Incorporar la definición de Política de Desarrollo Social. Señalar que los programas, proyectos y acciones, incluidos los recursos, que conforman la Política de Desarrollo Social también serán objeto de seguimiento y evaluación por lo mandatado en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Establecer que el Ejecutivo Federal revisará anualmente las zonas de atención prioritaria, con base en los resultados de la evaluación Integral de la Política de Desarrollo Social y de la medición de la pobreza emitida por el INEGI. Trasladar las funciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) al INEGI. Mandatar que el INEGI deberá poner a disposición del público la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social y el informe general sobre el resultado de dicha evaluación, a través del portal institucional y en términos de lo previsto en la legislación en materia de transparencia. Señalar que, el INEGI, en su carácter de evaluador de la Política de Desarrollo Social y medición de pobreza, se regirá por los principios de independencia, objetividad, transparencia y rigor técnico. Dotar al INEGI de atribuciones para realizar la medición de la pobreza y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social. Facultar al INEGI para promover estrategias para el intercambio de información y experiencias con las autoridades de los tres órdenes de gobierno, que permitan retroalimentarse sobre la evaluación de los programas, proyectos y acciones de la Política de Desarrollo Social. Facultar a la persona titular de la Presidencia del INEGI para coordinar la integración del informe anual sobre los componentes, procesos y resultados de la medición de la pobreza y la evaluación integral de Política de Desarrollo Social, así como para presentarlo ante el Congreso de la Unión. Atribuir facultades a la Junta de Gobierno del INEGI, en materia de medición de la pobreza y la evaluación integral de la Política de Desarrollo Social. Instruir a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados, para tomar en cuenta en el Presupuesto de Egresos, la evaluación que realice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito para fijar un programa anual y con base en este las dependencias, o las entidades a través de su respectiva dependencia coordinadora de sector, evalúen los resultados de los programas sujetos a reglas de operación, por conducto de expertos, instituciones académicas y de investigación u organismos especializados, de carácter nacional o internacional, que cuenten con reconocimiento y experiencia en las respectivas materias de los programas. Extinguir al organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, sectorizado a la Secretaría del Bienestar, denominado Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Instruir al CONEVAL para transferir los recursos presupuestarios, financieros y materiales, además de los inmuebles, derechos y obligaciones sobre dichos recursos al Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la información necesaria para integrar la Cuenta Pública y demás informes correspondientes al primer trimestre del 2025. Mandatar al INEGI para que a la implementación del Decreto ajusté su estructura orgánica de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana, y evitar todo tipo de duplicidad de funciones, con base en las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública. Celebrar las gestiones necesarias a fin de que el CONEVAL, en coordinación con la Secretaría de Bienestar, concluya la relación laboral con todo su personal en los términos legales que correspondan. Poner a disposición del INEGI el acervo de información estadística, indicadores, estudios, bases de datos, informes y cualquier otro documento publicado o por publicar elaborado o en posesión del CONEVAL. Mandatar al CONEVAL para integrar un Comité de Transferencia conformado por las personas titulares de la Dirección General de Administración del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, de la Secretaría Ejecutiva y de la Coordinación General de Administración del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, así como cuatro personas servidoras públicas quienes deberán de tener al menos el nivel de Dirección de área o equivalente, el cual estará vigente por un periodo de 20 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del Decreto. Aprobada
con fecha 23-Junio-2025



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2025