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INICIATIVAS PRESENTADAS EN LA LXVI LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
| ENERGíA |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
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Proyecto de decreto por el que se expiden la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad; la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos; la Ley del Sector Eléctrico; la Ley del Sector Hidrocarburos; la Ley de Planeación y Transición Energética; la Ley de Biocombustibles; la Ley de Geotermia, y la Ley de la Comisión Nacional de Energía; se reforman diversas disposiciones de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo) |
Fecha de presentación: 11-Febrero-2025 Unidas - Energía - Hacienda y Crédito Público |
Sustituir la denominación de la Ley de Hidrocarburos por la Ley del Sector Hidrocarburos. Trasladar, las funciones enlistadas en la Ley, de la Comisión Nacional de Hidrocarburos a la Secretaría de Energía. Incorporar las definiciones de Área Unificada, Condición Base y asociación en participación. Establecer que el Estado Mexicano percibirá ingresos a través del impuesto sobre la renta por las actividades que realicen los Participantes de Asignaciones para Desarrollo Mixto, y por Área Unificada. Aumentar de 15 a 20 días el plazo en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) deba publicar el reporte donde se establezcan los rangos de valores de los términos económicos que considerará incluir en las bases de licitación de los Contratos para la Exploración y Extracción, la actualización de los parámetros de cálculo que, conforme a los ajustes estructurales del mercado de hidrocarburos, así como las actualizaciones necesarias en materia de ingresos sobre hidrocarburos aplicables al año correspondiente. Reemplazar las referencias de empresas productivas del Estado por empresas públicas del Estado. Cambiar la denominación del derecho por la utilidad compartida por el de derecho petrolero para el bienestar. Establecer las tasas para el pago del derecho petrolero para el bienestar, así como las fechas en que deberá ser pagado. Eliminar el derecho de extracción de hidrocarburos, y el derecho de exploración de hidrocarburos. Sustituir regiones por áreas. Instruir a los Asignatarios a presentar ante la SHCP un reporte trimestral de las inversiones, costos y gastos que se hayan realizado durante el ejercicio de que se trate por cada campo de Extracción de Hidrocarburos, en los meses de abril, julio, octubre y enero del año que corresponda. | Aprobada
con fecha 26-Febrero-2025 Publicación en Gaceta: 6-Febrero-2025 |