| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| De Grupo | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| Iniciante | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| TOTAL | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 30 de la Ley General de Educación, en materia de educación ambiental. De Grupo: Cabrera Lagunas Ma. del Carmen (PVEM) |
Fecha de presentación: 2-Febrero-2026 |
Incluir la educación ambiental como asignatura obligatoria en los niveles básico a superior. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 2-Febrero-2026 |
| 2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Iniciante: Cabrera Lagunas Ma. del Carmen (PVEM) |
Fecha de presentación: 11-Febrero-2026 |
Precisar la definición de plan de manejo pesquero como el instrumento vinculante que contiene el conjunto de acciones encaminadas al desarrollo de la actividad pesquera de forma equilibrada, integral y sustentable, basadas en el conocimiento actualizado de los aspectos biológicos, ecológicos, pesqueros, ambientales, económicos, culturales y sociales que se tengan de ella. Especificar la facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural de proponer, formular, coordinar y ejecutar la política nacional de pesca y acuacultura sustentables, así como los planes de manejo de las actividades pesqueras y acuícolas por recurso o recursos y programas que de ella se deriven; y eliminarla como atribución del Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables. Agregar que las autoridades promoverán la formación de comités de manejo pesquero que coadyuven en la elaboración y seguimiento de los planes de manejo. Establecer que los planes de manejo pesqueros deberán incluir un comité de manejo en el que se definirá la forma en que se organizará la administración del área y los mecanismos de participación de los individuos y comunidades asentadas en la misma. Fijar que el otorgamiento de concesiones y permisos quedará sujeto a las modalidades que dicte el interés público, condicionado siempre a la disponibilidad y preservación del recurso de que se trate, conforme a lo previsto en la carta nacional pesquera, a las normas oficiales mexicanas y a los planes de manejo pesquero. Determinar que los permisos de pesca podrán ser prorrogados si el estatus poblacional en la Carta Nacional Pesquera es saludable y la evaluación realizada por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural resulta positiva en cuanto al manejo de la pesquería, acorde con las condiciones que se establezcan en el reglamento de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, mismos que no podrán ser transferidos a terceros. | Pendiente
Publicación en Gaceta: -- |
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