| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| De Grupo | 8 | 3 | 0 | 0 | 0 | 5 |
| Iniciante | 10 | 0 | 0 | 0 | 1 | 9 |
| TOTAL | 18 | 3 | 0 | 0 | 1 | 14 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 46 Ter a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional. Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 9-Septiembre-2025 |
Establecer que, ninguna trabajadora podrá ser despedida si se encuentra embarazada o si es madre soltera. En caso de ser madre soltera, deberá tener una antigüedad de 4 años para poder aplicar el presente impedimento. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 2 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal. De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 30-Septiembre-2025 |
Considerar el procedimiento para personas jurídicas, para los delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. Precisar las siguientes penas: de 2 a 7 años de prisión y multa de 100 a 10,000 el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que por cualquier medio quebrante los sellos puestos por la autoridad competente, aumentándola hasta una tercera parte cuando después del quebramiento del sello se continúe con la conducta que originó la imposición de la sanción; de 2 a 10 años de prisión y multa de 687 a 6,878 veces el valor diario de la UMA vigente, al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente; a quien sin aplicar las medidas de prevención o seguridad emita, despida, descargue en la atmósfera, lo autorice u ordene, gases, humos, polvos o contaminantes que ocasionen daños a los recursos naturales, a la fauna, a la flora, a los ecosistemas o al ambiente, siempre que dichas emisiones provengan de fuentes fijas de competencia federal, conforme a lo previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, o genere emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica o lumínica, provenientes de fuentes emisoras de competencia federal, que ocasionen daños a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas o al ambiente; al que ilícitamente descargue, deposite, o infiltre, lo autorice u ordene, aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en los suelos, subsuelos, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos o demás depósitos o corrientes de agua de competencia federal, que cause un riesgo de daño o dañe a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a la calidad del agua, a los ecosistemas o al ambiente; y al que introduzca al territorio nacional, o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda alguna enfermedad contagiosa, que ocasione o pueda ocasionar su diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas; a quien en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales; de 1 a 9 años de prisión y multa de 1,000 a 5,000 veces el valor diario de la UMA vigente, para aquel que ilícitamente en cualquier tipo de terreno forestal o preferentemente forestal, desmonte, extraiga o destruya cualquier tipo de vegetación natural o recurso forestal; de 2 a 10 años de prisión y multa de 1,000 a 5,0000 veces el valor diario de la UMA vigente, para aquel que corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles o realice actividades de ocupación, invasión o cambio de uso de suelo en cualquier tipo de terreno forestal, aumentándola a de 6 a 20 años de prisión y multa de 6,000 a 10,000 veces el valor diario de la UMA vigente, para el caso en que las conductas afecten un área natural protegida; de 8 a 15 años de prisión y multa de 2,000 a 8,000 veces el valor diario de la UMA vigente cuando las condutas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, especificando que cuando las conductas se realicen a nombre, por cuenta, bajo el amparo, con los medios o en beneficio de una persona jurídica, se iniciaría la investigación con disposiciones comunes a los delitos contra el ambiente, pues el Ministerio Público debe investigar el cumplimiento al debido control organizacional para la prevención de los delitos contra el ambiente. | Aprobada
con fecha 25-Noviembre-2025 Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2025 |
| 3 Proyecto de decreto que deroga el inciso e) del artículo 201 y adiciona un artículo 201 Bis 1 al Código Penal Federal. Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 30-Septiembre-2025 |
Determinar que comete el delito de reclutamiento de menores quien, de forma organizada o estructurada, reclute, incite, integre o induzca a una o varias personas menores de dieciocho años, o que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho de participar en actividades delictivas, ya sea directa o indirectamente. Señalar que se considera una agravante si la actividad delictiva es parte de una estructura organizada o si el menor es obligado a participar mediante el uso de cualquier tipo de intimidación. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2025 |
| 4 Proyecto de decreto que reforma el artículo 77 Bis 5 de la Ley General de Salud De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 7-Octubre-2025 |
Incluir que corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, impulsar la creación de laboratorios nacionales que produzcan medicamentos para combatir las principales enfermedades en el territorio mexicano, con la finalidad de garantizar el abasto de los mismos. | Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2025 Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2025 |
| 5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de Vías Generales de Comunicación; de Infraestructura de la Calidad; General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y del Impuesto sobre la Renta. Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 8-Octubre-2025 |
Indicar que será de jurisdicción federal el formular, conducir y evaluar el Programa Nacional de Conservación Vial Sustentable, basado en estándares de desempeño de la infraestructura carretera y puentera, incluyendo, al menos, indicadores de regularidad superficial, fricción/adhesión y desempeño acústico, así como metas sexenales y anuales de condición y tiempos máximos de reparación de fallas. Emitir las disposiciones de carácter general necesarias para la operación del Programa Nacional de Conservación Vial Sustentable. Agregar las causas de revocación y terminación de los títulos de concesión. | Retirada
con fecha 28-Octubre-2025 Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2025 |
| 6 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 212 Bis a la Ley General de Salud, en materia de bebidas electrolíticas orales De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 14-Octubre-2025 |
Determinar que las bebidas electrolíticas orales estarán sujetas al etiquetado frontal, cualquiera que sea su clasificación o registro sanitario. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 14-Octubre-2025 |
| 7 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en materia de impuestos a la importación de carne bovina De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2025 |
Establecer un impuesto general de importación y exportación a la carne de animal de la especie bovina fresca o congelada. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 8 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prohibición de la exhibición de animales para su venta De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Incluir que, en los establecimientos mercantiles dedicados a la comercialización de animales queda prohibida la exhibición física al público de ejemplares domésticos, silvestres, de granja o de cualquier otra especie. Establecer que, la comercialización de dichos animales deberá llevarse a cabo mediante medios remotos o herramientas tecnológicas que impidan el contacto físico directo entre los ejemplares ofrecidos y las personas interesadas en su adquisición. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
| 9 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados y de la Ley de Productos Orgánicos, para incluir el principio de equidad intergeneracional en materia de desarrollo sostenible Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Contemplar en las acciones para el desarrollo rural sustentable el principio de equidad intergeneracional, asegurando que las decisiones en la conservación y el aprovechamiento de los recursos naturales no comprometan el bienestar de las futuras generaciones, en concordancia con los tratados internacionales y el desarrollo sostenible. Promover el principio de equidad intergeneracional, y promover la Equidad Intergeneracional en la producción orgánica, asegurando que las prácticas adoptadas no comprometan los recursos naturales ni la sostenibilidad a largo plazo, preservando el bienestar de las generaciones futuras. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2025 |
| 10 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y de la Ley de Organizaciones Ganaderas, en materia de protección y bienestar animal De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Garantizar integralmente la protección y el bienestar animal como principios rectores transversales de las políticas zoosanitarias. Sustituir la denominación de sacrificio por matanza Cambiar Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar las definiciones de Animal y de Bienestar animal. Cambiar en la definición de establecimientos de sacrifican animales por eutanasia o realiza la matanza de animales, así como que estos sean destinados por consumo humano. Asegurar la inmunización contra enfermedades, plagas transmisibles y el acceso a alimentación adecuada, agua limpia, higiene, albergue, condiciones apropiadas de movilidad y enriquecimiento ambiental. Integrar en los ordenamientos la protección y el bienestar de los animales, observar los principios de reemplazo, reducción y refinamiento, privilegiando métodos alternativos, principios y metodologías científicamente validadas, responsabilidad ética y legal de velar activamente por el bienestar de los animales, condiciones sanitarias, mayor productividad, sostenibilidad y beneficios económicos, en armonía con los principios de bioética, salud pública y desarrollo sustentable. Garantizar que las personas responsables de animales domésticos o silvestres tengan la obligación de dar protección y el bienestar integral en condiciones óptimas que satisfagan sus necesidades físicas, emocionales y comportamentales. Dar cumplimiento a los cinco dominios del bienestar animal. Promover por parte de la Secretaría de Salud establecimientos de matanza de animales y de procesamiento de bienes de origen animal que obtengan el carácter de Tipo Inspección Federal. Establecer que los establecimientos TIF, deberán tener durante las horas laborables un médico veterinario. Instaurar que las solicitudes de autorización y avisos deberán considerar el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal. Incluir en las infracciones el incumplimiento de la regulación en materia de eutanasia. Imponer las mismas penas a quienes, de manera dolosa o reiterada, cause sufrimiento innecesario a los animales. Cambiar el nombre de Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Cambiar el significado de Actividad Ganadera, orientado al aprovechamiento sostenible de especies animales orientadas a la obtención de recursos, garantizando la protección y bienestar integral animal. Agregar la definición de Animal y Bienestar animal. Establecer que las organizaciones ganaderas prioricen la protección y el bienestar animal en las fases del proceso productivo, el bienestar animal, en la colaboración con la Secretaría en la materia de sanidad animal y las buenas prácticas ganaderas. Adoptar de las organizaciones ganaderas, el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal en todas las etapas de producción, reproducción, manejo, transporte, comercialización, matanza o, en su caso, eutanasia. Instituir que la movilización de ganado que se efectúe en la República Mexicana con motivos de transmisión de propiedad o con cualquier otro propósito, deberá cumplir con los cinco dominios del bienestar animal durante el transporte. Agregar en los servicios técnicos, estímulos y demás apoyos, la capacitación, implementación y supervisión de buenas prácticas. Cancelar el registro a las organizaciones ganaderas en caso de reincidencia, que no desempeñen con diligencia y responsabilidad las actividades de coadyuvancia en materia de sanidad y bienestar animal o por omisiones o incumplimientos hayan generado afectaciones graves a bienestar animal y a la salud pública. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
| 11 Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 60 y 420 Bis del Código Penal Federal, en materia de prevención y sanción de incendios forestales De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Establecer que a quien por acción u omisión provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente, se le impondrá una pena de 2 a 10 años y de 300 a 3000 días de multa y cuando el siniestro sea en una Área Natural protegida la pena se incrementará hasta en una mitad. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
| 12 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de Aguas Nacionales, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley General de Cambio Climático y de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
El Principio de Equidad Intergeneracional debe ser promovido en todas las acciones de preservación y restauración del equilibrio ecológico; garantizando que la gestión, conservación y uso de los recursos hídricos se realice de manera sostenible; promoviendo que el manejo forestal sustentable y la protección de los ecosistemas no comprometan los recursos naturales y la biodiversidad. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2025 |
| 13 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para incluir el principio de equidad intergeneracional en materia de desarrollo sostenible Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Asegurar el principio de equidad intergeneracional en la gestión de los recursos pesqueros y acuícolas. Garantizar que las decisiones no comprometan la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus necesidades de acceso a los recursos y la sostenibilidad ambiental. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 12-Noviembre-2025 |
| 14 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2025 |
Establecer el cambio de denominación del Capítulo VI de Ley de Asociaciones Público-Privadas por Ley de Inversiones Mixtas. Incluir el concepto de Inversión Mixta y reemplazar asociaciones público-privadas por inversiones mixtas. Adicionar que proyectos de inversión mixta deben contribuir al desarrollo sostenible, promoviendo innovación, transferencia de tecnología y generación de empleo de calidad, alineados con los planes de desarrollo. A fin de asegurar la participación ciudadana en la preparación de estos proyectos. Actualizar la denominación Comisión Federal de Competencia a Secretaría de Economía y sustituir Distrito Federal por Ciudad de México. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2025 |
| 15 Proyecto de decreto por el que se declara el 17 de marzo de cada año como Día Nacional de las y los Jornaleros Agrícolas Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2025 |
Declarar el 17 de marzo de cada año como Día Nacional de las y los Jornaleros Agrícolas. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2025 |
| 16 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Infraestructura de la Calidad, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2025 |
Establecer la obligación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes de emitir normas oficiales mexicanas, lineamientos y manuales técnicos en materia de conservación vial para el diseño, construcción, conservación y evaluación de pavimentos y puentes de las vías generales de comunicación; así como las disposiciones que carácter general necesarias para la formulación y evaluación del Programa Nacional de Conservación Vial Sustentable. Crear el Sistema Nacional de Indicadores de Conservación Vial que operará en los tres órdenes de gobierno para la adopción voluntaria de estándares técnicos de conservación vial. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2025 |
| 17 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de protección integral de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia sexual en entornos escolares Iniciante: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 20-Noviembre-2025 |
Establecer que, el Estado deberá dar publicidad a las técnicas, medidas y conductas que constituyan violaciones contra la protección integral de niñas, niños y adolescentes frente a la violencia sexual en entornos escolares. El personal directivo, docente y administrativo de los centros educativos de cualquier nivel que integran el Sistema Educativo Nacional, así como quienes presten servicios en planteles con autorización o reconocimiento de validez oficial, estarán obligados a denunciar de inmediato ante las autoridades de procuración de justicia los hechos o indicios de violencia sexual, maltrato o cualquier otra forma de violencia de los que tengan conocimiento en agravio de niñas, niños o adolescentes. Los centros educativos deberán contar con protocolos de actuación que garanticen la confidencialidad de la información, la protección de la víctima y la no revictimización, incluyendo medidas de resguardo, atención psicológica y comunicación inmediata a la Procuraduría de Protección correspondiente. Dichos protocolos deberán adecuarse a los lineamientos que emitan la Secretaría de Educación Pública y el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 20-Noviembre-2025 |
| 18 Proyecto de decreto que expide la Ley General de Economía Circular De Grupo: Delgado Carrillo Felipe Miguel (PVEM) |
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2025 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, reducir el impacto ambiental, disminuir la generación de los residuos y su carga contaminante, estimular el desarrollo económico, facilitar la incorporación a la economía nacional, impulsar y fomentar el desarrollo tecnológico para el reciclaje y la reutilización, desarrollar y promover la integración del sector informal asociado con el reciclaje de los residuos, completar las cadenas económicas y ambientales del flujo de recursos, y favorecer la transformación hacia ciudades y comunidades sostenibles bajo criterios de sustentabilidad. | Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2025 Publicación en Gaceta: -- |
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dirección General de Apoyo Parlamentario