| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| Iniciante | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
| De Grupo | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| TOTAL | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Iniciante: Cruz Jiménez Martha Aracely (PT) |
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2025 |
Establecer que, además de los recursos económicos de que dispongan la federación, las entidades federativas, los municipios, y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, se deberán administrar con eficiencia, eficacia, economía, transparencia honradez, interculturalidad, interseccionalidad y perspectiva de género, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Desarrollo Social. Iniciante: Cruz Jiménez Martha Aracely (PT) |
Fecha de presentación: 23-Septiembre-2025 |
Mandatar que la información financiera que generen los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, relativa a la coordinación fiscal, se deberá regir por los principios de transparencia y de contabilidad gubernamental, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental. Crear el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. Incorporar la definición de comunidades indígenas. Instruir al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para realizar lineamientos específicos y criterios técnicos para la definición, identificación y medición de la pobreza de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 3 Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 59 y 71 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de establecimiento de 40 horas semanales De Grupo: Cruz Jiménez Martha Aracely (PT) |
Fecha de presentación: 28-Octubre-2025 |
Fijar una duración de jornada laboral a un máximo de 40 horas semanales. Respetar que no se exceda más de 8 horas diarias, ni más de 40 horas a la semana. Garantizar un descanso de 2 días consecutivos por semana. Fijar que los días de descanso serán sábados y domingos. Agregar que, los trabajadores y el patrón podrán determinar días distintos atendiendo en todo momento lo establecido. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2025 |
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