• .    2025, "Año de la Mujer Indígena".

Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Iniciante 2 0 0 0 0 2
TOTAL 2 0 0 0 0 2
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que adiciona una fracción I Bis, se deroga la fracción X del artículo 7o., se adiciona una fracción IV al artículo 10 y se adiciona una fracción VII al artículo 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales; se adiciona una fracción VII al inciso a) del numeral 1 del artículo 32 y se reforma el inciso d) del numeral 1 del artículo 85 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de fortalecimiento al sistema electoral.


Iniciante: Armendáriz Guerra Carmen Patricia (MORENA)
Fecha de presentación:
1-Abril-2025

  - Reforma Política-Electoral
Establecer que se impongan multas y prisión a quien comprometa su voto en favor de un determinado partido político o candidato a cambio de paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa y quien organice reuniones o el acto de transporte de votantes el día de la jornada electoral, con la finalidad de influir en el sentido del voto, y al ser servidor público, que no perteneciendo a las instituciones encargadas de la fuerza pública, se niegue o abstenga de prestar el auxilio requerido por los presidentes de las mesas directivas de casilla, o si al hacerlo, prestare un auxilio deficiente. El Instituto tendrá la atribución de los procesos electorales federales y locales, que son garantizar que los ciudadanos que vivan en zonas de alta o muy alta marginación, que deseen ir a votar y que vivan lejos de su casilla, tengan transporte institucional o certificado por el Instituto. Son atribuciones de los presidentes de las mesas directivas de casilla mantener el orden en la casilla y en sus inmediaciones, con el auxilio de la fuerza pública si fuese necesario y de la Guardia Nacional. Pendiente


Publicación en Gaceta:
1-Abril-2025
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en materia de voto electrónico.


Iniciante: Armendáriz Guerra Carmen Patricia (MORENA)
Fecha de presentación:
1-Abril-2025

  - Reforma Política-Electoral
Establecer que las boletas pueden ser impresas o electrónicos, en caso de que sean electrónicas, el folio se registrará a través del sistema de los servidores del Instituto Nacional Electoral, las casillas con urna electrónica tendrán listas nominales en formato electrónico y todo lo que genere cada una de ellas se entregará de manera electrónica, dichas urnas contarán con sello de holograma. Incluir un capítulo denominado Del Voto Electrónico, el cual establece los elementos de seguridad que se implementarán para asegurar el voto por vía electrónica, los elementos con los que contarán las urnas electrónicas y los apartados que tendrán las actas de la jornada electoral. Señalar la pena que será de 300 a 600 días multa y prisión de 4 a 9 años de prisión, a quien obstaculice o impida el correcto funcionamiento de las urnas electrónicas, altere los componentes de los equipos utilizados para voto electrónico o intervenga por cualquier medio la comunicación de los equipos utilizados para el voto electrónico con los servidores del Instituto Nacional Electoral, así como la obtención o publicación de la intención o el sentido del voto electrónico de un tercero. Pendiente


Publicación en Gaceta:
1-Abril-205

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Dirección General de Apoyo Parlamentario