| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| Iniciante | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 |
| TOTAL | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que adiciona un numeral 5 al artículo 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de protección a niñas, niños y adolescentes que participen de manera directa o incidental en propaganda política y electoral Iniciante: Narro Panameño Blanca Araceli (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Instituir que en el curso de las precampañas y campañas electorales, la propaganda política o electoral, cuando aparezcan personas menores de dieciocho años de edad de manera directa o incidental, el partido político, las coaliciones o las personas físicas o morales vinculadas al proceso electoral deberán recabar por escrito el consentimiento de quien ejerza la patria potestad o tutela; en caso de no contar con el mismo, deberán difuminar, ocultar o hacer irreconocible la imagen, la voz o cualquier otro dato que haga identificables a niñas, niños o adolescentes, a fin de garantizar el interés superior de la niñez | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en materia de requisitos para licencias particulares de portación de armas de fuego para personas físicas Iniciante: Narro Panameño Blanca Araceli (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Establecer como requisito para que las personas físicas tengan licencia para portar armas, no haber sido condenado por algún delito de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, corrupción, entre otros. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 10-Diciembre-2025 |
| 3 Proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo Iniciante: Narro Panameño Blanca Araceli (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Establecer que en la presentación de una demanda laboral y cuando el actor sea el trabajador o sus beneficiarios, de advertir el Tribunal en el escrito de demanda que la prueba testimonial no se encuentre correlacionada o no mencione los hechos que se pretende demostrar, el acuerdo le señalará los defectos u omisiones en que haya incurrido y lo prevendrá para que los subsane dentro de un término de tres días, debiéndose notificar personalmente al actor. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
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