• .    2025, "Año de la Mujer Indígena".

Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentaci贸n Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Iniciante 4 0 0 0 0 4
Adherente 1 0 0 0 0 1
TOTAL 5 0 0 0 0 5
 

INICIATIVA TURNO A COMISI脫N SINOPSIS TR脕MITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del pa铆s


Adherente: Mendoza Ruiz Jacobo (MORENA)
Fecha de presentaci贸n:
12-Febrero-2025

  - Comunicaciones y Transportes
Considerar en materia de comunicaciones incrementar la seguridad de quienes circulen por caminos federales y salvaguardar la vida de las personas que transitan por las carreteras del pa铆s. Actualizar La Secretar铆a de Comunicaciones y Transportes por La Secretar铆a de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Considerar el retiro de la circulaci贸n al autotransporte federal que no cumpla con las verificaciones t茅cnicas, las condiciones de peso, dimensiones, capacidad, y otras establecidas en la presente Ley y Normas Oficiales Mexicanas. Establecer que, en caso de no cumplir con la verificaci贸n, se revocar谩 el permiso de transitar en caminos federales. Fijar que, los permisionarios que tengan en circulaci贸n veh铆culos de autotransporte federal y privado, que no cumplan con las condiciones establecidas, ser谩n sometidos a revocaci贸n de permisos. Prohibir la circulaci贸n a las unidades de autotransporte de carga denominadas, cami贸n remolque, tractocami贸n semirremolque-remolque y tractocami贸n semirremolque-semirremolque. Actualizar en materia de multas d铆as de salario m铆nimo general vigente en el Distrito Federal por Unidades de Medida y Actualizaci贸n. Establecer que, mantener en circulaci贸n veh铆culos de autotransporte de carga, pasaje y turismo sin las medidas establecidas, se impondr谩 multa de hasta quinientos d铆as de Unidad de Medida y Actualizaci贸n y ser谩n sujetos a revocaci贸n del permiso correspondiente para la prestaci贸n de los servicios. Fijar que esta multa se incrementar谩 hasta el doble, cuando los veh铆culos de autotransporte hayan ocasionado un accidente vial y, hasta tres veces cuando existan v铆ctimas de privaci贸n de la vida. Cambiar la expresi贸n se entiende por salario m铆nimo, el salario m铆nimo general vigente en el Distrito Federal por la multa se calcular谩 conforme al monto de la Unidad de Media y Actualizaci贸n. Cambiar La Secretar铆a de Gobernaci贸n, a trav茅s de la Polic铆a Federal por La Secretar铆a de la Defensa Nacional, a trav茅s de la Guardia Nacional. Pendiente


Publicaci贸n en Gaceta:
5-Febrero-2025
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el art铆culo 3o. de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de creaci贸n de bibliotecas escolares, promoci贸n y pr谩ctica de la lectura cr铆tica y recreativa


Iniciante: Mendoza Ruiz Jacobo (MORENA)
Fecha de presentaci贸n:
30-Abril-2025

  - Puntos Constitucionales
Precisar que las maestras y los maestros tienen el derecho de acceder a un sistema integral de formaci贸n, capacitaci贸n y de actualizaci贸n, basado en el progreso cient铆fico, human铆stico y tecnol贸gico y sustentado en la lectura cr铆tica y recreativa, retroalimentado por evaluaciones diagn贸sticas, para cumplir los objetivos y prop贸sitos del Sistema Educativo Nacional. Garantizar de manera progresiva, a trav茅s del Estado, que cada escuela o plantel educativo cuente con bibliotecas f铆sicas y digitales, adecuadas, equipadas y funcionales, con materiales did谩cticos y libros variados de todos los campos del conocimiento, cuyo acervo sea apropiado a los diversos niveles de escolaridad, destinadas a la pr谩ctica y promoci贸n permanente de la lectura cr铆tica y recreativa, as铆 como con espacios, aulas o auditorios para efectuar cualquier otra actividad relacionada con la cultura, las humanidades, las artes, las ciencias y la tecnolog铆a. Incluir en la realizaci贸n de los planes y programas de estudio, el dise帽o para la formaci贸n de personas lectoras cr铆ticas, docentes y educandos. Detallar que el criterio que oriente a la educaci贸n se base en los resultados del progreso cient铆fico, tecnol贸gico y human铆stico, y luche contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Incorporar de manera transversal y progresiva, el desarrollo de la lectura cr铆tica y recreativa como herramienta formativa fundamental, competencia que no se limite a la decodificaci贸n de textos, sino que promueva la comprensi贸n profunda, la interpretaci贸n reflexiva, la argumentaci贸n 茅tica y la capacidad de discernimiento ante la informaci贸n. Determinar que la lectura cr铆tica y recreativa sea considerada un cimiento del pensamiento aut贸nomo, de la formaci贸n de ciudadan铆a consciente y del pleno desarrollo de la persona humana en todas sus dimensiones. Pendiente


Publicaci贸n en Gaceta:
28-Abril-2025
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educaci贸n, en materia de creaci贸n de bibliotecas escolares, promoci贸n y pr谩ctica de la lectura cr铆tica y recreativa


Iniciante: Mendoza Ruiz Jacobo (MORENA)
Fecha de presentaci贸n:
30-Abril-2025

  - Educaci贸n
Incluir que se establecer谩 el fomento de la lectura cr铆tica y recreativa, el desarrollo del pensamiento anal铆tico y la competencia lectora como objetivos prioritarios dentro del Sistema Educativo Nacional. Pendiente


Publicaci贸n en Gaceta:
28-Abril-2025
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el art铆culo 1o. de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prohibici贸n de la usura.


Iniciante: Mendoza Ruiz Jacobo (MORENA)
Fecha de presentaci贸n:
30-Abril-2025

  - Puntos Constitucionales
Contemplar que, queda prohibida la usura, as铆 como cualquier otra forma de explotaci贸n de la persona por la persona. Pendiente


Publicaci贸n en Gaceta:
25-Marzo-2025
5   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el art铆culo 123 de la Constituci贸n Pol铆tica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de pensiones


Iniciante: Mendoza Ruiz Jacobo (MORENA)
Fecha de presentaci贸n:
30-Abril-2025

  - Puntos Constitucionales
Establecer que, el Estado garantizar谩 el derecho de toda persona trabajadora a recibir una pensi贸n justa y digna; en virtud de este derecho, toda pensi贸n no podr谩 ser menor a la del Salario M铆nimo General. Para tal efecto, se establecer谩 un fondo de pensiones intergeneracional, de car谩cter p煤blico, solidario y complementario. Este fondo ser谩 administrado con criterios de transparencia, sostenibilidad financiera y justicia social, y se sustentar谩 con aportaciones del Estado y de los empleadores, con la participaci贸n de los trabajadores. Las personas trabajadoras con sesenta y cinco a帽os de edad que empezaron a cotizar a partir del 1o de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social y las que est茅n bajo el r茅gimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, tendr谩n derecho a su pensi贸n de retiro por vejez. Las Instituciones de Seguridad Social y la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, realizar谩n las adecuaciones reglamentarias respectivas y establecer谩n el procedimiento que garantice el pago correspondiente y actualizado de las pensiones. Pendiente


Publicaci贸n en Gaceta:
22-Abril-2025

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