• .    "2026, Año de Margarita Maza Parada."

Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Iniciante 2 1 0 0 0 1
Adherente 2 0 0 0 0 2
TOTAL 4 1 0 0 0 3
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en materia de protección a los menores de edad.


Adherente: Baldenebro Arredondo Manuel de Jesús (MORENA)
Fecha de presentación:
29-Octubre-2025

Unidas  - Derechos de la Niñez y Adolescencia
- Justicia
Con Opinión de  - Gobernación y Población
Mandatar que los concesionarios y proveedores de servicios de internet a establecer prácticas para garantizar el interés superior de los menores, así como las medidas para impedir que accedan a la visualización de contenidos que afectan su sano desarrollo o que los exponga a ser víctimas del delito. Establecer que los proveedores de equipos y dispositivos que permitan el acceso a internet deberán garantizar que tengan instalados y activados, de forma gratuita, herramientas de control parental. Aumentar y actualizar las multas en Unidad de Medida y Actualización. Sancionar a los adultos que, haciéndose pasar por menores de edad, establezcan contacto con personas menores, a través de Internet, con el fin de requerirles el intercambio de contenido de actividades sexuales explícitas, o que realicen actos de connotación sexual, o les solicite un encuentro sexual. Equiparar al delito de pornografía de personas menores de edad, la creación, difusión o posesión de contenido mediante inteligencia artificial en los que se use la imagen de una o varias personas menores de edad realizando actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados. Incorporar las definiciones de aplicación, tienda de aplicaciones, menor, desarrollador y sistema operativo. Pendiente


Publicación en Gaceta:
29-Octubre-2025
2   Proyecto de decreto que expide la Ley de Inversiones Mixtas para el Bienestar; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, en materia de proyectos de inversiones mixtas para el bienestar.


Adherente: Baldenebro Arredondo Manuel de Jesús (MORENA)
Fecha de presentación:
29-Octubre-2025

Unidas  - Economía, Comercio y Competitividad
- Infraestructura
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
- Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular los esquemas para el desarrollo de proyectos de inversiones mixtas para el Bienestar. Cambiar Función Pública por Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno. Modificar el esquema Asociaciones Público-Privadas por Inversiones mixtas para el Bienestar. Agregar la definición de Inversiones Mixtas para el Bienestar. Pendiente


Publicación en Gaceta:
28-Octubre-2025
3   Proyecto de decreto que adiciona el Capítulo III Bis denominado Programa Contra los Cigarrillos Electrónicos, Vapeadores y Otros Dispositivos Análogos, que contiene los artículos 190 Bis y 190 Bis 1, al Título Décimo Primero de la Ley General de Salud.


Iniciante: Baldenebro Arredondo Manuel de Jesús (MORENA)
Fecha de presentación:
20-Noviembre-2025

  - Salud
Incorporar un capítulo denominado Programa contra los cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos análogos, con la finalidad de prohibir toda actividad relacionada con ellos. Aprobada con fecha
9-Diciembre-2025



Publicación en Gaceta:
7-Octubre-2025
4   Proyecto de decreto que adiciona un segundo y tercer párrafo al artículo 272 Bis 1 y reforma el artículo 421 Ter de la Ley General de Salud


Iniciante: Baldenebro Arredondo Manuel de Jesús (MORENA)
Fecha de presentación:
10-Diciembre-2025

  - Salud
Establecer que la cirugía estética, está prohibida en personas menores de dieciocho años y con discapacidad, y el infringir dicha prohibición será sancionada con multa equivalente de doce mil hasta dieciséis mil veces el salario mínimo general diario vigente en la zona económica de que se trate e inhabilitación de siete a diez años. Pendiente


Publicación en Gaceta:
19-Noviembre-2025

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Apoyo Parlamentario