• .    "2026, Año de Margarita Maza Parada."

Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Iniciante 3 1 0 0 0 2
De Grupo 8 3 0 0 0 5
TOTAL 11 4 0 0 0 7
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que expide la Ley General para el Desarrollo Ético y Tecnológico de la Inteligencia Artificial


Iniciante: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
17-Septiembre-2025

  - Ciencia, Tecnología e Innovación
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Expedir un nuevo ordenamiento jurídico con el objeto de regular el diseño, desarrollo, implementación y uso de sistemas de inteligencia artificial (IA), garantizando su alineación con principios éticos de equidad, seguridad, privacidad, responsabilidad y soberanía tecnológica, promoviendo la innovación responsable, la inclusión digital y la coordinación entre autoridades federales, estatales y municipales. Pendiente


Publicación en Gaceta:
17-Septiembre-2025
2   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal.


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
30-Septiembre-2025

  - Justicia
Considerar el procedimiento para personas jurídicas, para los delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. Precisar las siguientes penas: de 2 a 7 años de prisión y multa de 100 a 10,000 el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que por cualquier medio quebrante los sellos puestos por la autoridad competente, aumentándola hasta una tercera parte cuando después del quebramiento del sello se continúe con la conducta que originó la imposición de la sanción; de 2 a 10 años de prisión y multa de 687 a 6,878 veces el valor diario de la UMA vigente, al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente; a quien sin aplicar las medidas de prevención o seguridad emita, despida, descargue en la atmósfera, lo autorice u ordene, gases, humos, polvos o contaminantes que ocasionen daños a los recursos naturales, a la fauna, a la flora, a los ecosistemas o al ambiente, siempre que dichas emisiones provengan de fuentes fijas de competencia federal, conforme a lo previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, o genere emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica o lumínica, provenientes de fuentes emisoras de competencia federal, que ocasionen daños a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas o al ambiente; al que ilícitamente descargue, deposite, o infiltre, lo autorice u ordene, aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en los suelos, subsuelos, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos o demás depósitos o corrientes de agua de competencia federal, que cause un riesgo de daño o dañe a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a la calidad del agua, a los ecosistemas o al ambiente; y al que introduzca al territorio nacional, o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda alguna enfermedad contagiosa, que ocasione o pueda ocasionar su diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas; a quien en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales; de 1 a 9 años de prisión y multa de 1,000 a 5,000 veces el valor diario de la UMA vigente, para aquel que ilícitamente en cualquier tipo de terreno forestal o preferentemente forestal, desmonte, extraiga o destruya cualquier tipo de vegetación natural o recurso forestal; de 2 a 10 años de prisión y multa de 1,000 a 5,0000 veces el valor diario de la UMA vigente, para aquel que corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles o realice actividades de ocupación, invasión o cambio de uso de suelo en cualquier tipo de terreno forestal, aumentándola a de 6 a 20 años de prisión y multa de 6,000 a 10,000 veces el valor diario de la UMA vigente, para el caso en que las conductas afecten un área natural protegida; de 8 a 15 años de prisión y multa de 2,000 a 8,000 veces el valor diario de la UMA vigente cuando las condutas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, especificando que cuando las conductas se realicen a nombre, por cuenta, bajo el amparo, con los medios o en beneficio de una persona jurídica, se iniciaría la investigación con disposiciones comunes a los delitos contra el ambiente, pues el Ministerio Público debe investigar el cumplimiento al debido control organizacional para la prevención de los delitos contra el ambiente. Aprobada con fecha
25-Noviembre-2025



Publicación en Gaceta:
30-Septiembre-2025
3   Proyecto de decreto que reforma el artículo 77 Bis 5 de la Ley General de Salud


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
7-Octubre-2025

  - Salud
Incluir que corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, impulsar la creación de laboratorios nacionales que produzcan medicamentos para combatir las principales enfermedades en el territorio mexicano, con la finalidad de garantizar el abasto de los mismos. Aprobada con fecha
9-Diciembre-2025



Publicación en Gaceta:
7-Octubre-2025
4   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, en materia de comercio de emisiones y servicios ambientales


Iniciante: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
14-Octubre-2025

  - Cambio Climático y Sostenibilidad
Incorporar las definiciones de Registro Nacional de Emisiones y Créditos; Fondo Nacional de Carbono; Servicios Ambientales; Sistema Nacional de Comercio de Emisiones Obligatorio. Agregar a las atribuciones de la Secretaría aplicara el Sistema Nacional de Comercio de Emisiones Obligatorio y el reconocimiento de servicios ambientales, asimismo emitirá un reglamento que indique la metodología para los topes de emisión sectoriales, priorizando energía, transporte e industria, llevando un monitoreo, reporte y verificación, asignación y subasta de permisos comerciales, las sanciones por incumplimiento incluyendo multas de hasta el 5% de los ingresos anuales de la entidad emisora y suspensión de permisos, promoverá la generación y comercialización de bonos de carbono verificados conforme a estándares internacionales, emitirá sus lineamientos. los Estados y Municipios en coordinación con la Federación y las Áreas Naturales Protegidas, establecerán esquemas de pago, bonos de carbono locales y mecanismos financieros compatibles con el Sistema Nacional de Comercio de Emisiones Obligatorio, emitiendo los reglamentos correspondientes; se incluirá como un subsistema al Sistema Nacional de Comercio de Emisiones Obligatorio, el Registro Nacional de Emisiones y Créditos; la Secretaría establecerá de forma obligatoria, el Sistema Nacional de Comercio de Emisiones, emitiendo su reglamento, asimismo, solicitara a las personas físicas y morales datos o documentos para el Registro Nacional de Emisiones y Créditos, información que deberá proporcionarse en un plazo no mayor a quince días hábiles, a partir del día siguiente del requerimiento, estableciendo los mecanismos de seguimiento, transparencia y articulación con el Fondo Nacional de Carbono. Incorporar el Registro Nacional de Emisiones y Créditos, garantizando la trazabilidad de emisiones, créditos de carbono y transacciones, con medidas para prevenir la doble contabilidad y asegurar la transparencia en los mercados de carbono, la Secretaria establecerá los lineamientos técnicos, se reconocen servicios ambientales, con el consentimiento previo, libre e informado de comunidades indígenas, los propietarios o legítimos poseedores de ecosistemas, incluidas comunidades rurales e indígenas, que presten servicios ambientales podrán generar bonos de carbono verificados conforme a estándares internacionales, la Secretaría emitirá los lineamientos técnicos comerciables en mercados nacionales o internacionales, se crea el Fondo Nacional de Carbono como instrumento financiero público, para canalizar recursos provenientes de subastas, sanciones, fondos multilaterales y cooperación internacional, con procedimientos transparentes para la asignación de recursos y reportes anuales públicos sobre su uso, destinándose prioritariamente a proyectos de restauración de ecosistemas estratégicos, resiliencia comunitaria, transición energética, mitigación, adaptación y equidad territorial en zonas de alta vulnerabilidad climática. Pendiente


Publicación en Gaceta:
14-Octubre-2025
5   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 212 Bis a la Ley General de Salud, en materia de bebidas electrolíticas orales


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
14-Octubre-2025

  - Salud
Determinar que las bebidas electrolíticas orales estarán sujetas al etiquetado frontal, cualquiera que sea su clasificación o registro sanitario. Pendiente


Publicación en Gaceta:
14-Octubre-2025
6   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en materia de impuestos a la importación de carne bovina


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
22-Octubre-2025

  - Economía, Comercio y Competitividad
Establecer un impuesto general de importación y exportación a la carne de animal de la especie bovina fresca o congelada. Pendiente


Publicación en Gaceta:
21-Octubre-2025
7   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prohibición de la exhibición de animales para su venta


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
12-Noviembre-2025

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Incluir que, en los establecimientos mercantiles dedicados a la comercialización de animales queda prohibida la exhibición física al público de ejemplares domésticos, silvestres, de granja o de cualquier otra especie. Establecer que, la comercialización de dichos animales deberá llevarse a cabo mediante medios remotos o herramientas tecnológicas que impidan el contacto físico directo entre los ejemplares ofrecidos y las personas interesadas en su adquisición. Pendiente


Publicación en Gaceta:
11-Noviembre-2025
8   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y de la Ley de Organizaciones Ganaderas, en materia de protección y bienestar animal


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
12-Noviembre-2025

Unidas  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Ganadería
Garantizar integralmente la protección y el bienestar animal como principios rectores transversales de las políticas zoosanitarias. Sustituir la denominación de sacrificio por matanza Cambiar Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar las definiciones de Animal y de Bienestar animal. Cambiar en la definición de establecimientos de sacrifican animales por eutanasia o realiza la matanza de animales, así como que estos sean destinados por consumo humano. Asegurar la inmunización contra enfermedades, plagas transmisibles y el acceso a alimentación adecuada, agua limpia, higiene, albergue, condiciones apropiadas de movilidad y enriquecimiento ambiental. Integrar en los ordenamientos la protección y el bienestar de los animales, observar los principios de reemplazo, reducción y refinamiento, privilegiando métodos alternativos, principios y metodologías científicamente validadas, responsabilidad ética y legal de velar activamente por el bienestar de los animales, condiciones sanitarias, mayor productividad, sostenibilidad y beneficios económicos, en armonía con los principios de bioética, salud pública y desarrollo sustentable. Garantizar que las personas responsables de animales domésticos o silvestres tengan la obligación de dar protección y el bienestar integral en condiciones óptimas que satisfagan sus necesidades físicas, emocionales y comportamentales. Dar cumplimiento a los cinco dominios del bienestar animal. Promover por parte de la Secretaría de Salud establecimientos de matanza de animales y de procesamiento de bienes de origen animal que obtengan el carácter de Tipo Inspección Federal. Establecer que los establecimientos TIF, deberán tener durante las horas laborables un médico veterinario. Instaurar que las solicitudes de autorización y avisos deberán considerar el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal. Incluir en las infracciones el incumplimiento de la regulación en materia de eutanasia. Imponer las mismas penas a quienes, de manera dolosa o reiterada, cause sufrimiento innecesario a los animales. Cambiar el nombre de Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Cambiar el significado de Actividad Ganadera, orientado al aprovechamiento sostenible de especies animales orientadas a la obtención de recursos, garantizando la protección y bienestar integral animal. Agregar la definición de Animal y Bienestar animal. Establecer que las organizaciones ganaderas prioricen la protección y el bienestar animal en las fases del proceso productivo, el bienestar animal, en la colaboración con la Secretaría en la materia de sanidad animal y las buenas prácticas ganaderas. Adoptar de las organizaciones ganaderas, el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal en todas las etapas de producción, reproducción, manejo, transporte, comercialización, matanza o, en su caso, eutanasia. Instituir que la movilización de ganado que se efectúe en la República Mexicana con motivos de transmisión de propiedad o con cualquier otro propósito, deberá cumplir con los cinco dominios del bienestar animal durante el transporte. Agregar en los servicios técnicos, estímulos y demás apoyos, la capacitación, implementación y supervisión de buenas prácticas. Cancelar el registro a las organizaciones ganaderas en caso de reincidencia, que no desempeñen con diligencia y responsabilidad las actividades de coadyuvancia en materia de sanidad y bienestar animal o por omisiones o incumplimientos hayan generado afectaciones graves a bienestar animal y a la salud pública. Pendiente


Publicación en Gaceta:
11-Noviembre-2025
9   Proyecto de decreto que abroga la Ley de Aguas Nacionales y expide la Ley General de Aguas


Iniciante: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
12-Noviembre-2025

  - Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
- Ganadería
- Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria
Abrogar la Ley de Aguas Nacionales. Expedir un nuevo ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer la coordinación y participación de la Federación, las entidades federativas, la Ciudad de México, los municipios y demarcaciones territoriales, los pueblos y comunidades indígenas y la ciudadanía, para respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable, asequible y equitativa, mediante la protección del derecho a un medio ambiente sano asociado con la gestión integrada de los recursos hídricos, asimismo, regula el uso y aprovechamiento equitativo de las aguas propiedad de la Nación, con el fin de asegurar un desarrollo integral y sustentable. Aprobada con fecha
3-Diciembre-2025



Publicación en Gaceta:
11-Noviembre-2025
10   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 60 y 420 Bis del Código Penal Federal, en materia de prevención y sanción de incendios forestales


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
12-Noviembre-2025

  - Justicia
Establecer que a quien por acción u omisión provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente, se le impondrá una pena de 2 a 10 años y de 300 a 3000 días de multa y cuando el siniestro sea en una Área Natural protegida la pena se incrementará hasta en una mitad. Pendiente


Publicación en Gaceta:
11-Noviembre-2025
11   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Economía Circular


De Grupo: Bautista Villegas Oscar (PVEM)
Fecha de presentación:
3-Diciembre-2025

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, reducir el impacto ambiental, disminuir la generación de los residuos y su carga contaminante, estimular el desarrollo económico, facilitar la incorporación a la economía nacional, impulsar y fomentar el desarrollo tecnológico para el reciclaje y la reutilización, desarrollar y promover la integración del sector informal asociado con el reciclaje de los residuos, completar las cadenas económicas y ambientales del flujo de recursos, y favorecer la transformación hacia ciudades y comunidades sostenibles bajo criterios de sustentabilidad. Aprobada con fecha
9-Diciembre-2025



Publicación en Gaceta:
3-Diciembre-2025

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Apoyo Parlamentario