| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| Iniciante | 8 | 0 | 0 | 0 | 0 | 8 |
| De Grupo | 8 | 3 | 0 | 0 | 0 | 5 |
| TOTAL | 16 | 3 | 0 | 0 | 0 | 13 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal. De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 30-Septiembre-2025 |
Considerar el procedimiento para personas jurídicas, para los delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. Precisar las siguientes penas: de 2 a 7 años de prisión y multa de 100 a 10,000 el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, al que por cualquier medio quebrante los sellos puestos por la autoridad competente, aumentándola hasta una tercera parte cuando después del quebramiento del sello se continúe con la conducta que originó la imposición de la sanción; de 2 a 10 años de prisión y multa de 687 a 6,878 veces el valor diario de la UMA vigente, al que ilícitamente, o sin aplicar las medidas de prevención o seguridad, realice actividades de producción, almacenamiento, tráfico, importación o exportación, transporte, abandono, desecho, descarga, o realice cualquier otra actividad con sustancias consideradas peligrosas por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, radioactivas u otras análogas, lo ordene o autorice, que cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua, al suelo, al subsuelo o al ambiente; a quien sin aplicar las medidas de prevención o seguridad emita, despida, descargue en la atmósfera, lo autorice u ordene, gases, humos, polvos o contaminantes que ocasionen daños a los recursos naturales, a la fauna, a la flora, a los ecosistemas o al ambiente, siempre que dichas emisiones provengan de fuentes fijas de competencia federal, conforme a lo previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, o genere emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica o lumínica, provenientes de fuentes emisoras de competencia federal, que ocasionen daños a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas o al ambiente; al que ilícitamente descargue, deposite, o infiltre, lo autorice u ordene, aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en los suelos, subsuelos, aguas marinas, ríos, cuencas, vasos o demás depósitos o corrientes de agua de competencia federal, que cause un riesgo de daño o dañe a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a la calidad del agua, a los ecosistemas o al ambiente; y al que introduzca al territorio nacional, o trafique con recursos forestales, flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten, padezcan o hayan padecido, según corresponda alguna enfermedad contagiosa, que ocasione o pueda ocasionar su diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la fauna, a los recursos forestales o a los ecosistemas; a quien en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable, introduzca al país, o extraiga del mismo, comercie, transporte, almacene o libere al ambiente, algún organismo genéticamente modificado que altere o pueda alterar negativamente los componentes, la estructura o el funcionamiento de los ecosistemas naturales; de 1 a 9 años de prisión y multa de 1,000 a 5,000 veces el valor diario de la UMA vigente, para aquel que ilícitamente en cualquier tipo de terreno forestal o preferentemente forestal, desmonte, extraiga o destruya cualquier tipo de vegetación natural o recurso forestal; de 2 a 10 años de prisión y multa de 1,000 a 5,0000 veces el valor diario de la UMA vigente, para aquel que corte, arranque, derribe o tale algún o algunos árboles o realice actividades de ocupación, invasión o cambio de uso de suelo en cualquier tipo de terreno forestal, aumentándola a de 6 a 20 años de prisión y multa de 6,000 a 10,000 veces el valor diario de la UMA vigente, para el caso en que las conductas afecten un área natural protegida; de 8 a 15 años de prisión y multa de 2,000 a 8,000 veces el valor diario de la UMA vigente cuando las condutas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, especificando que cuando las conductas se realicen a nombre, por cuenta, bajo el amparo, con los medios o en beneficio de una persona jurídica, se iniciaría la investigación con disposiciones comunes a los delitos contra el ambiente, pues el Ministerio Público debe investigar el cumplimiento al debido control organizacional para la prevención de los delitos contra el ambiente. | Aprobada
con fecha 25-Noviembre-2025 Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2025 |
| 2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 77 Bis 5 de la Ley General de Salud De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 7-Octubre-2025 |
Incluir que corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Salud, impulsar la creación de laboratorios nacionales que produzcan medicamentos para combatir las principales enfermedades en el territorio mexicano, con la finalidad de garantizar el abasto de los mismos. | Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2025 Publicación en Gaceta: 7-Octubre-2025 |
| 3 Proyecto de decreto que expide la Ley de Certificación y Capacitación Laboral para Personas Ex Internas Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 14-Octubre-2025 |
Expedir un nuevo ordenamiento jurídicos con el objeto garantizar el acceso gratuito, continuo y certificado a programas de capacitación laboral para personas que han egresado del sistema penitenciario, con el fin de promover su reinserción social, autonomía económica y acceso al empleo digno. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2025 |
| 4 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 212 Bis a la Ley General de Salud, en materia de bebidas electrolíticas orales De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 14-Octubre-2025 |
Determinar que las bebidas electrolíticas orales estarán sujetas al etiquetado frontal, cualquiera que sea su clasificación o registro sanitario. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 14-Octubre-2025 |
| 5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, en materia de medicina tradicional. Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 14-Octubre-2025 |
Establecer que, Secretaría de Salud, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, deberá reconocer, respetar, proteger y promover el ejercicio libre de la medicina tradicional indígena como parte del sistema nacional de salud. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2025 |
| 6 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en materia de impuestos a la importación de carne bovina De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2025 |
Establecer un impuesto general de importación y exportación a la carne de animal de la especie bovina fresca o congelada. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 7 Proyecto de decreto que adiciona un artículo 13 Bis a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de incorporación de instrumentos de gestión del suelo Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2025 |
Incorporar los instrumentos de gestión del suelo en sus planes y programas de desarrollo urbano, que permitan la recuperación de plusvalías generadas por inversiones públicas, la regulación de la especulación inmobiliaria, la promoción de proyectos de desarrollo urbano integrales, la creación de zonas de gestión especial, la articulación con la Estrategia Nacional de Gestión de Suelo, y la transparencia en la asignación de predios, por lo que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) deberá emitir los lineamientos técnicos, para su aplicación. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 8 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de turismo sostenible Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2025 |
Agregar a las atribuciones de los municipios elaborar y actualizar planes de ordenamiento turístico sustentable, articulados con sus programas de desarrollo urbano, protección ambiental y fortalecimiento cultural, garantizando la participación vinculante de comunidades locales, pueblos indígenas y prestadores de servicios turísticos. Precisar que la Secretaría de Turismo en coordinación con las autoridades competentes en los tres niveles de gobierno elaborarán programas, planes y acciones que fortalezcan el desarrollo turístico sostenible, la participación ciudadana y la protección del patrimonio biocultural, definiendo sus características. Incluir en los criterios para la formulación del ordenamiento el turismo en todas sus modalidades; desequilibrios en ecosistemas cometidos por turismo masivo o fenómenos naturales; considerar la capacidad de carga ecológica y social de los destinos, infraestructura hotelera y demás obras relacionadas con el turismo criterios para el ecoturismo, el turismo comunitario y el turismo educativo; sostenibilidad turística. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 9 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de acceso gratuito a servicios sanitarios Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2025 |
Establecer el acceso gratuito, higiénico, seguro y no condicionado a servicios sanitarios en establecimientos abiertos al público, incluyendo estaciones de servicio, como parte de los derechos mínimos del consumidor y del viajero, sin condicionar su uso al consumo de productos o servicios, o en caso de incumplimiento se aplicarán medidas de apremio. Considerar práctica abusiva el condicionar el acceso a servicios sanitarios al consumo de productos o servicios, así como cobrar por su uso en establecimientos abiertos al público, incluyendo estaciones de servicio. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 10 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 22-Octubre-2025 |
Incluir como derecho para el desarrollo social, vestir y tener acceso a ropa adecuada, y que la Federación, los gobiernos estatales y municipales promuevan políticas públicas para recolectar ropa en buen estado, garantizando el higiene de la misma y priorizando su entrega a personas en situación de pobreza, vulnerabilidad o emergencia. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 11 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de prohibición de la exhibición de animales para su venta De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Incluir que, en los establecimientos mercantiles dedicados a la comercialización de animales queda prohibida la exhibición física al público de ejemplares domésticos, silvestres, de granja o de cualquier otra especie. Establecer que, la comercialización de dichos animales deberá llevarse a cabo mediante medios remotos o herramientas tecnológicas que impidan el contacto físico directo entre los ejemplares ofrecidos y las personas interesadas en su adquisición. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
| 12 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de limitaciones al hostigamiento telefónico Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Mandatar a las sociedades de información crediticia y a las instituciones de banca múltiple a abstenerse de utilizar la información crediticia de los clientes para fines de cobranza extrajudicial. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2025 |
| 13 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal y de la Ley de Organizaciones Ganaderas, en materia de protección y bienestar animal De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Garantizar integralmente la protección y el bienestar animal como principios rectores transversales de las políticas zoosanitarias. Sustituir la denominación de sacrificio por matanza Cambiar Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar las definiciones de Animal y de Bienestar animal. Cambiar en la definición de establecimientos de sacrifican animales por eutanasia o realiza la matanza de animales, así como que estos sean destinados por consumo humano. Asegurar la inmunización contra enfermedades, plagas transmisibles y el acceso a alimentación adecuada, agua limpia, higiene, albergue, condiciones apropiadas de movilidad y enriquecimiento ambiental. Integrar en los ordenamientos la protección y el bienestar de los animales, observar los principios de reemplazo, reducción y refinamiento, privilegiando métodos alternativos, principios y metodologías científicamente validadas, responsabilidad ética y legal de velar activamente por el bienestar de los animales, condiciones sanitarias, mayor productividad, sostenibilidad y beneficios económicos, en armonía con los principios de bioética, salud pública y desarrollo sustentable. Garantizar que las personas responsables de animales domésticos o silvestres tengan la obligación de dar protección y el bienestar integral en condiciones óptimas que satisfagan sus necesidades físicas, emocionales y comportamentales. Dar cumplimiento a los cinco dominios del bienestar animal. Promover por parte de la Secretaría de Salud establecimientos de matanza de animales y de procesamiento de bienes de origen animal que obtengan el carácter de Tipo Inspección Federal. Establecer que los establecimientos TIF, deberán tener durante las horas laborables un médico veterinario. Instaurar que las solicitudes de autorización y avisos deberán considerar el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal. Incluir en las infracciones el incumplimiento de la regulación en materia de eutanasia. Imponer las mismas penas a quienes, de manera dolosa o reiterada, cause sufrimiento innecesario a los animales. Cambiar el nombre de Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación por Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Cambiar el significado de Actividad Ganadera, orientado al aprovechamiento sostenible de especies animales orientadas a la obtención de recursos, garantizando la protección y bienestar integral animal. Agregar la definición de Animal y Bienestar animal. Establecer que las organizaciones ganaderas prioricen la protección y el bienestar animal en las fases del proceso productivo, el bienestar animal, en la colaboración con la Secretaría en la materia de sanidad animal y las buenas prácticas ganaderas. Adoptar de las organizaciones ganaderas, el cumplimiento de los cinco dominios del bienestar animal en todas las etapas de producción, reproducción, manejo, transporte, comercialización, matanza o, en su caso, eutanasia. Instituir que la movilización de ganado que se efectúe en la República Mexicana con motivos de transmisión de propiedad o con cualquier otro propósito, deberá cumplir con los cinco dominios del bienestar animal durante el transporte. Agregar en los servicios técnicos, estímulos y demás apoyos, la capacitación, implementación y supervisión de buenas prácticas. Cancelar el registro a las organizaciones ganaderas en caso de reincidencia, que no desempeñen con diligencia y responsabilidad las actividades de coadyuvancia en materia de sanidad y bienestar animal o por omisiones o incumplimientos hayan generado afectaciones graves a bienestar animal y a la salud pública. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
| 14 Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 60 y 420 Bis del Código Penal Federal, en materia de prevención y sanción de incendios forestales De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Establecer que a quien por acción u omisión provoque un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente, se le impondrá una pena de 2 a 10 años y de 300 a 3000 días de multa y cuando el siniestro sea en una Área Natural protegida la pena se incrementará hasta en una mitad. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
| 15 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia Iniciante: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2025 |
Contemplar que no quedan exceptuadas de la ley, lo referente a datos e información personal. Considerar que no quedan excluidos de los servicios regulados por las leyes financieras, lo referente seguridad e integridad de datos e información de los consumidores en materia crediticia. Establecer que los Reportes de Crédito y los Reportes de Crédito Especiales, no deberán emplearse como antecedente o indicador de capacidades laborales, necesidades médicas, de vivienda o ajenas similares; así mismo, la obtención y consulta de dichos reportes no implicará en lo absoluto la obligación o requisito de la inscripción a buró de crédito. Prescribir que las sociedades de información crediticia, deberán realizar las correcciones de errores previamente comprobados y reportar dicho movimiento de información con el fin de no afectar en lo negativo al cliente. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 2-Diciembre-2025 |
| 16 Proyecto de decreto que expide la Ley General de Economía Circular De Grupo: Astudillo Suárez Ricardo (PVEM) |
Fecha de presentación: 3-Diciembre-2025 |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, reducir el impacto ambiental, disminuir la generación de los residuos y su carga contaminante, estimular el desarrollo económico, facilitar la incorporación a la economía nacional, impulsar y fomentar el desarrollo tecnológico para el reciclaje y la reutilización, desarrollar y promover la integración del sector informal asociado con el reciclaje de los residuos, completar las cadenas económicas y ambientales del flujo de recursos, y favorecer la transformación hacia ciudades y comunidades sostenibles bajo criterios de sustentabilidad. | Aprobada
con fecha 9-Diciembre-2025 Publicación en Gaceta: 3-Diciembre-2025 |
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dirección General de Apoyo Parlamentario