| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| Iniciante | 9 | 0 | 0 | 0 | 0 | 9 |
| Adherente | 3 | 1 | 0 | 0 | 0 | 2 |
| TOTAL | 12 | 1 | 0 | 0 | 0 | 11 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que reforma los párrafos tercero y quinto del artículo 325 y adiciona un párrafo séptimo al artículo 325 del Código Penal Federal y adiciona una fracción I Bis al artículo 444 y adiciona una fracción IV al artículo 447 del Código Civil Federal, en materia de patria potestad. Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Septiembre-2025 |
Establecer que la pena de 47 años de prisión y de 500,000 días multa a quien cometa el delito de feminicidio se agravará en igual medida, cuando se realice frente a las hijas o hijos de la víctima. el sujeto activo perderá todos los derechos incluidos los de carácter sucesorio, así como los inherentes a la patria potestad, tutela o curatela, guarda y custodia sobre las y los hijos. Se entenderá como homicidio doloso, la privación de la vida de una mujer por razones de género. Las hijas o hijos que llegaren a tener deberán ser resguardados únicamente por su madre, y a falta de ésta, por su familia. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 2 Proyecto de decreto que adiciona un Capítulo IV Quáter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Septiembre-2025 |
Integrar en las modalidades de violencia, a la violencia obstétrica, considerándose a ésta, como el acto u omisión, negligente o doloso, efectuado por personal médico, auxiliar o administrativo de las instituciones de salud de los sectores público o privado, que cause daño o perjuicio a la salud física o psicoemocional de una mujer durante los periodos de embarazo, parto y/o puerperio, no se considera violencia obstétrica cuando se obtenga el consentimiento expreso e informado de la mujer. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 3 Proyecto de decreto que reforma el inciso j) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de productos de gestión menstrual Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 1-Octubre-2025 |
Aplicar la tasa del 0 por ciento a la enajenación de las toallas sanitarias, tampones y copas, pantiprotectores, calzones menstruales reutilizables y desechables, toallas sanitarias reutilizables y disco menstrual reutilizable y desechable. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 1-Octubre-2025 |
| 4 Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, en materia del derecho humano a la lactancia materna Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 4-Noviembre-2025 |
Contemplar que los reposos para lactancia podrán extenderse hasta por dos años, para lo cual la trabajadora deberá acreditar que continúa amamantando a su hijo o hija, mediante constancia expedida por médico general o familiar de su institución de seguridad social a la que se encuentra adscrita. Considerar que, a solicitud expresa de la asegurada, con la previa autorización escrita del médico del Instituto, se podrán transferir hasta dos semanas del mes de descanso previas al parto para después del mismo, para favorecer la relación madre e infante, así como la lactancia materna. Durante la lactancia hasta por el término máximo de seis meses tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora. Dichos reposos podrán extenderse hasta dos años, la trabajadora deberá acreditar que continúa amamantando a su hijo o hija, mediante constancia expedida por médico general o familiar de su institución de seguridad social. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 5 Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de cancelación y emisión de tarjetas de crédito y débito, emitidas por entidades financieras y comerciales. Adherente: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Agregar que, las Entidades no podrán cobrar Comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales no autorizados previamente en el Contrato de Adhesión o sin el consentimiento expreso del usuario. Documentar por escrito las operaciones que contengan las solicitudes de créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a una tarjeta y créditos personales de liquidez sin garantía real masivamente celebrados que contengan las solicitudes que utilicen para contratar con sus Clientes. Indicar que, las entidades emisoras de Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito deberán garantizar que toda información relativa a costos, cargos y comisiones asociados al producto sea clara, veraz y suficiente. Agregar los derechos, obligaciones, atribuciones y motivos de cancelación que tendrán las emisoras de Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito. Prohibir cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos asociados a dichos Medios de Disposición, así como cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso. Precisar la obligación de la CONDUSEF y de la PROFECO para vigilar su cumplimiento. | Aprobada
con fecha 12-Noviembre-2025 Publicación en Gaceta: 29-Octubre-2025 |
| 6 Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 52, fracción IV y se adiciona un segundo párrafo de la Ley de Migración Adherente: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Otorgar el carácter de visitante trabajador fronterizo a las personas extranjeras de los países con los cuales los Estados Unidos Mexicanos hayan celebrado o celebren acuerdos interinstitucionales en materia migratoria y de regularización laboral. instruir a la Secretaría de Gobernación, para que, en coordinación de la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, establezcan los mecanismos y lineamientos para la operación de dichos acuerdos y la inclusión de nuevos países. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 30-Septiembre-2025 |
| 7 Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de abuso sexual. Adherente: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Establecer en materia de delito sexual que la persona imputada no podrá enfrentar su proceso en libertad, debiendo imponerse prisión preventiva oficiosamente en todos los casos en términos de lo que dispone el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por tratarse de una conducta que atenta gravemente contra la integridad, dignidad y el interés superior de los menores. Una vez dictada la sentencia condenatoria, la persona sentenciada deberá cumplir la pena de prisión impuesta, sin que pueda gozar de libertad durante la sustanciación del proceso o la ejecución de la sentencia. Fijar que las autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como las personas físicas o morales que presten servicios educativos, deportivos, culturales, recreativos, de salud, de asistencia social o cualquier otro que implique contacto habitual con niñas, niños y adolescentes, deberán diseñar, implementar y aplicar protocolos para la detección oportuna de conductas que puedan derivar en actos de abuso sexual, corrupción de personas menores de edad, trata de personas, pornografía infantil o en cualquier otra conducta que atente contra su libertad, integridad o seguridad sexual. Señalar que las autoridades competentes deberán certificar dichos protocolos y verificar que todos los establecimientos obligados cuenten con ellos y los apliquen de manera permanente y efectiva. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 8-Octubre-2025 |
| 8 Proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo 325 del Código Penal Federal, relativo al delito de feminicidio, para incorporar la sentencia de Mariana Lima Buendía, sobre la obligación de investigar accidentes y suicidios de mujeres, como feminicidios Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 12-Noviembre-2025 |
Agregar que toda muerte violenta de una mujer, incluidas aquellas clasificadas preliminarmente como accidentes o suicidios, deberán investigarse como feminicidios, hasta agotarse todas las líneas de investigación y descartarse la existencia de razones de género. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 28-Octubre-2025 |
| 9 Proyecto de decreto que adiciona el articulo 259 Ter del Código Penal Federal, para tipificar el delito de acoso sexual Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Agregar la palabra de acoso sexual al Capítulo denominado Hostigamiento Sexual, Abuso Sexual, Estupro y Violación. Establecer la definición y tipificar el delito de acoso sexual. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 19-Noviembre-2025 |
| 10 Proyecto de decreto que adiciona la fracción II Bis al artículo 5o. de la Ley General de Turismo Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Establecer la colaboración de los Estados, los Municipios, y la Ciudad de México, para promover y gestionar Tiendas Artesanales, Gastronómicas y Turísticas de México con carácter permanente dentro de los aeropuertos y terminales de autobuses nacionales. La Secretaría de Turismo deberá privilegiar la participación directa de los artesanos de cada región, de cada entidad del país, a efecto de que puedan beneficiarse de su comercialización y contribuyan a la promoción turística del país. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 9-Septiembre-2025 |
| 11 Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 4o., un párrafo al artículo 25 y un párrafo a la fracción XXIX-g del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Establecer que toda persona tiene derecho a la protección civil y a la gestión integral de riesgos de desastres. Instruir al Estado para garantizar la prevención, mitigación, preparación, respuesta, recuperación y reconstrucción frente a desastres de origen natural o antrópico, en concordancia con los instrumentos internacionales de los que México sea parte. Mandatar que el desarrollo nacional deberá sustentarse también en la gestión integral de riesgos de desastres y la protección civil como ejes de la planeación democrática, asegurando la reducción de vulnerabilidades y el fortalecimiento de la resiliencia social, económica y ambiental. Señalar que en la facultad de Congreso para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección al ambiente, preservación y restauración del equilibrio ecológico; y de protección y bienestar de los animales, dichas leyes deberán incorporar principios de prevención, mitigación, preparación, respuesta, recuperación y reconstrucción, así como la adaptación climática y el fortalecimiento de la resiliencia comunitaria, en concordancia con los instrumentos internacionales en la materia, de que México sea parte. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 21-Octubre-2025 |
| 12 Proyecto de decreto que reforma el artículo 113, se reforma el párrafo primero del artículo 121, se adiciona las fracciones XVII, XVIII, XIX, XX, XXI al artículo 122, se reforma la fracción IV y XV del artículo 125, se adiciona el segundo párrafo a la fracción VII del artículo 137, todos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para fortalecer las procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes Iniciante: Burgos Hernández Anais Miriam (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Establecer que corresponderá a las Procuradurías la supervisión técnica y jurídica de los centros de asistencia social y unidades familiares de resguardo, garantizando estándares de atención, personal especializado y protocolos de actuación con perspectiva de niñez y familia. Crear el Sistema Nacional de Evaluación de Procuradurías con informes semestrales públicos. Precisar que la Procuraduría Federal y las Procuradurías Estatales serán organismos públicos con autonomía técnica, de gestión y presupuestal, indicar que la persona titular será designada mediante convocatoria pública con experiencia en derecho familiar o derechos humanos y, fijar que las entidades deberán prever un fondo estatal etiquetado para su operación y garantizar personal interdisciplinario. Establecer las atribuciones de la Procuradurías de Protección. Considerar que las autoridades deberán destinar recursos suficientes para el fortalecimiento institucional de las Procuradurías de Protección, garantizando infraestructura, personal y tecnología para la atención integral y oportuna de niñas, niños y adolescentes. Establecer que todos los órdenes de gobierno coadyuvarán al cumplimiento de los objetivos de conformidad con las competencias previstas y demás disposiciones legales aplicables. Añadir que el Sistema Nacional DIF y las Procuradurías deberán crear el Registro Nacional de Casos de Protección Familiar y de Niñez, interoperable y actualizado para el seguimiento de casos y la restitución de sus derechos. Permitir la obligatoriedad de contar con protocolos de actuación conjunta y llevar a cabo la evaluación anual de resultados. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 19-Noviembre-2025 |
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dirección General de Apoyo Parlamentario