Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
Iniciante | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
TOTAL | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones al artículo 395 del Código Penal Federal, en materia de despojo Iniciante: Ulloa Pérez Gerardo (MORENA) |
Fecha de presentación: 30-Abril-2025 |
Aumentar la pena de tres meses a cinco años de prisión y multa de cincuenta a quinientos pesos, a una pena de seis a diez años y multa de quince a veinticinco mil pesos, para quien cometa el delito de despojo de cosas inmuebles o de aguas. Agregar a la sanción, la aplicación de diez a quince años de prisión a los autores intelectuales y a quienes dirijan una invasión, cuando el despojo se realice por grupo o grupos que en conjunto sean mayores de cinco personas. Acrecentar la pena de dos a nueve años, a cinco a veinticinco años, para quienes se dediquen en forma reiterada a promover el despojo de inmuebles urbanos en la Ciudad de México. Precisar que se considera que comete despojo de inmuebles urbanos en forma reiterada, solo a quien haya sido anteriormente condenado por esta forma de participación en el despojo. Otorgar al delito de despojo de cosas inmuebles o de aguas, la calidad de permanente, mientras subsista la detención material del inmueble de objeto del ilícito por el activo. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 28-Noviembre-2025 |
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