| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| Iniciante | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| TOTAL | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 42 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Iniciante: Sánchez Juárez Claudia (PVEM) |
Fecha de presentación: 17-Diciembre-2025 |
Establecer que los generadores de pilas y focos incandescentes, así como los poseedores de estos residuos peligrosos, están obligados a instalar en supermercados y puntos de venta, contenedores-recolectores de pilas y focos incandescentes con empresas o gestores autorizados por la Secretaría. Fijar que en estas estaciones de reciclaje los consumidores o tenedores de pilas y/o focos incandescentes utilizados los depositarán para que luego la máquina calcule, según la cantidad de pilas y/o focos devueltos, el importe total del reembolso que les fue cobrado. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 17-Diciembre-2025 |
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
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