• .    "2026, Año de Margarita Maza Parada."

Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Adherente 3 1 0 0 0 2
TOTAL 3 1 0 0 0 2
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del derecho a la muerte digna.


Adherente: Castillo Lozano Katia Alejandra (MORENA)
Fecha de presentación:
29-Octubre-2025

  - Puntos Constitucionales
Contemplar que toda persona, en ejercicio de su autonomía y dignidad, tiene derecho al acceso libre, informado, oportuno y gratuito a cuidados paliativos integrales, a decidir sobre los tratamientos que desea recibir o suspender cuando se encuentra en una circunstancia de salud crítica o terminal, así como a los procedimientos de muerte médicamente asistida y eutanasia, derivado de enfermedad incurable, condición médica grave e irremediable o estado de declive avanzado e irreversible. Precisar los términos en los que las personas en dichas circunstancias podrán elegir dicha alternativa. Establecer la obligación de las autoridades de garantizar el acceso oportuno a dichos tratamiento, así como al acompañamiento psicológico, social y espiritual, así como respetar las directrices anticipadas que formulen las personas respecto del final de su vida. Establecer la facultad del Congreso de la Unión para legislar en la materia. Pendiente


Publicación en Gaceta:
28-Octubre-2025
2   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de cancelación y emisión de tarjetas de crédito y débito, emitidas por entidades financieras y comerciales.


Adherente: Castillo Lozano Katia Alejandra (MORENA)
Fecha de presentación:
12-Noviembre-2025

  - e
Agregar que, las Entidades no podrán cobrar Comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales no autorizados previamente en el Contrato de Adhesión o sin el consentimiento expreso del usuario. Documentar por escrito las operaciones que contengan las solicitudes de créditos, préstamos o financiamientos revolventes asociados a una tarjeta y créditos personales de liquidez sin garantía real masivamente celebrados que contengan las solicitudes que utilicen para contratar con sus Clientes. Indicar que, las entidades emisoras de Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito deberán garantizar que toda información relativa a costos, cargos y comisiones asociados al producto sea clara, veraz y suficiente. Agregar los derechos, obligaciones, atribuciones y motivos de cancelación que tendrán las emisoras de Medios de Disposición consistentes en tarjetas de crédito o débito. Prohibir cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos asociados a dichos Medios de Disposición, así como cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso. Precisar la obligación de la CONDUSEF y de la PROFECO para vigilar su cumplimiento. Aprobada con fecha
12-Noviembre-2025



Publicación en Gaceta:
29-Octubre-2025
3   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, y del Código Penal Federal, con el propósito de prevenir y castigar la violencia en estadios donde acontecen espectáculos deportivos.


Adherente: Castillo Lozano Katia Alejandra (MORENA)
Fecha de presentación:
12-Noviembre-2025

Unidas  - Deporte
- Justicia
Denunciar ante las autoridades competentes los hechos constitutivos de delito, ya sean asociaciones y sociedades deportivas, directivos, deportistas, técnicos, árbitros o jueces. Aumentar los años de suspensión de acceso a eventos, de 1 a 5 años, para ser de 3 a 10 años, asimismo, si es acreedor a una pena de privación de la libertad, el tiempo de suspensión de acceso será igual a la pena de prisión. Cambiar el término de violencia, por el de conducta violenta. Aumentar la pena en las diversas conductas que se cometan en eventos deportivos. Incluir en el capítulo de armas prohibidas, la pena de 7 a 12 años de prisión, a quien introduzca armas de fuegos, explosivos o cualquier arma en instalaciones donde se lleven a cabo espectáculos deportivos; asimismo, serán acreedores a una pena de 3 a 5 años de prisión, a deportistas, cuerpo técnico, árbitro, directivos o federaciones deportistas que consientan la guarda de armas. Definir el delito de conducta violenta y establecer las penas correspondientes. Pendiente


Publicación en Gaceta:
17-Septiembre-2025

Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Apoyo Parlamentario