| Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
| Iniciante | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
| TOTAL | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
| INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
| 1 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo, en materia de ordenamiento turístico territorial Iniciante: Crespo Arroyo Ricardo (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Establecer que la Secretaría de Turismo, podrá emitir criterios generales de interpretación que deberán considerarse por las autoridades estatales y municipales. Agregar la definición de sostenibilidad. Incluir en la definición Ordenamiento turístico del territorio; un enfoque económico y de planificación, así como sostenible e inclusivo de los recursos turísticos. Garantizar la participación de las comunidades locales, el respeto al patrimonio biocultural, y el uso de herramientas digitales para la gestión territorial, derechos humanos y desarrollo urbano. incorporar mecanismos de participación directa de comunidades, indígenas rurales y afroamericanas respetando su autonomía y patrimonio biocultural. Priorizar proyectos que fortalezcan economías locales, fomenten el turismo comunitario, y visibilicen experiencias diseñadas y operadas por las comunidades anfitrionas, bajo principios de sostenibilidad, inclusión, justicia social y desarrollo económico compartido. Sumar en los criterios de la formulación del ordenamiento turístico del territorio; la planeación participativa e integración de los diferentes sectores y formulación, evaluación y actualización del programa de ordenamiento ecológico local. Agregar a las bases de los procedimientos, los cuales serán formulados, aprobados, expedidos, evaluados y modificados los programas de ordenamiento turístico local; Gestión integral de riesgos y protección civil del territorio, participación de representantes de los sectores social, empresarial, académico y de investigación podrán participar en los mencionados trabajos, para aportar las opiniones pertinentes y coadyuvantes. Incluir en las obligaciones de los prestadores de servicios turísticos, el observar, practicar, divulgar y apoyar el cumplimiento de las recomendaciones derivadas de los programas nacional, regional y local de ordenamiento ecológico territorial y criterios de sostenibilidad obligatorios en los procesos de planeación participativa y cooperativa. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 28-Octubre-2025 |
| 2 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 333 Bis; se adiciona una fracción VI al artículo 338, recorriéndose la actual VI a VII; y se adicionan dos párrafos finales al artículo 339, de la Ley General de Salud, en materia de trasplante pareado o cruzado Iniciante: Crespo Arroyo Ricardo (MORENA) |
Fecha de presentación: 10-Diciembre-2025 |
Integrar el concepto de trasplante pareado o cruzado, y que para dicho procedimiento se requiere autorización de la Secretaría de Salud, dictamen del Comité Interno de Trasplantes, y el consentimiento de los participantes, debiendo registrarse en el Registro Nacional de Trasplantes, mismo que dependerá del Centro Nacional de Trasplantes, en dicho registro se contará con datos relativos a trasplantes pareados o cruzados, garantizando su trazabilidad, compatibilidad, asignación y seguimiento, la Secretaría de Salud, integrará un módulo específico en el Registro Nacional de Trasplantes, donde se vigilará, controlará y dará seguimiento a los procedimientos de trasplante pareado o cruzado, realizados en establecimientos de salud autorizados. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 11-Noviembre-2025 |
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