| DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
| 1 Decreto por el que se modifica el artículo tercero del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y se señalan las características de las monedas de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos y de uno, dos, cinco y diez pesos, publicado el 22 de junio de 1992, en el Diario Oficial de la Federación, únicamente por lo que hace a la moneda de diez pesos. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Ingresos y Hacienda Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 9-Diciembre-2025 Gaceta Cámara de Senadores: 10-Diciembre-2025 |
- Hacienda y Crédito Público 9-Diciembre-2025 Aprobación en el Senado: 10-Diciembre-2025 Publicación en el DOF: 19-Enero-2026 |
Incluye el acero recubierto de níquel, entre aquellos materiales que se pueden elegir para la composición metálica de la parte central de la moneda de diez pesos. | 1. Iniciativa remitida por la Titular del Ejecutivo Federal, el 02 de diciembre de 2025. 2. Declaratoria de publicidad en la Cámara de Diputados el 09 de diciembre de 2025, en sesión matutina. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria, el 09 de diciembre de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor y 66 votos en contra. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2025. 6. Se consideró de urgente resolución y se sometió a discusión y votación de inmediato. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria, el 10 de diciembre de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor y 16 votos en contra. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2026. |
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