| DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
| 1 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de prohibición de cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos análogos, y otras materias que fortalecen la atención de la salud de la población. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Salud Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 9-Diciembre-2025 Gaceta Cámara de Senadores: 10-Diciembre-2025 |
- Salud 9-Diciembre-2025 Aprobación en el Senado: 10-Diciembre-2025 |
Establece la prohibición total del comercio, distribución, venta y suministro de los cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos. Fortalece las facultades de la COFEPRIS en materia de verificación, inspección y control sanitario, y a la Secretaría de Salud para coordinar y supervisar la compra y distribución de medicamentos, insumos y equipos médicos de alta tecnología e infraestructura adecuada, así como la regulación y fortalecimiento de la producción nacional de los hemoderivados, medicamentos obtenidos a partir del plasma humano. Reconoce a la salud digital en el uso de las tecnologías de la información y comunicación para la atención médica, implementando la telesalud, telemedicina y la inteligencia artificial, asimismo establece un sistema de salud interoperable permitiendo la integración efectiva de las distintas instituciones públicas del sector para la creación de un expediente clínico digital. |
1. Iniciativas consideras en el dictamen: a) Iniciativa remitida por la Titular del Ejecutivo Federal, el 26 de septiembre de 2025. (LXVI Legislatura). b) Iniciativa presentada por la Dip. Annia Sarahí Gómez Cárdenas (PAN), el 02 de marzo de 2025. c) Iniciativa presentada por los Diputados Fernando Jorge Castro Trenti y Pedro Mario Zenteno Santaella, del Grupo Parlamentario de MORENA, el 24 de abril de 2025. d) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 29 de abril de 2025. e) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 30 de julio de 2025. f) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 20 de agosto de 2025. g) Iniciativa presentada por Diputadas y Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 07 de octubre de 2025. h) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 29 de octubre de 2025. i) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 11 de noviembre de 2025. j) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 12 de noviembre de 2025. k) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 12 de noviembre de 2025. l) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 19 de noviembre de 2025. m) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 19 de noviembre de 2025. n) Iniciativa presentada por el Dip. Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), el 19 de noviembre de 2025. ñ) Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Jorge Castro Trenti (MORENA), el 19 de noviembre de 2025. o) Iniciativa presentada por el Dip. Reginaldo Sandoval Flores (PT), el 21 de noviembre de 2025. p) Iniciativa presentada por el Dip. Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (MORENA), el 20 de noviembre de 2025. q) Iniciativa presentada por el Dip. Juan Guillermo Rendón Gómez (MORENA), el 20 de noviembre de 2025. r) Iniciativa presentada por la Margarita García García (PT), el 25 de noviembre de 2025. 2. Declaratoria de publicidad en la Cámara de Diputados el 02 de diciembre de 2025, en sesión matutina. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria, el 09 de diciembre de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 324 votos a favor y 131 votos en contra. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2025. Se turnó a las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativas, Primera. 6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 10 de diciembre de 2025. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria, el 10 de diciembre de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 76 votos a favor y 37 votos en contra. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. |
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