| DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
| 1 Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 14-Octubre-2025 Gaceta Cámara de Senadores: 15-Octubre-2025 |
- Justicia - Hacienda y Crédito Público 14-Octubre-2025 Aprobación en el Senado: 15-Octubre-2025 Publicación en el DOF: 16-Octubre-2025 |
Establece la improcedencia de la suspensión por lesión del interés social o de disposiciones de orden público en materia administrativa. En cuanto a la suspensión por lesión del interés social o de disposiciones de orden público en materia de protección e inteligencia del sistema financiero, busca combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Incluye efectos de la concesión de la suspensión cuando el acto reclamado es una orden de aprehensión y actos privativos de la libertad. Habilita el Juicio de amparo digital con el objeto de tener una justicia más accesible, ágil y eficiente. Reconoce expresamente la posibilidad de presentar promociones en formato electrónico, utilizando tecnologías de la información y firma electrónica. |
1. Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal, el 15 de septiembre de 2025. 2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 01 de octubre de 2025. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria vespertina el 01 de octubre de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 77 votos a favor y 39 votos en contra. 4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales. 6. Declaratoria de publicidad en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2025, en sesión matutina. 2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 14 de octubre de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 348 a favor y 130 en contra. 3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. |
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