DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Leyes Reglamentaria del Servicio Ferroviario; Orgánica de la Administración Pública Federal; de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de Vías Generales de Comunicación; y General de Bienes Nacionales, en materia ferroviaria y de armonización normativa. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 29-Abril-2025 Gaceta Cámara de Senadores: 26-Junio-2025 |
- Comunicaciones y Transportes 29-Abril-2025 Aprobación en el Senado: 26-Junio-2025 Publicación en el DOF: 16-Julio-2025 |
Fomenta la integración económica, productiva y turística de las distintas regiones del país mediante el transporte ferroviario de pasajeros. Armoniza distintos ordenamientos para fortalecer la aplicación de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en la materia. |
1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 24 de abril de 2025. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 29 de abril de 2025, en sesión matutina. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 29 de abril de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 440 votos a favor. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de abril de 2025. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes; de Infraestructura Ferroviaria; y de Estudios Legislativos. 6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de junio de 2025. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria el 26 de junio 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 107 votos a favor. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025. |
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