EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman las fracciones II, IX, y XLVII del artículo 4, la fracción VI del artículo 6, las fracciones I, II, y el último párrafo del artículo 12, 13, el artículo 16, las fracciones V, VI, y el penúltimo párrafo del artículo 18, el artículo 24, el segundo párrafo del artículo 25, el artículo 26, el artículo 28 y el artículo 29, todos de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Indígenas Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 16-Febrero-2021 |
- Pueblos Indígenas 16-Febrero-2021 |
Establecer que, el Instituto de los Pueblos Indígenas deberá instrumentar las medidas y acciones para el ejercicio de los derechos de las mujeres indígenas y afromexicanas garantizando la paridad de género e incluir éste principio en las políticas, programas y acciones de la administración pública federal. Promover la participación de las mujeres indígenas en las instancias que integran el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres. |
1. Iniciativa suscrita por Diputadas y Diputados integrantes del Grupo Parlamentario, (PRD), el 7 de abril de 2020. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 16 de febrero de 2021. 3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 16 de febrero de 2021, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 450 votos a favor. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de febrero de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos, Primera |