Proposiciones con punto de acuerdo presentadas por diputado en la LXV Legislatura turnadas a comisión | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
PROPOSICIÓN | TURNO A COMISIÓN | RESOLUTIVOS DEL PROPONENTE | RESOLUTIVOS APROBADOS | TRÁMITE |
1 Por el que se exhorta a la FGR, a la SFP y al INM, a realizar una serie de acciones en torno al trágico fallecimiento de personas migrantes y solicitantes de asilo en instalaciones del INM en Ciudad Juárez, Chihuahua el 27 de marzo del 2023. Diversos Grupos Parlamentarios: Madrazo Limón Carlos (PAN) |
Fecha de presentación: 11-Abril-2023 |
Primero. - Se exhorta a la Fiscalía General de la República a realizar las investigaciones pertinentes entorno a los hechos acontecidos en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez, Chihuahua en donde el pasado 27 de marzo fallecieron cerca de cuarenta personas migrantes, así como a transparentar en versión pública los resultados de sus investigaciones. Segundo. - Se exhorta a la Secretaría de la Función Pública del gobierno federal a investigar la presunta responsabilidad de los servidores públicos encargados de las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en Ciudad Juárez, Chihuahua en donde el pasado 27 de marzo fallecieron cerca de cuarenta personas migrantes. Así como investigar la presunta responsabilidad administrativa de la empresa de Servicios Especializados de Investigación y Custodia (SEICSA) S.A. de C.V, encargada de la seguridad en las instalaciones. Tercero. - Se exhorta al Instituto Nacional de Migración a revisar y garantizar el estado de las instalaciones destinadas a la detención, albergue y recepción de personas migrantes, a fin de que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 107 de la Ley Migración, así como que cuenten con los elementos necesarios para garantizar los derechos de las personas migrantes establecidos en el artículo 109 de la misma ley. Cuarto. - Se exhorta al Instituto Nacional de Migración a evitar la detención o retención de personas migrantes por períodos que excedan las 36 horas, posterior a ese periodo se le exhorta a permitir a las personas migrantes llevar sus procesos en libertad. |
. | Desechada (art. 184, num 2)
con fecha -- Publicación en Gaceta: 11-Abril-2023 |
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