MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXV LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

SEGURIDAD SOCIAL
MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 9-Febrero-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Seguridad Social
Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2022
Propiciar en el Instituto Mexicano del Seguro Social y en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la incorporación, uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en la prestación de los servicios y el otorgamiento de seguros y prestaciones a su cargo, en beneficio de su población derechohabiente y beneficiario.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 6-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. Eva Eugenia Galaz Caletti (MORENA), el 02 de marzo de 2021.

b) Iniciativa suscrita por la Sen. María Graciela Gaitán Díaz (PVEM), el 20 de abril de 2021.

c) Iniciativa suscrita por la Sen. Gricelda Valencia de la Mora (MORENA), el 29 de abril de 2021.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre del 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2022. Decreto aprobado por 87 votos a favor.

4. Se turnó a la Cámara de Diputados, para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 09 de febrero de 2022.

6. Declaratoria de publicidad emitida el 15 de noviembre de 2023.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 06 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 423 votos a favor y 1 abstención.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril de 2024.
2  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, en materia de personas trabajadoras del hogar.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 23-Marzo-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Seguridad Social
Publicación en Gaceta: 23-Marzo-2022
Incorporar, a las personas trabajadoras del hogar. Añadir, un lenguaje incluyente.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 27-Octubre-2022


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por las senadoras y senadores integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, así como integrantes de la Comisión para la Igualdad de Género e integrantes de diversos grupos parlamentarios, el 22 de abril de 2021.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores, el 02 de marzo de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 16 de marzo de 2022. Aprobado por 108 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 23 de marzo de 2022

6. Declaratoria de publicidad en la Cámara de Diputados emitida el 27 de octubre de 2022.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 27 de octubre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 486 votos a favor y 1 abstención.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre de 2022.
3  Proyecto de decreto que deroga la fracción II del artículo 132 de la Ley del Seguro Social, y la fracción II del artículo 136 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 15-Noviembre-2022

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Seguridad Social
Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2022
Eliminar el caso en que no se tiene derecho a la pensión de viudez cuando al contraer matrimonio el asegurado recibía una pensión de invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada, a menos de que a la fecha de la muerte haya transcurrido 1 año desde la celebración del matrimonio. Excluir el caso en que no se tendrá derecho a la pensión el cónyuge supérstite cuando hubiese contraído matrimonio con el Trabajador después de haber cumplido éste los 55 años de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya transcurrido 1 año desde la celebración del matrimonio.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Sen. Rogelio Israel Zamora Guzmán (PVEM), el 27 de marzo de 2019.

b) Iniciativa suscrita por el Sen. Salomón Jara Cruz (MORENA), el 24 de marzo de 2020.

c) Iniciativa suscrita por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (MORENA), el 17 de noviembre de 2021.

2. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 15 de noviembre de 2022.
4  Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 94 de la Ley del Seguro Social y un último párrafo al artículo 39 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.








Proponente: Minutas (Senadores)

Fecha de presentación: 8-Febrero-2023

Cámara de Origen: Cámara de Senadores
  - Seguridad Social
Con Opinión de  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 8-Febrero-2023
Señala que persona podrá ejercer las prestaciones referidas en las fracciones de los artículos, en el supuesto de que la madre fallezca en el parto o en el puerperio.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Sen. Ovidio Peralta Suárez (MORENA), el 19 de marzo de 2020.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 88 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de febrero de 2023.