INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXV LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

ATENCIóN A GRUPOS VULNERABLES
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de paridad de género, atención de calidad para personas con discapacidad y grupos vulnerables.


Proponente: Becerra Moreno Monica (PAN)
Fecha de presentación: 27-Abril-2022

  - Seguridad Ciudadana
Con Opinión de  - Igualdad de Género
- Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que, las instituciones de seguridad pública de la federación, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de su competencia, deberán coordinarse para realizar, implementar y promover acciones y programas de capacitación en materia de paridad de género, atención de calidad para personas con discapacidad y grupos vulnerables. Aprobada
con fecha 15-Noviembre-2022



Publicación en Gaceta: 26-Abril-2022
2   Proyecto de decreto que reforma el artículo 15 del Código Penal Federal.


Proponente: Riestra Piña Mario Gerardo (PAN)
Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022

  - Justicia
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables

Añadir que el delito se excluye cuando al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer discapacidad intelectual, en cuyo caso responderá por el resultado típico siempre y cuando lo haya previsto o le fuere previsible. Aprobada
con fecha 14-Febrero-2024



Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022
3   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, en materia de derechos Lingüísticos de las personas sordas y el derecho a la accesibilidad cognitiva.


Proponente: Chertorivski Woldenberg Salomon (MC)
Fecha de presentación: 4-Octubre-2022

Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables
  - Movilidad

Incluir en la definición de accesibilidad, la accesibilidad cognitiva. Establecer que los servicios de transporte prevean vehículos y entorno con accesibilidad cognitiva y apoyo a la comunicación e información. Incluir en el diseño y operación del sistema de movilidad, a las personas sordas hablantes de lenguas de señas. Establecer que la comunicación se lleve a cabo en su propia lengua cuando se trate de personas hablantes de lenguas indígenas o de lengua de señas mexicana o regional. Aprobada
con fecha 30-Noviembre-2022



Publicación en Gaceta: 17-Noviembre-2022
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Proponente: Sibaja Mendoza Jorge Ángel (MORENA)
Fecha de presentación: 26-Abril-2023

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables

Reducir de sesenta y ocho a sesenta y cinco años, el derecho de las personas mayores para recibir por parte del Estado una pensión no contributiva en los términos que fije la Ley; y, de los sesenta y cinco, a sesenta y dos años de edad, en el caso de las y los indígenas y las y los afromexicanos, para recibir esta prestación. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2024



Publicación en Gaceta: 16-Marzo-2023
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Corona Nakamura María del Rocío (PVEM)
Fecha de presentación: 18-Julio-2023

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables

Reducir de 68 a 65 años la edad para que las personas mayores reciban una pensión por parte del Estado. Permitir que las personas mayores, mexicanas por nacimiento o naturalización con domicilio en la República Mexicana, reciban una pensión. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2024



Publicación en Gaceta: 28-Julio-2023
6   Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 55 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Patrón Laviada Cecilia Anunciación (PAN)
Fecha de presentación: 24-Agosto-2023

  - Derechos de la Niñez y Adolescencia
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que, las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, realizarán acciones a fin de sensibilizar a la sociedad, específicamente en los núcleos familiares y escolares. Aprobada
con fecha 27-Febrero-2024



Publicación en Gaceta: 30-Agosto-2023
7   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 14 de la Ley General de Educación.


Proponente: Reyes López Valentín (DECESO) (MORENA)
Fecha de presentación: 5-Septiembre-2023

  - Educación
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables

Promover la participación de las personas con discapacidad en la construcción de los modelos educativos. Aprobada
con fecha 23-Noviembre-2023



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2023
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aceves García Norma Angélica (PRI)
Fecha de presentación: 3-Octubre-2023

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Atención a Grupos Vulnerables

Establecer que toda persona con discapacidad tendrá un apoyo económico, otorgado por el Estado, eliminando requisito de edad o situación socioeconómica. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2024



Publicación en Gaceta: 5-Septiembre-2023
9   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Bienestar.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)
Fecha de presentación: 8-Febrero-2024

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
- Bienestar
- Atención a Grupos Vulnerables

Incluir que la Federación y las entidades Federativas garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y cinco años. Establecer que el Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente teniendo prioridad las personas menores de dieciocho años de edad, en los términos que fije la ley. Reducir la edad para recibir, por parte del Estado, la pensión no contributiva de adultos mayores de 68 años a 65 65 años. Fijar que el Estado destinará anualmente los recursos presupuestarios suficientes, oportunos y adecuados, conforme al principio de progresividad y no regresión, para garantizar el ejercicio de los derechos establecidos en este artículo que impliquen la transferencia de recursos directos para la población. El monto de los recursos asignados no podrá ser disminuido, en términos reales, respecto del que se haya asignado en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Incluir que, el Estado garantizará, en los términos que fije la ley, la entrega de un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que cultiven sus tierras sembrando árboles frutales, maderables y especies que requieren ser procesadas, conforme a las disposiciones aplicables; un apoyo anual directo y fertilizantes gratuitos a productores de pequeña escala, y un apoyo anual directo a pescadores de pequeña escala. Agregar que, se mantendrán precios de garantía para la compraventa de maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables. Aprobada
con fecha 22-Octubre-2024



Publicación en Gaceta: 5-Febrero-2024