INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXV LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

GOBERNACIóN Y POBLACIóN
INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (MORENA)
Fecha de presentación: 9-Febrero-2022

  - Cultura y Cinematografía
Con Opinión de  - Gobernación y Población

Otorgar el Premio Nacional de Artes y Literatura, a las personas físicas y morales en los campos de Letras, Artes Escénicas y Artes Visuales. Considerar como merecedores al premio a quienes contribuyan a enriquecer las tradiciones populares. Establecer quienes integrarán el Consejo de Premiación. Retirada
con fecha 15-Diciembre-2022



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2022
2   Proyecto de decreto por el que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.


Proponente: Martínez Romano Esther (PT)
Fecha de presentación: 15-Marzo-2022

  - Cultura y Cinematografía
Con Opinión de  - Gobernación y Población

Incluir en el merecimiento del Premio Nacional de Artes y Literatura a quienes hayan contribuido a enriquecer las tradiciones populares de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Agregar Instituciones y Organismos dentro del Consejo de Premiación del Premio Nacional de Artes y Literatura. Modificar los premios a entregar. Permitir que toda persona física, moral, comunidades y grupos, puedan ser galardonados con dicho premio. Ajustar los campos de premiación. Retirada
con fecha 15-Diciembre-2022



Publicación en Gaceta: 15-Febrero-2022
3   Proyecto de decreto por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.


Proponente: Alcántara Martínez Leobardo (PT)
Fecha de presentación: 15-Marzo-2022

  - Trabajo y Previsión Social
Con Opinión de  - Gobernación y Población

Definir que el responsable del tratamiento de los datos personales cumpla con la normatividad aplicable en materia de protección de datos personales en posesión de particulares. Añadir la sanción a la persona o personas físicas o morales que brinden servicios de buró laboral o generen sistemas de listas negras que contengan datos personales sensibles de los trabajadores. Retirada
con fecha 30-Noviembre-2022



Publicación en Gaceta: 9-Febrero-2022
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia salarial y laboral para la rama de enfermería


Proponente: Chávez Flores María Macarena (PRD)
Fecha de presentación: 24-Noviembre-2022

Con Opinión de  - Gobernación y Población
Unidas  - Salud
- Trabajo y Previsión Social
Con Opinión de  - Seguridad Social

Integrar a las facultades del Director General del Instituto de Salud, el vigilar la aplicación correcta y de forma estricta, todas las Normas Oficiales Mexicanas en materia de salud. Incluir la atribución de tomar como base para la capacitación, actualización y adiestramiento, tanto de los trabajadores con licenciaturas, así como de aquellos con carreras como profesionales técnicos en la rama de enfermería. Agregar la NOM-019- SSA3-2013 para la Práctica de Enfermería en el Sistema Nacional de Salud. Asignar a los tabuladores regionales de sueldo o salario un bono del 5% del salario base, el cual estará vigente durante la emergencia sanitaría, al personal que trabaje directamente en áreas infecto-contagiosas de hospitales y en contacto con pacientes o con materiales objeto de posibles contagios. Establecer que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, normará lo necesario para que la diferencia salarial entre trabajadores con licenciaturas y carreras técnicas sea sustancial, favoreciendo e incentivando la adopción por parte de los trabajadores de llevar a cabo estudios universitarios, educación y capacitación acorde a las necesidades del puesto de trabajo. Indicar que la pensión por cesantía en edad avanzada será para el caso de los trabajadores de la rama de enfermería será a partir de los cincuenta y ocho años de edad y gozar de las prestaciones a partir de veintitrés años de cotización reconocidos para los trabajadores de enfermería. Especificar que los trabajadores que no reúnan las semanas de cotización, se someterá su solicitud a evaluación dentro de la cual se contabilizarán las horas extras trabajadas y otros servicios traducidos en horas hombre entregadas a la institución las cuales serán traducidas a semanas cotizadas hasta alcanzar los veintitrés años específicos para su rama de trabajo. Retirada
con fecha 9-Febrero-2023



Publicación en Gaceta: 23-Noviembre-2022