Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura turnadas a comisión |
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Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno | ||||||
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Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
De Grupo | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
Iniciante | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1 |
TOTAL | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Publica De Grupo: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 16-Abril-2024 |
Agregar, el brindarles a las y los policías de los tres niveles de gobierno un seguro de vida que blinde a sus familias en caso de su fallecimiento al que puedan acceder en caso requerirlo. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2024 |
2 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de derechos maternales de las mujeres en reclusión Iniciante: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 16-Abril-2024 |
Considerar que las mujeres privadas de su libertad en un centro penitenciario puedan tener la guardia y custodia de su hija o hijo menor de tres a seis años. Incluir que en materia de atención médica obstétrico-ginecológica y pediátrica, durante el embarazo, el parto y el puerperio, será libre de cualquier tipo de violencia o discriminación. Considerar que, en caso de que la paciente o su familia cuenten con los recursos necesarios, la atención mencionada podrá ser recibida en hospitales privados cumpliendo con las medidas de seguridad necesarias. Incluir la petición de reducción de la pena o sustitución por sanción no privativa de la libertad con base a la condición de embarazo o calidad de madre con hijos menores de la mujer privada de la libertad. Añadir que en el caso de que la persona privada de la libertad sea mujer y esta se encuentre en condición de embarazo o en calidad de madre cuyos hijos no cuenten con más familiares que contribuyan a su cuidado, se considerará un factor para que el juez de ejecución opte en el nombre del interés superior de la niñez por otorgar la libertad anticipada. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2024 |
3 Proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Guardia Nacional, para crear la Universidad Nacional para la Seguridad De Grupo: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 16-Abril-2024 |
Agregar, la creación de una Universidad Nacional para la Seguridad, implicaría que las personas que forman parte de la Guardia Nacional tendrán una formación idónea, aumentando las capacidades con las que previamente gozarán los elementos de la Guardia Nacional, no solo en los aspectos de adiestramiento y/o combate en la persecución del delito sino se desarrollaran en áreas tecnológicas, y de formación educativa, en áreas como el derecho, la ética, la filosofía, derechos humanos, perspectiva de género, ciencias de la tecnología y comunicación (delitos cibernéticas) así como otras afines y necesarias, que sirvan de manera congruente a la seguridad. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2024 |
4 Proyecto de decreto que reforma los artículos 89, 96 y 98 y deroga el segundo párrafo del artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos De Grupo: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 16-Abril-2024 |
Inhabilitar al Presidente para someter las licencias y renuncias de Ministros de la Suprema Corte ante el Senado. Modificar Presidente de la República por la persona titular del Poder Ejecutivo. Facultar al Senado para rechazar en su totalidad la terna propuesta de Ministros, lo que obligaría al Poder Ejecutivo a presentar una nueva terna. En caso de no aprobarse, se someterá a votación y se facultará a Ministro a quien reciba al menos 8 votos. Limitar a 45 días naturales la falta de un Ministro, tras lo cual el Poder Ejecutivo nombrará a un interino. Establecer que las renuncias o separaciones definitivas de los Ministros serán sometidas por la Presidencia, iniciándose el procedimiento de presentación de las ternas. Definir que cuando las licencias de ministros sean menores a 45 días serán otorgadas por la Suprema Corte de Justicia, y en caso de que el tiempo sea mayor, deberán ser concedidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2024 |
5 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, en materia de detección y atención de cáncer en infantes y discapacitados De Grupo: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 16-Abril-2024 |
Agregar, hacer visible que exista la responsabilidad jurídica del Estado mexicano de garantizar la salud a las niñas, niños y adolescentes con discapacidad a través de la adición del concepto, ajustes razonables y su traslado a los derechos de los beneficiarios con discapacidad en la ley. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 2-Abril-2024 |
6 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas De Grupo: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 16-Abril-2024 |
Incrementar el número de integrantes de la junta de gobierno, de nueve a once; en donde se incluya a una persona representante de la Secretaría de Salud y una persona representante del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Determinar que la Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida atenderá de expedita atenderá las solicitudes de incorporación al Mecanismo. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 9-Abril-2024 |
7 Proyecto de decreto por el que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de pensión por viudez Iniciante: Madrigal Alaniz María Teresa (PRD) |
Fecha de presentación: 29-Abril-2024 |
Reducir los años del concubinato de cinco a dos años para que se otorgue la pensión de la o el cónyuge. Precisar que la o el cónyuge no tendrá derecho a la pensión de viudez, en caso de que la o el asegurado fallezca antes de treinta días de matrimonio. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 24-Abril-2024 |
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