Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura turnadas a comisión |
SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno | ||||||
Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
Adherente | 5 | 1 | 0 | 0 | 3 | 1 |
Iniciante | 1 | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 |
De Grupo | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
TOTAL | 6 | 2 | 0 | 0 | 3 | 1 |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
1 Proyecto de decreto que reforma el artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022 |
Establecer que, ningún ejemplar de mamífero marino, cualquiera que sea la especie, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial, con excepción de la captura que tenga por objeto la investigación científica para su conservación y preservación. Asimismo, prohibir la utilización de ejemplares de mamíferos marinos en espectáculos fijos o itinerantes; así como en cualquier actividad cuya finalidad no sea la investigación científica para su conservación y preservación. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022 |
2 Proyecto de decreto que reforma el artículo 90 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 2-Septiembre-2022 |
Garantizar se cumpla el derecho a la movilidad para llevar a cabo el cambio de centro de trabajo de los docentes. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022 |
3 Proyecto de decreto que reforma los artículos transitorios cuarto y séptimo de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicada en el DOF el 31 de marzo de 2007. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 13-Septiembre-2022 |
Establecer que las persona que hubiesen cotizado anteriormente en el régimen del instituto se les reconocerá los periodos cotizados con anterioridad. Agregar que las personas trabajadoras que se encuentren bajo el régimen de acreditación de cuentas indivisibles y cumplan con los requisitos de edad y antigüedad para pensionarse podrán solicitar en el ISSSTE el cálculo comparativo entre la renta vitalicia a que tienen derecho en el monto de pensión que les hubiera correspondido. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022 |
4 Proyecto de decreto que reforma los artículos 18, 19 y 80 de la Ley Agraria. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2022 |
Establecer atribuciones a la asamblea de ejidatarios en materia de conservación y venta de derechos ejidales. | Retirada
con fecha 28-Febrero-2023 Publicación en Gaceta: 2-Septiembre-2022 |
5 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 35 Bis de la Ley Nacional de Ejecución Penal. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2022 |
Incluir en el capítulo de Régimen de Internamiento, las personas con discapacidad privadas de la libertad, asimismo, establecer las consideraciones que debe tomar en cuenta la autoridad penitenciaria, para que las personas con discapacidad puedan ejercer plenamente sus derechos. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2022 |
6 Proyecto de decreto que reforma el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (MORENA) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2022 |
Establecer que, en el procedimiento para que las instituciones bancarias puedan disponer de los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de tres años contados, se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente de quinientas cuarenta Unidades de Medida y Actualización (UMAS) en la Ciudad de México. Fijar que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en la cuenta global con excepción de aquellos destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la Seguridad Pública, destinado para las acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que se establezcan. | Retirada
con fecha 12-Octubre-2022 Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2022 |
7 Proyecto de decreto que reforma el artículo 154 de la Ley General de Bienes Nacionales. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2022 |
Incluir en los supuestos de sanción con multa el incumplimiento de mantener en óptimas condiciones de higiene el área concesionada. | Aprobada
con fecha 9-Febrero-2023 Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2022 |
8 Proyecto de decreto que adiciona el artículo 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2022 |
Establecer como obligación de los municipios cobrar el impuesto predial y actualizar anualmente el valor catastral para su cálculo, con criterios de progresividad y tomando como base el valor comercial de la propiedad. | Retirada
con fecha 18-Octubre-2022 Publicación en Gaceta: 21-Septiembre-2022 |
9 Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 8° y 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en materia de discurso de odio en contra de las personas de la población LGBTTTIQA+. Adherente: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 21-Septiembre-2022 |
Establecer que, las asociaciones religiosas deberán abstenerse de proferir discurso de odio y discriminar a personas o grupos por razón de cualquier condición o circunstancia personal, étnica, social, orientación sexual, identidad y/o expresión de género. Considerar como infracción el proferir discursos de odio en el ejercicio de los actos amparados por esta ley o en medios de comunicación con el deliberado ánimo de menospreciar y discriminar a personas o grupos por razón de cualquier condición o circunstancia personal, étnica, social, orientación sexual, identidad y/o expresión de género. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2022 |
10 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral De Grupo: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 20-Octubre-2022 |
Armonizar el lenguaje con perspectiva de género. Agregar los conceptos de acciones afirmativas, elección consecutiva, Intercampaña y votación valida emitida. Establecer como obligación de los ciudadanos votar en las elecciones, las consultas populares, en los procesos de revocación de mandato, así como en los demás mecanismos o ejercicios de participación ciudadana que haya, entre otros, referéndums, iniciativa ciudadana y plebiscitos. Señalar que el pueblo ejerce su democracia, como una forma de gobierno en beneficio de y para el pueblo, un sistema de vida basado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. Determinar que la votación válida emitida se refiere al resultado que se obtenga de restar a la suma de todos los votos depositados en las urnas, los votos nulos, los votos a candidaturas no registrados y los votos correspondientes a las candidaturas independientes. Precisar que el partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro, salvo que haya conservado el registro como partido local, obteniendo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas en donde se haya desarrollado una elección concurrente, esto aplicará para la elección donde se elijan Presidente de la República, senadurías y diputaciones federales, así como en la elección donde sólo se renueve la Cámara de las y los Diputados. Garantizar la paridad en la conformación de las y los integrantes de las Cámaras. Establecer en las Constituciones de las entidades federativas y de la Ciudad de México, la elección consecutiva para el mismo cargo de presidencias municipales, regidurías y sindicaturas, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años y solo será posible en el mismo municipio en que fueron electos. Señalar que la Consejera o Consejero Presidente del Consejo General será elegida o elegido por mayoría simple del Pleno de la Cámara de Diputados, a propuesta del órgano de dirección política y avalada por la Junta de Coordinación Política. Cambiar la denominación del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por Unidad Especializada. Agregar facultades a la Unidad Especializada del INE. Modificar las reglas para el funcionamiento de la Unidad Especializada. Incorporar una excepción a la obligación de registrar fórmulas de propietario y suplente del mismo género, pues se aplicará en aquellos casos en que la fórmula esté integrada por un candidato propietario hombre en cuyo caso se podrá optar por registrar como suplente a una mujer. Determinar que en la propaganda política estarán prohibidas las expresiones que calumnien a las personas, lenguaje ofensivo que pueda generar violencia política en razón de género y se deberá usar lenguaje incluyente. Actualizar las multas en razón del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización general vigente para la Ciudad de México. Determinar que, para la obtención del registro, los partidos políticos locales en formación deberán acreditarán un número de afiliados que no sea inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral local que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate; dicha disposición no será aplicable para los partidos políticos que haya participado en alguna elección local ordinaria; 16) modificar Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar como facultad del Poder Judicial de la Federación conocer y resolver las impugnaciones que versen sobre el procedimiento de designación de autoridades electorales locales y sobre los asuntos relacionados con el presupuesto del Instituto Nacional Electoral. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2022 |
11 Proyecto de decreto que reforma los artículos 456 y 458 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 23 de la Ley General de Partidos Políticos. De Grupo: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 20-Octubre-2022 |
Disminuir del 50 al 25% el monto máximo de las reducciones económicas a los partidos políticos derivadas de sanciones, multas, descuentos, remanentes u otros conceptos. Destinar a la Tesorería de la Federación los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones económicas a los partidos políticos. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2022 |
12 Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Elección Consecutiva de las y los Legisladores Federales De Grupo: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 20-Octubre-2022 |
Expedir un nuevo ordenamiento que tiene por objeto regular la elección consecutiva como un derecho constitucional de las y los senadores hasta por dos periodos consecutivos y de las y los diputados hasta por cuatro periodos consecutivos al Congreso de la Unión, en ambos casos, sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 20-Octubre-2022 |
13 Proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 11 de la Ley Federal de Consulta Popular. Iniciante: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2022 |
Precisar que la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente solo podrá ser objeto de consulta popular, en tareas de seguridad pública que sean de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. Establecer la realización de la consulta popular sobre la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública, durante el mes de enero del año en que vence esta facultad del Presidente de la República. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2022 |
14 Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado el 26 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, y 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Iniciante: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2022 |
Establecer mediante consulta popular la ampliación del plazo de permanencia de las fuerzas armadas, con el fin de seguir combatiendo al crimen organizado y la violencia, con elementos que cuenten con una alta calidad, capacidad, valores, disciplina y perspectiva de derechos humanos. | Aprobada
con fecha 19-Septiembre-2024 Publicación en Gaceta: 13-Septiembre-2022 |
15 Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Fiscalía General de la República, en materia de perspectiva de género. Iniciante: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2022 |
Agregar la obligación de la Fiscalía General de contar con la certificación requerida en perspectiva de género enfocado en la procuración de justicia en las relaciones con su personal. Incluir el requisito de conclusión satisfactoria de una certificación en perspectiva de género, enfocada a la procuración de justicia para permanecer como personal del servicio profesional de carrera en cualquiera de sus ramas, agentes del Ministerio Público de la Federación integrantes del servicio profesional de carrera sustantivo, agentes de la Policía Federal Ministerial, personas peritas, personas analistas y personas facilitadoras sujetas al servicio profesional de carrera sustantivo, persona servidora pública especializada, profesional, técnica y administrativa del servicio profesional de carrera. Establecer que para permanecer como personal del servicio profesional de carrera en cualquiera de sus ramas deberá concluir satisfactoria y periódicamente, cursos de perspectiva de género enfocados en la procuración de justicia. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 15-Noviembre-2022 |
16 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos. De Grupo: Rojo Pimentel Ana Karina (PT) |
Fecha de presentación: 15-Diciembre-2022 |
Definir los conceptos de acciones afirmativas, igualdad sustantiva y votación válida emitida. Cambiar el término candidatos por candidaturas y agregar los de candidatas y diputadas. Añadir que al partido político nacional que no obtenga el 3% de la votación válida emitida en las elecciones, le será cancelado el registro, salvo que lo haya conservado como partido local. Establecer mecanismos para realizar ajustes en las listas plurinominales para garantizar la paridad en la Cámara de Diputados. Incluir que la autoridad administrativa electoral y la jurisdiccional en ningún caso podrán emitir nuevos criterios que modifiquen las reglas del proceso electoral una vez que haya iniciado. Precisar que la autoridad electoral notificará al Congreso de la Unión los temas en donde haga falta emitir, reformar, adicionar o derogar leyes en la materia. Establecer que el Consejo General determinará las acciones afirmativas para representar a los grupos en situación de vulnerabilidad. Puntualizar que todas las acciones afirmativas deberán emitirse, al menos noventa días antes del inicio del proceso electoral. Agregar que los partidos políticos podrán postular candidatos bajo la figura de candidatura común, y podrán, con cargo a su financiamiento público ordinario realizar ahorros en un ejercicio fiscal para poder ejercerlo en años posteriores. | Desechada (art. 184, num 2)
Publicación en Gaceta: 29-Noviembre-2022 |
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dirección General de Apoyo Parlamentario