• .    "LXV Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad.   2024, AÑO DE FELIPE CARRILLO PUERTO, BENEMÉRITO DEL PROLETARIADO, REVOLUCIONARIO Y DEFENSOR DEL MAYAB."

Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura
turnadas a comisión
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Iniciante 3 0 0 0 0 3
TOTAL 3 0 0 0 0 3
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6° y 20 Quatér de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia


Iniciante: Ayala Villalobos Karla (PRI)
Fecha de presentación:
5-Marzo-2024

  - Igualdad de Género
Agregar la Violencia digital como tipo de violencia contra las mujeres. Ampliar los conceptos de Violencia Digital y Tecnologías de la Información y la Comunicación. Pendiente


Publicación en Gaceta:
20-Febrero-2024
2   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de pasantías de estudiantes y profesionistas.


Iniciante: Ayala Villalobos Karla (PRI)
Fecha de presentación:
5-Marzo-2024

Unidas  - Educación
- Trabajo y Previsión Social
Regular la formación profesional temporal que realicen los estudiantes de nivel superior o medio superior a través de actividades relacionadas con el plan curricular de los estudios cursados, las cuales desempeñan en empresas e instituciones públicas o privadas. Pendiente


Publicación en Gaceta:
20-Febrero-2024
3   Proyecto de decreto que expide la Ley General de Juventudes y reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Iniciante: Ayala Villalobos Karla (PRI)
Fecha de presentación:
5-Marzo-2024

  - Juventud
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento que tenga por objeto garantizar, promover, respetar y proteger los derechos de las personas jóvenes, así como impulsar acciones para su desarrollo laboral, político y social; conforme a lo contenido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ordenamientos jurídicos vigentes y tratados internacionales, en los que el Estado mexicano sea parte, de acuerdo a las competencias entre los poderes de la unión y órdenes de gobierno; crea el Secretario Nacional de la Juventud, con carácter de órgano rector de las políticas y estrategias de la Administración Pública Federal hacia la juventud y reformar lo dispuesto en la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, con el fin de reforzar su papel como instrumentador de los programas y acciones dirigidos a la atención de la juventud mexicana y, Agregar que, para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones: Elaborar el Plan Nacional de las Juventudes, en conjunto con el Secretario Nacional de las Juventudes. Pendiente


Publicación en Gaceta:
5-Marzo-2024



Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Apoyo Parlamentario