• .    "LXV Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad.   2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo."

Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura
turnadas a comisión
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Adherente 2 0 0 0 0 2
De Grupo 3 0 0 0 0 3
Iniciante 8 1 1 0 4 2
TOTAL 13 1 1 0 4 7
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma los artículos 9°, 15 Sextus y 20 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
6-Septiembre-2022

  - Derechos Humanos
Determinar, como forma de discriminación, el evitar o finalizar la contratación laboral por motivos de edad. Fijar, dentro de las medidas de inclusión, la difusión del respeto al derecho al trabajo para la eliminación de la discriminación laboral por motivos de edad. Incluir, dentro de las atribuciones del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, el conocer, investigar y emitir un informe especial sobre actos relacionados a queja por discriminación interpuesta por no contratación o finalización de relación laboral por motivos de edad. El informe deberá ser entregado certificado a la parte quejosa, y tendrá validez como prueba, en juicio laboral. Pendiente


Publicación en Gaceta:
2-Septiembre-2022
2   Proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
6-Septiembre-2022

  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Incluir dentro de las atribuciones de los municipios: la obligación de elaborar un padrón de predios del municipio y mantenerlo actualizado para su entrega en el proceso de cambio de gobierno a la nueva administración, su omisión o entrega irregular de este padrón dará lugar a responsabilidad administrativa. Así como, el de emitir el acuerdo de liberación de predios propiedad del municipio, por causa de utilidad pública, en los términos de las leyes locales. Retirada
con fecha 8-Noviembre-2022



Publicación en Gaceta:
2-Septiembre-2022
3   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
21-Septiembre-2022

  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
Elaborar un padrón de predios propiedad del municipio y mantenerlo actualizado para su entrega en el proceso de cambio de gobierno a la nueva administración. La omisión o entrega irregular de este padrón dará lugar a responsabilidad administrativa establecida en las normas locales para el presidente municipal y demás servidores públicos responsables de su elaboración y actualización. Emitir acuerdo de liberación de predios propiedad del municipio, por causa de utilidad pública debidamente fundada y motivada, privilegiando la creación de centros sociales, culturales, deportivos, área verde para parques y esparcimiento, y uso habitacional para población en condición de vulnerabilidad, en los términos de las leyes locales. Retirada
con fecha 28-Septiembre-2022



Publicación en Gaceta:
13-Septiembre-2022
4   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 8° y 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en materia de discurso de odio en contra de las personas de la población LGBTTTIQA+.


Adherente: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
21-Septiembre-2022

  - Gobernación y Población
Con Opinión de  - Diversidad
Establecer que, las asociaciones religiosas deberán abstenerse de proferir discurso de odio y discriminar a personas o grupos por razón de cualquier condición o circunstancia personal, étnica, social, orientación sexual, identidad y/o expresión de género. Considerar como infracción el proferir discursos de odio en el ejercicio de los actos amparados por esta ley o en medios de comunicación con el deliberado ánimo de menospreciar y discriminar a personas o grupos por razón de cualquier condición o circunstancia personal, étnica, social, orientación sexual, identidad y/o expresión de género. Pendiente


Publicación en Gaceta:
6-Septiembre-2022
5   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 2448-F del Código Civil Federal.


Adherente: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
21-Septiembre-2022

  - Justicia
Precisar que el contrato de arrendamiento debe contener como parte de sus estipulaciones, que la garantía en ningún caso podrá establecerse con requisitos que sean considerados discriminatorios. Pendiente


Publicación en Gaceta:
21-Septiembre-2022
6   Proyecto de decreto que adiciona dos fracciones al artículo 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
21-Septiembre-2022

Unidas  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
- Federalismo y Desarrollo Municipal
Elaborar un padrón de predios propiedad del municipio y mantenerlo actualizado para su entrega en el proceso de cambio de gobierno a la nueva administración. La omisión o entrega irregular de este padrón dará lugar a responsabilidad administrativa establecida en las normas locales para el presidente municipal y demás servidores públicos responsables de su elaboración y actualización. Emitir acuerdo de liberación de predios propiedad del municipio, por causa de utilidad pública debidamente fundada y motivada, privilegiando la creación de centros sociales, culturales, deportivos, área verde para parques y esparcimiento, y uso habitacional para población en condición de vulnerabilidad, en los términos de las leyes locales. Retirada
con fecha 18-Octubre-2022



Publicación en Gaceta:
21-Septiembre-2022
7   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 11 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
21-Septiembre-2022

Unidas  - Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
- Federalismo y Desarrollo Municipal
Con Opinión de  - Hacienda y Crédito Público
Establecer como obligación de los municipios cobrar el impuesto predial y actualizar anualmente el valor catastral para su cálculo, con criterios de progresividad y tomando como base el valor comercial de la propiedad. Retirada
con fecha 18-Octubre-2022



Publicación en Gaceta:
21-Septiembre-2022
8   Proyecto de decreto que reforma los artículos 6o. y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
4-Octubre-2022

  - Puntos Constitucionales
Con Opinión de  - Igualdad de Género
Establecer la manifestación de ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, solo en el caso de ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, fomente o reproduzca estereotipos de género que perpetúan situaciones de desigualdad o inferioridad y atenten contra la dignidad humana, provoque algún delito, o perturbe el orden público. Incluir a trabajo igual corresponderá salario igual y no podrá establecerse diferencia salarial por ningún motivo, de conformidad con los principios de igualdad y no discriminación. Pendiente


Publicación en Gaceta:
4-Octubre-2022
9   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral


De Grupo: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
20-Octubre-2022

Unidas  - Reforma Política-Electoral
- Gobernación y Población
Armonizar el lenguaje con perspectiva de género. Agregar los conceptos de acciones afirmativas, elección consecutiva, Intercampaña y votación valida emitida. Establecer como obligación de los ciudadanos votar en las elecciones, las consultas populares, en los procesos de revocación de mandato, así como en los demás mecanismos o ejercicios de participación ciudadana que haya, entre otros, referéndums, iniciativa ciudadana y plebiscitos. Señalar que el pueblo ejerce su democracia, como una forma de gobierno en beneficio de y para el pueblo, un sistema de vida basado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo. Determinar que la votación válida emitida se refiere al resultado que se obtenga de restar a la suma de todos los votos depositados en las urnas, los votos nulos, los votos a candidaturas no registrados y los votos correspondientes a las candidaturas independientes. Precisar que el partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro, salvo que haya conservado el registro como partido local, obteniendo al menos el tres por ciento de la votación válida emitida, en al menos la mitad más uno del total de las entidades federativas en donde se haya desarrollado una elección concurrente, esto aplicará para la elección donde se elijan Presidente de la República, senadurías y diputaciones federales, así como en la elección donde sólo se renueve la Cámara de las y los Diputados. Garantizar la paridad en la conformación de las y los integrantes de las Cámaras. Establecer en las Constituciones de las entidades federativas y de la Ciudad de México, la elección consecutiva para el mismo cargo de presidencias municipales, regidurías y sindicaturas, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años y solo será posible en el mismo municipio en que fueron electos. Señalar que la Consejera o Consejero Presidente del Consejo General será elegida o elegido por mayoría simple del Pleno de la Cámara de Diputados, a propuesta del órgano de dirección política y avalada por la Junta de Coordinación Política. Cambiar la denominación del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) por Unidad Especializada. Agregar facultades a la Unidad Especializada del INE. Modificar las reglas para el funcionamiento de la Unidad Especializada. Incorporar una excepción a la obligación de registrar fórmulas de propietario y suplente del mismo género, pues se aplicará en aquellos casos en que la fórmula esté integrada por un candidato propietario hombre en cuyo caso se podrá optar por registrar como suplente a una mujer. Determinar que en la propaganda política estarán prohibidas las expresiones que calumnien a las personas, lenguaje ofensivo que pueda generar violencia política en razón de género y se deberá usar lenguaje incluyente. Actualizar las multas en razón del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización general vigente para la Ciudad de México. Determinar que, para la obtención del registro, los partidos políticos locales en formación deberán acreditarán un número de afiliados que no sea inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral local que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate; dicha disposición no será aplicable para los partidos políticos que haya participado en alguna elección local ordinaria; 16) modificar Distrito Federal por Ciudad de México. Incorporar como facultad del Poder Judicial de la Federación conocer y resolver las impugnaciones que versen sobre el procedimiento de designación de autoridades electorales locales y sobre los asuntos relacionados con el presupuesto del Instituto Nacional Electoral. Pendiente


Publicación en Gaceta:
20-Octubre-2022
10   Proyecto de decreto que reforma los artículos 456 y 458 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 23 de la Ley General de Partidos Políticos.


De Grupo: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
20-Octubre-2022

Unidas  - Reforma Política-Electoral
- Gobernación y Población
Disminuir del 50 al 25% el monto máximo de las reducciones económicas a los partidos políticos derivadas de sanciones, multas, descuentos, remanentes u otros conceptos. Destinar a la Tesorería de la Federación los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones económicas a los partidos políticos. Pendiente


Publicación en Gaceta:
20-Octubre-2022
11   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Elección Consecutiva de las y los Legisladores Federales


De Grupo: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
20-Octubre-2022

Unidas  - Reforma Política-Electoral
- Gobernación y Población
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Expedir un nuevo ordenamiento que tiene por objeto regular la elección consecutiva como un derecho constitucional de las y los senadores hasta por dos periodos consecutivos y de las y los diputados hasta por cuatro periodos consecutivos al Congreso de la Unión, en ambos casos, sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. Pendiente


Publicación en Gaceta:
20-Octubre-2022
12   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de gobiernos de coalición por convenio electoral


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
8-Noviembre-2022

Unidas  - Reforma Política-Electoral
- Puntos Constitucionales
- Gobernación y Población
Establecer que los partidos políticos tienen como fin promover hacer posible su acceso al ejercicio del poder público por sí o mediante la integración de un gobierno de coalición. Facultar al Presidente de la República para integrar un gobierno de coalición con los partidos políticos participantes en coalición electoral total registrada para la elección correspondiente. Asimismo, el gobierno de coalición se regulará conforme al convenio de coalición electoral para la integración de gobierno de coalición. En caso de que el ejecutivo opte por un gobierno de coalición, este se regulará por el convenio y el programa respectivos aprobados por mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. En caso de disolución del gobierno de coalición, el Presidente del República podrá remover y nombrar a los secretarios de estado y a los demás empleados de la Unión relacionados. Por otra parte, los gobernadores de los estados, en caso de ser electos mediante coalición electoral integrarán el gabinete de gobierno, de conformidad al convenio de coalición electoral para la integración de gobierno de coalición. Desechada
con fecha 6-Diciembre-2022



Publicación en Gaceta:
8-Noviembre-2022
13   Proyecto de decreto que reforma los artículos 20, 180 y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Iniciante: Aguilar Gil Lilia (PT)
Fecha de presentación:
16-Noviembre-2022

Unidas  - Seguridad Social
- Vivienda
Establecer que los fondos de vivienda que se otorguen se darán siempre con moneda nacional en función de, entre otros factores, los ingresos y la capacidad de pago de los Trabajadores. Agregar que se adquirirán intereses sobre los créditos que aún no se terminen por pagar a la tasa que determine la Junta Directiva, que no será menor del cuatro por ciento. Aprobada con fecha
24-Abril-2023



Publicación en Gaceta:
16-Noviembre-2022



Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Apoyo Parlamentario