Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura turnadas a comisión |
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Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno | ||||||
Tipo de presentación | Total | Aprobadas | Desechadas | Atendidas | Retiradas | Pendientes |
Iniciante | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
TOTAL | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2 |
INICIATIVA | TURNO A COMISIÓN | SINOPSIS | TRÁMITE EN EL PLENO |
1 Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía Iniciante: Santiago Marcos Nancy Yadira (MORENA) |
Fecha de presentación: 26-Septiembre-2023 |
Incorporar la definición de certificación de organismos del sector social de la economía. Facultar al Instituto Nacional de la Economía Social para conducir modelos de certificación para los distintos organismos del sector respecto al cumplimiento de los fines, valores, principios y prácticas establecidos, y recibir quejas en contra de organismos del sector respecto de los cuales se presuma simulación y turnarlas a las autoridades competentes. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 6-Septiembre-2023 |
2 Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, en materia de regulación cooperativa. Iniciante: Santiago Marcos Nancy Yadira (MORENA) |
Fecha de presentación: 13-Diciembre-2023 |
Aumentar de 5 a 15 días naturales para que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo soliciten su inscripción en el Registro Público de Comercio. Especificar que, en caso de cancelación ésta se efectuará de manera definitiva transcurridos 30 días naturales posteriores a la configuración de la causal respectiva. Cambiar la denominación página electrónica en la red mundial denominada Internet por portal de Internet y Consejo de Vigilancia por Comité de auditoría. Indicar que el domicilio social será válido y deberá notificar al Comité de Supervisión Auxiliar el cambio de domicilio con una anticipación de por lo menos 20 días hábiles. Incluir que las sociedades podrán constituir depósitos a la vista o a plazo en instituciones de crédito y realizar inversiones en valores gubernamentales, bancarios y de sociedades de inversión en instrumentos de deuda. Modificar el tiempo de evaluación semestral a anual. Agregar que el Comité de Supervisión Auxiliar deberá notificar por escrito a aquellas Sociedades con nivel de operaciones básico cuando deba presentar su solicitud de autorización al propio Comité. Promover el otorgamiento de crédito. Enfatizar que para ser miembro del Comité Técnico no debe ser integrante del Consejo de Administración, de Vigilancia, Comités o Comisiones o de algún órgano de alguna Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo. Incluir a las facultades de las Comisiones que los procedimientos administrativos caducan si una vez iniciados éstos, se deja de actuar o no se notifica la resolución que sobre ellos recaiga, en un periodo de 1 año. | Pendiente
Publicación en Gaceta: 6-Diciembre-2023 |
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