• .    "LXV Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad.   2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo."

Iniciativas presentadas por diputado en la LXV Lesgislatura
turnadas a comisión
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario
Iniciativas presentadas y estatus ante el Pleno
Tipo de presentación Total Aprobadas Desechadas Atendidas Retiradas Pendientes
Adherente 7 4 0 0 1 2
De Grupo 1 1 0 0 0 0
TOTAL 8 5 0 0 1 2
 

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE EN EL PLENO
1   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de la Guardia Nacional, de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública.


De Grupo: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
2-Septiembre-2022

  - Dispensa de Trámites
Agregar como facultad de la Secretaria de la Defensa Nacional (SDN), el ejercicio del control operativo y administrativo de la Guardia Nacional (GN) conforme a la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. Precisar que el uso exclusivo para la portación de armas de fuego del Ejército, Fuerza Aérea y Armada mexicanos, no podrán ser incluidas en la expedición de licencias. Establecer que se recibirán las solicitudes de indulto y amnistía formuladas en el ámbito de la competencia del Ejecutivo Federal, con excepción de los delitos del orden militar otorgando el reconocimiento de inocencia o anulación de sentencia. Señalar que dentro de sus facultades estarán las de prestar servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, sus órganos, los Poderes Legislativo y Judicial, organismos constitucionalmente autónomos y demás instituciones públicas, exceptuando las instalaciones consideradas estratégicas por la Constitución Política y demás leyes, asimismo personas físicas o morales cuando se requiera preservar la seguridad de bienes nacionales. Agregar a las obligaciones de la GN la de auxiliar a la Fuerza Armada permanente en el ejercicio de sus misiones, cuando así lo disponga la persona titular del Poder Ejecutivo Federal. Cambiar al titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) por el titular de la SDN como aquel que encabezará la estructura de los niveles de mando a través de los que la GN realizará sus operaciones. Precisar en la facultad la de formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, en lo aplicable a la GN, la colaboración de los titulares de la SSPC con el de la SDN; expedir nombramientos a propuesta de la Comandancia; Formular las políticas, programas y acciones que se deriven de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública. Establecer las facultades de la persona titular de la SDN. De ejercer el control operativo y administrativo de la GN; expedir manuales de organización, de procedimientos y de servicio al público; elaborar los programas operativos y estrategias; autorizar los planes y programas correspondientes a la Comandancia; organizar la distribución territorial, proponer adecuaciones a la estructura orgánica. Realizar la propuesta para nombrar a la persona titular de la Comandancia quien deberá Contar con el grado jerárquico de Comisario General y título de licenciatura debidamente registrado. Agregar a las facultades de la persona titular de la Comandancia las de dirección y supervisión de la GN, Administrar los recursos que se aporten para su operación y funcionamiento, coordinar la realización de cursos, seminarios o eventos que establezca la SDN. Realizar la propuesta para nombrar o remover a la persona titular de las Coordinaciones Territoriales, Estatales y de las Unidades Especiales. Establecer la equivalencia de jerarquías entre el personal de la GN y de las Fuerzas Armadas para la colaboración en el desempeño de las funciones de seguridad pública. Precisar que el personal militar asignado a la GN continuará sujeto a la jurisdicción militar respecto de los delitos especificados en el Libro Segundo del Código de Justicia Militar que atonten contra la jerarquía y la autoridad. Señalar que el personal militar podrá efectuar operaciones de apoyo a las instituciones de seguridad pública en los términos que señale el marco jurídico aplicable. Aprobada con fecha
2-Septiembre-2022



Publicación en Gaceta:
2-Septiembre-2022
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 1° y 20 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
13-Septiembre-2022

  - Derechos Humanos
Incorporar la figura de discriminación múltiple. Aprobada con fecha
23-Noviembre-2022



Publicación en Gaceta:
8-Septiembre-2022
3   Proyecto de decreto que reforma los artículos transitorios cuarto y séptimo de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, publicada en el DOF el 31 de marzo de 2007.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
13-Septiembre-2022

  - Seguridad Social
Con Opinión de  - Trabajo y Previsión Social
Establecer que las persona que hubiesen cotizado anteriormente en el régimen del instituto se les reconocerá los periodos cotizados con anterioridad. Agregar que las personas trabajadoras que se encuentren bajo el régimen de acreditación de cuentas indivisibles y cumplan con los requisitos de edad y antigüedad para pensionarse podrán solicitar en el ISSSTE el cálculo comparativo entre la renta vitalicia a que tienen derecho en el monto de pensión que les hubiera correspondido. Pendiente


Publicación en Gaceta:
2-Septiembre-2022
4   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 27 de la Ley General de Salud.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
13-Septiembre-2022

  - Salud
Con Opinión de  - Derechos de la Niñez y Adolescencia
Añadir que, para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a la atención médica en áreas de salud pediátrica a niñas, niños y adolescentes en situación de calle o integrantes de comunidades callejeras. Pendiente


Publicación en Gaceta:
6-Septiembre-2022
5   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3º y deroga el artículo 5º de la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos y abroga el Decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
13-Septiembre-2022

  - Energía
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Incentivar a la industria turística de la entidad para ser más competitiva, y contar con más horas de luz de día, trayendo consigo a su vez un ahorro significativo de energía eléctrica. Establecer que corresponda al estado de Yucatán, como entidad federativa libre y soberana, determinar si es de su preferencia mantenerse en la zona horaria del centro, referida al meridiano 90 grados, o pasar a formar parte de la zona horaria del sureste, referida al meridiano 75. Aprobada con fecha
28-Septiembre-2022



Publicación en Gaceta:
8-Septiembre-2022
6   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
13-Septiembre-2022

  - Seguridad Social
Con Opinión de  - Vivienda
Incluir en la integración de los recursos para la operación del Fondo de la Vivienda, los intereses pagados por los créditos otorgados. Precisar que los recursos para el Fondo, se destinarán al otorgamiento de créditos para los trabajadores que sean titulares de las subcuentas, de las cuentas individuales y que tengan depósitos constituidos a su favor por más de dieciocho meses en el Institutito de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; señalando que estos serán en pesos y con tasa de interés fija anual de 4 a 6% durante el tiempo que dure el crédito, y otorgados en plazos de 15, 20, 25 y 30 años a elección del trabajador. Establecer el cobro del 20% de la pensión mensual a los trabajadores pensionados o jubilados que adquirieron un crédito estando activos. Cambiar el término de saldo insoluto por el de monto de la suerte principal. Precisar que los montos máximos de los créditos que Junta Directiva del Instituto determina, serán en pesos y con tasa de interés fija anual, a elección de años del crédito que haga el trabajador. Contemplar una prórroga en los pagos de amortización e intereses cuando un trabajador deje de prestar sus servicios a las dependencias o entidades sujetas al régimen de beneficios, permitiéndole reestructurar el monto del crédito y de los pagos de amortización e intereses a beneficio del trabajador, para que pueda realizarlo de manera directa al crédito. Establecer que los pagos anticipados al crédito que realice el trabajador podrá destinarse para pago directo a capital; y pago para reducción de plazo e intereses. Retirada
con fecha 8-Febrero-2023



Publicación en Gaceta:
2-Septiembre-2022
7   Proyecto de decreto que adiciona los artículos 106 y 111 Ter de la Ley de Instituciones de Crédito.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
13-Septiembre-2022

  - Hacienda y Crédito Público
Añadir que las instituciones de crédito les estará prohibido solicitar acceso a la información privada como contactos, fotografías y video contenidos en medios digitales como teléfonos celulares, tabletas, computadoras de los clientes a quienes otorguen algún servicio u operación financiera. Adicionar que cuando se celebren operaciones de depósito, crédito, préstamo, mutuo o cualquier acto causante de pasivo directo por alguna empresa que se ostente y promocione para realizar estas actividades sin contar con la autorización para constituirse, funcionar, organizarse y operar en cumplimiento con la Ley de Instituciones de Crédito, la obligación de cubrir la operación se extinguirá, tanto el monto del crédito como los intereses generados. Aprobada con fecha
25-Abril-2023



Publicación en Gaceta:
2-Septiembre-2022
8   Proyecto de decreto que reforma el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito.


Adherente: Espinoza Lopez Brenda (MORENA)
Fecha de presentación:
11-Octubre-2022

  - Dispensa de Trámites
Indicar que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, con excepción de aquellos previamente destinados a la beneficencia pública, prescribirán en favor de la Seguridad Pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan. Aprobada con fecha
11-Octubre-2022



Publicación en Gaceta:
11-Octubre-2022



Secretaría General

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Dirección General de Apoyo Parlamentario