• .    "LXV Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad.   2023, Año de Francisco Villa, el revolucionario del pueblo."

Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura
relativos a leyes o decretos
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 23 de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de disminución de montos por infracciones.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2022


- Reforma Política-Electoral


11-Octubre-2022

Reducir de cincuenta a veinticinco el porcentaje de retención de la ministración mensual del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes derivada de sanciones, multas, descuentos, remanentes u otros conceptos, según la gravedad de la falta cometida por los sujetos señalados en el ordenamiento jurídico o por los partidos políticos.

Establecer como derecho de los partidos políticos, cuando la autoridad electoral no podrá reducir y/o retener más del veinticinco por ciento de la ministración mensual del financiamiento público ordinario que les corresponda, derivada de multas, descuentos, remanentes u otros conceptos.

Todas las obligaciones en materia de fiscalización emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto deberán ajustarse de manera inmediata a lo dispuesto en el tercer párrafo de la fracción II del inciso a) del numeral 1 del artículo 23 de la Ley General de Partidos Políticos, ambos adicionados en este decreto.

Las autoridades electorales competentes tendrán un plazo de treinta días para adecuar la normatividad correspondiente de conformidad con lo dispuesto en este Decreto, sin que sea condición para la aplicación y cumplimiento inmediato de las disposiciones establecidas en el mismo.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Sergio Carlos Gutiérrez Luna (MORENA), el 27 de septiembre de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 11 de octubre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 11 de octubre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artícuos no reservados por 466 votos a favor, 1 en contra y 27 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 12 de octubre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda.