Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura relativos a leyes o decretos |
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DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el cual se interpreta el alcance del artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 12-Diciembre-2023 |
- Dispensa de Trámites 13-Diciembre-2023 Publicación en el DOF: 22-Marzo-2024 |
Interpreta los alcances de lo dispuesto en el Artículo Transitorio del decreto con relación a la conservación del rango y prestaciones; la preservación de los derechos cuando exista una reasignación al cuerpo de origen y la antigüedad del personal asignado a la Guardia Nacional. | 1. Iniciativa suscrita por los Senadores Cristóbal Arias Solís (MORENA), Damián Zepeda Vidales (PAN), Clemente Castañeda Hoeflich (MC), Jorge Carlos Ramírez Marín (PVEM), Mario Zamora Gastélum (PRI), Miguel Ángel Mancera Espinosa (PRD) y de la Sen. Elvia Marcela Mora Arellano (PES), 06 de diciembre de 2023. 2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2023. 3. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 112 votos a favor, 5 en contra y 1 abstención. 4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2023. 6. Se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 13 de diciembre de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 415 votos a favor y 1 en contra. 8. Pasa a las Legislaturas de los estados para los efectos constitucionales. 9. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Diputados el 05 de marzo de 2024. 10. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en la Cámara de Senadores el 06 de marzo de 2024. 11. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 12. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2024. |