Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura relativos a leyes o decretos |
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DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Vías Generales de Comunicación; Reglamentaria del Servicio Ferroviario; y Federal de las Entidades Paraestatales. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Comunicaciones Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 25-Abril-2023 Gaceta Cámara de Senadores: 28-Abril-2023 |
- Dispensa de Trámites 25-Abril-2023 Aprobación en el Senado: 28-Abril-2023 Publicación en el DOF: 3-Mayo-2023 |
Establece que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ejercerá sus facultades en el otorgamiento, interpretación y cumplimiento de concesiones y asignaciones. Asimismo, establece que la asignación de la prestación de servicios públicos, así como el uso, aprovechamiento y explotación de bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación, por causas de utilidad e interés públicos, interés general, interés social o de seguridad nacional, cuando no contravenga su objeto social. tendrá una vigencia indefinida. | 1. Iniciativa presentada por el Dip. Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros (MORENA), el 25 de abril de 2023. 2. Se le dispensaron todos los trámites y se sometió a discusión y votación de inmediato. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 25 de abril de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 264 votos a favor y 216 en contra. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de abril de 2023. Se turnó a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes; y de Estudios Legislativos, segunda. 6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2023. 7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 28 de abril de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 64 votos a favor y 1 abstención. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de mayo de 2023. |