• .    "LXV Legislatura de la Paridad, la Inclusión y la Diversidad.   2024, AÑO DE FELIPE CARRILLO PUERTO, BENEMÉRITO DEL PROLETARIADO, REVOLUCIONARIO Y DEFENSOR DEL MAYAB."

Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura
relativos a leyes o decretos
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se Expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Octubre-2022
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Octubre-2022


- Hacienda y Crédito Público


20-Octubre-2022

Aprobación en el Senado:
25-Octubre-2022

Publicación en el DOF:
14-Noviembre-2022
No contempla la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023 nuevos impuestos ni aumentos a los vigentes, atendiendo a los supuestos del marco macroeconómico, así como a las estimaciones de ingresos y gastos previstos en el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2023.

Considera una estimación de crecimiento puntual del PIB de 3.0 por ciento durante el ejercicio fiscal de 2023; así como un tipo de cambio respecto al dólar de los Estados Unidos de América de 20.6 pesos por dólar, y una plataforma de producción de petróleo crudo, en 1,872 mbd con una estimación del precio ponderado acumulado del barril de petróleo crudo de exportación de 68.7 dólares de los Estados Unidos de América por barril.

Considera la estimación de ingresos presentadas por el Ejecutivo Federal, en el artículo 1o. de la Iniciativa que se analiza, por lo que, los ingresos que se estima percibirá la Federación durante el ejercicio fiscal de 2023 serán por un total de 8 billones 299 mil 647.8 mdp por concepto de ingresos estimados, de los cuales 4 billones 623 mil 583.1 mdp corresponden a Impuestos; 470 mil 845.4 mdp a Cuotas y Aportaciones de Seguridad Social; 34.6 mdp a Contribuciones de Mejoras; 57 mil 193.0 mdp a Derechos; 6 mil 543.6 mdp a Productos; 173 mil 554.2 mdp a Aprovechamientos; 1 billón 303 mil 977.5 mdp a Ingresos por Ventas de Bienes, Prestación de Servicios y Otros Ingresos; 487 mil 742.6 mdp a Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Subvenciones, y Pensiones y Jubilaciones; y 1 billón 176 mil 173.8 mdp a Ingresos Derivados de Financiamientos. Asimismo, se concuerda con la estimación de una recaudación federal participable por un monto de 4 billones 443 mil 267.6 mdp.

Establece para el ejercicio fiscal de 2023 un dividendo estatal a cargo de PEMEX y la CFE, así como a sus EPS, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 99 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, toda vez que no se prevé que, durante el ejercicio fiscal de 2022, estas empresas productivas del Estado o sus EPS generen utilidades.
1. Iniciativa remitida por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Diputados el 8 de septiembre de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 20 de octubre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 20 de octubre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 266 votos a favor y 212 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de octubre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2022.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2022. Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 65 votos a favor, 44 votos en contra y 2 votos en abstención.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14 de noviembre de 2022.