Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura relativos a leyes o decretos |
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DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 7 y 37 de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Economía y Finanzas Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 23-Marzo-2022 Gaceta Cámara de Senadores: 8-Febrero-2023 |
- Economía, Comercio y Competitividad 23-Marzo-2022 Aprobación en el Senado: 8-Febrero-2023 Publicación en el DOF: 27-Marzo-2023 |
Establecer que, la Secretaría de Economía con la participación, en su caso, de las demás dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, así como de los Gobiernos de los Estados y Municipios deben incluir a las comunidades indígenas dentro de zonas prioritarias y el desarrollo de microindustrias, así como fomentar con especial atención a las y los artesanos de las comunidades indígenas para la obtención de financiamientos y otorgamiento de mayores estímulos. Proponer mecanismos para la inclusión de aquellos artesanos que, sin estar formalmente constituidos como una microindustria, su actividad económica y comercial recae en la elaboración de artesanías.1. |
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Armando Contreras Castillo, (MORENA), 12 de octubre de 2021. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 17 de marzo de 2022. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 23 de marzo de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 464 votos a favor. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2022, se turnó a las comisiones unidas de Economía y de Estudios Legislativos, Primera. 6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2022. 7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 08 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 94 votos a favor. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2023. |