Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura relativos a leyes o decretos |
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DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se deroga el numeral 2, del inciso d), de la fracción XII, del artículo 6, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Seguridad Social (IMSSS, ISSSTE, ISFAM y Similares) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 6-Septiembre-2022 Gaceta Cámara de Senadores: 2-Febrero-2023 |
- Seguridad Social 6-Septiembre-2022 Aprobación en el Senado: 2-Febrero-2023 Publicación en el DOF: 24-Marzo-2023 |
Eliminar de la figura de familiares derechohabientes, el requisito que establece que, para ser considerado con dicha calidad, los familiares no tendrán por si mismos derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o a otros similares en materia de servicios de salud, otorgado por cualquier otro instituto de seguridad social. | 1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa suscrita por la Dip. Angélica Ivonne Cisneros Luján (MORENA), el 7 de abril de 2022. b) Iniciativa suscrita por la Dip. Sandra Simey Olvera Bautista (MORENA), el 26 de abril de 2022. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 06 de septiembre de 2022. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 06 de septiembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 489 votos a favor. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de septiembre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Seguridad Social; y de Estudios Legislativos, Segunda. 6. Dictamen de Primera Lectura en la Cámara de Senadores el 07 de diciembre de 2022. 7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 90 votos a favor. 8. Pasa al ejecutivo federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2023. |