Dictámenes aprobados en la LXV Legislatura relativos a leyes o decretos |
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DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se adicionan los artículos 23 y 25 de la Ley General de Partidos Políticos; y un artículo 19 Ter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 15-Febrero-2022 Gaceta Cámara de Senadores: 23-Febrero-2022 |
- Reforma Política-Electoral 15-Febrero-2022 Aprobación en el Senado: 23-Febrero-2022 Publicación en el DOF: 27-Febrero-2022 |
Establecer como derechos de los partidos políticos, el poder renunciar parcialmente, y, en su caso devolver, en cualquier tiempo, su financiamiento para actividades ordinarias permanentes, siempre que no se vea afectado el cumplimiento de dichas actividades y prevalezca en su financiamiento los recursos públicos sobre los de origen privado, en el caso de catástrofes sufridas en territorio nacional por sismos, fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias, entre otros. La devolución de recursos correspondientes a financiamiento para actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos también será aplicable tratándose de remanentes del ejercicio respecto de este tipo de financiamiento. Los recursos deberán reintegrarse a la Tesorería de la Federación por acuerdo del Consejo General de la autoridad electoral, cuando no hayan sido entregados a los partidos políticos y a solicitud del Comité Ejecutivo Nacional o instancia equivalente que ostente la representación legal del partido. No constituirá una falta la renuncia o devolución del financiamiento público que en su caso realicen los partidos políticos. |
1. Iniciativas consideradas en el dictamen: a) Iniciativa suscrita por los Dip. Moisés Ignacio Mier Velasco y Sergio Carlos Gutiérrez Luna (MORENA), el 25 de enero de 2022. b) Iniciativa presentada por el Dip. Raymundo Atanacio Luna (MORENA) y suscrita por los Dip. Moisés Ignacio Mier Velasco y Sergio Carlos Gutiérrez Luna (MORENA), el 10 de febrero de 2022. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 15 de febrero de 2022. 3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de febrero de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 327 votos a favor, 148 en contra y 1 abstención. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de febrero de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda. 6. Dictamen de primera lectura el 22 de febrero de 2022. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 23 de febrero de 2022, aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 68 votos a favor, 28 en contra y 4 abstenciones. 8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2022. |