• .    2025, "Año de la Mujer Indígena".

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Tipo de dictamen: Nueva Ley


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Diciembre-2024


- Justicia


10-Diciembre-2024

Publicación en el DOF:
20-Diciembre-2024
Crea el Órgano de Administración Judicial, responsable de la gestión de la carrera judicial y los recursos administrativos de manera autónoma, asegurando decisiones libres de influencias externas y orientadas al bien público.

Crea un modelo de formación y evaluación a través de la Escuela Nacional de Formación Judicial, que capacitará y certificará al personal judicial con principios de excelencia, imparcialidad y perspectiva de género, promoviendo un servicio judicial más profesionalizado.

Introduce un nuevo esquema para la elección de ministros, magistrados y jueces de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), basado en procesos democráticos y participativos que fortalecen la legitimidad y transparencia en la designación de sus integrantes.
Reduce de 11 a 9 el número de ministros de la SCJN, con el objetivo de agilizar su funcionamiento y garantizar una resolución más eficiente de los casos. Los ministros estarán sujetos a características como integridad, imparcialidad, paridad de género y compromiso con los derechos humanos.

Crea el Tribunal de Disciplina Judicial, encargado de investigar y sancionar las faltas administrativas graves, garantizando mayor transparencia y rendición de cuentas dentro del Poder Judicial.
1. Iniciativas consideradas en el dictamen, presentadas en la Cámara de Senadores:

a) Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 20 de noviembre de 2024.

b) Iniciativa suscrita por la Sen. Laura Estrada Mauro (MORENA), el 09 de octubre de 2024.

c) Iniciativa suscrita por el Sen. Saúl Monreal Ávila (MORENA), el 18 de septiembre de 2024.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 04 de diciembre de 2024.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 05 de diciembre de 2024. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 79 votos a favor y 31 votos en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de diciembre de 2024.

6. Declaratoria de publicidad el 10 de dciembre de 2024, en sesión matutina.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 10 de diciembre de 2024, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 330 votos a favor y 123 en contra.

8. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

9. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2024.




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