• .    2025, "Año de la Mujer Indígena".

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
30-Junio-2025


- e


30-Junio-2025

Publicación en el DOF:
16-Julio-2025
Establece la Clave Única de Registro de Población (CURP) como base principal de identificación, y se crea la Plataforma Única de Identidad, que integrará registros como el Banco Nacional de Datos Forenses, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y bases administrativas.

Obliga a autoridades y particulares que cuenten con información biométrica o identificativa a facilitar su consulta por parte de las fiscalías e instituciones de seguridad, respetando los derechos de protección de datos.

Incorpora la obligación de realizar pruebas dactiloscópicas y genéticas a cuerpos no identificados antes de enviarlos a fosas comunes, registrando los resultados en un plazo máximo de tres días. Se implementa la Ficha de Búsqueda en formato físico y digital para la activación de alertas en la CURP, con amplia difusión.

Implementa a la CURP como el documento oficial de identificación nacional, obligatorio y universal, en formato físico y digital. Este identificador incluirá datos biométricos como huellas dactilares y fotografía. La Secretaría de Gobernación será responsable de su integración y actualización, incluyendo la recopilación de biométricos desde la infancia, en coordinación con autoridades de los tres niveles de gobierno.
1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 01 de abril de 2025.

2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 26 de junio de 2025.

3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria del 27 de junio de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 89 votos a favor y 13 votos en contra.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de junio de 2025.

6. Se le dispensarón todos los trámites y se sometío a discusión y votación de inmediato.

7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión extraordinaria el 30 de junio de 2025. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas por 438 votos a favor y 38 votos en contra.

8. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados de la Ley General de Población por 340 votos a favor, 104 votos en contra y 24 votos en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025.




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