DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se reforman los artículos 4o., párrafo primero; 21, párrafo noveno; 41, párrafo segundo; 73, fracción XXI, penúltimo párrafo; 116, fracción IX; 122, apartado A, fracción X, y 123, apartado A, fracción VII y apartado B, fracción V; y se adicionan un último párrafo al artículo 4o. y un segundo párrafo a la fracción IX del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género. Tipo de dictamen: Modificaciones Constitucionales Cámara de origen: Cámara de Senadores Clasificación: Equidad y Género Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 5-Noviembre-2024 |
- Puntos Constitucionales 5-Noviembre-2024 |
Establece que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres; asimismo incorpora la perspectiva de género como principio de las funciones de procuración de justicia, reforzando la protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños, contando con fiscalías especializadas de investigación de delitos relacionados con la violencia de género. Señala que se establecerán mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género. |
1. Iniciativa suscrita el Ejecutivo Federal el 08 de octubre de 2024. 2. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2024. 3. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria el 10 de octubre de 2024. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 124 votos a favor. 4. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2024. 6. Declaratoria de publicidad emitida el 05 de noviembre de 2024, en sesión matutina. 7. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 05 de noviembre de 2024. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 468 votos a favor. 8. Pasa a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales. |