MINUTAS PRESENTADAS
EN LA LXIV LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

MINUTA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito y del Código Civil Federal, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2019
Regular los contratos de depósito para personas menores de dieciocho años, precisar las sanciones, establecer la posibilidad de celebrar contratos de depósito bancario de dinero y disponer de los fondos depositados.

Determinar por el Banco de México las características, nivel de transaccionalidad, limitaciones, requisitos, términos y condiciones de las cuentas, así como la recepción de depósitos.

Precisar que las personas menores a dieciocho años, no podrán contratar préstamos o créditos con cargo a los fondos depositados en las cuentas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Marzo-2020


Proceso Legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal, el 23 de enero de 2019.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Olga Juliana Elizondo Guerra (PES), el 12 de febrero de 2019.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 05 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 414 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores en sesionordinaria del 05 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 110 votos a favor y 1 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los .efectos de la fraccoón E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 10 de marzo de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 462 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 27 de marzo de 2020
2  Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Septiembre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Vivienda
Publicación en Gaceta: 24-Septiembre-2019
Incluirlos conceptos de marginación o vulnerabilidad para el acceso a la vivienda y evaluar los programas atendiendo a las mejores prácticas nacionales e internacionales.
Estado Actual:
Pendiente


.
3  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 9-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2019
La Cámara de Senadores propone armonizar la Ley con el Protocolo de 1996 del Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972 y expedirlas normas oficiales mexicanas.
Estado Actual:
Pendiente


.
4  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Vertimientos en las Zonas Marinas Mexicanas, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 9-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Marina
Con Opinión de  - Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales
Publicación en Gaceta: 9-Octubre-2019
La Cámara de Senadores propone armonizar la Ley con el Protocolo de 1996 del Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias de 1972 y expedirlas normas oficiales mexicanas.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 12-Marzo-2020


1. Iniciativa suscrita por los integrantes de la Comisión de Marina, el 28 de abril de 2017.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 257 votos a favor, 38 en contra y 47 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 28 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Marina y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a Discusión en la Cámara de Senadores el 01 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 96 votos a favor, 2 en contra y 7 abstenciones. (LXIV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fraccion E del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 09 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2020. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 297 votos a favor y 1 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 13 de abril de 2020.
5  Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato, para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 17-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2019
Las consultas populares serán convocadas por el Congreso de la Unión, a petición de los ciudadanos:

Sobre temas de trascendencia nacional en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores. Para temas de trascendencia regional competencia de la Federación en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

Agregar que no podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte, ni las garantías para su protección la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; el sistema financiero; el Presupuesto de Egresos de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución.

El Instituto Nacional Electoral promoverá la participación de los ciudadanos en las consultas populares y será la única instancia a cargo de la difusión de las mismas. Ninguna persona física o moral, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos sobre ellas. Durante el tiempo que comprende el proceso de consulta popular deberá suspenderse toda propaganda gubernamental, salvo las campañas de información de autoridades electorales, las de servicios educativos y de salud, o las necesarias para protección civil. Las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional se realizarán el primer domingo de agosto. Incluir como derecho de la ciudadanía participar en los procesos de revocación de mandato. Establecer la forma en que se llevará a cabo la revocación de mandato del Presidente de la República. El Congreso de la Unión emitirá la ley reglamentaria para votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Noviembre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Dip. Álvaro Ibarra Hinojosa (PRI), el 30 de abril de 2018. (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa del Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC), 15 de agosto de 2018. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa de la Dip. Mary Carmen Bernal Martínez (PT), el 04 de octubre de 2018.

d) Iniciativa de la Dip. Merary Villegas Sánchez (MORENA), el 27 de septiembre de 2018.

e) Iniciativa del Dip. Javier Hidalgo Ponce (MORENA), el 04 de octubre de 2018.

f) Iniciativa de la Dip. María Alemán Muñoz Castillo (PRI), el 09 de octubre de 2018.

g) Iniciativa de la Dip. Dolores Padierna Luna (MORENA), el 18 de octubre de 2018.

h) Iniciativa de la Dip. Dolores Padierna Luna (MORENA), el 18 de octubre de 2018.

i) Iniciativa por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de MC, el 20 de noviembre de 2018.

k) Iniciativa de la Dip. María Alemán Muñoz Castillo (PRI), el 20 de noviembre de 2018.

2. Declaratoria de Publicidad emitida el 27 de noviembre del 2018.

3. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Diputados el 12 de marzo de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 329 votos a favor, 153 en contra y 2 abstenciones.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de marzo de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y Estudiios egislativos Segunda, con opinión de la Comisión de Anticorrupción, Transparencia y Participación Ciudadana.

6. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 98 votos a favor, 22 en contra y 1 abstención.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM

8. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 05 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 372 votos a favor y 75 en contra.

10. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

11. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2019.

12. Pasa a la Cámara de Senadores

13. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 28 de noviembre de 2019.

14. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

15. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2019.
6  Proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condonación de impuestos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 24-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 24-Octubre-2019
Prohibir las condonaciones de impuestos a los deudores fiscales bajo los términos que fijan las leyes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 5-Noviembre-2019


Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, el 14 de agosto de 2019.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Dulce María Sauri Riancho (PRI), el 21 de agosto de 2019

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 421 votos a favor y 25 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de septiembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Haciendo y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 119 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de octubre de 2019.

9. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 05 de noviembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 398 votos a favor y 33 en contra.

10. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

11. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de noviembre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos, Segunda.

12. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 11 de diciembre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor y 18 abstenciones.

13. Pasa a las Legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

14. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 11 de febrero de 2020.

15. Pasa a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

16. Declaratoria de aprobación por las legislaturas de los estados en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 25 de febrero de 2020.

17. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

18. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 06 de marzo de 2020.
7  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2019
Precisar que los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho referente a la condición de estancia de visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en un 20% al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y el 80% restante se destinará para estudios, proyectos e inversión en infraestructura que determine el Gobierno Federal con objeto de conectar, fortalecer, generar accesibilidad, iniciar o mejorar los destinos turísticos del país, entre otros. Ajustar la cuota referente a los servicios migratorios en aeropuertos a pasajeros de vuelos internacionales que abandonen el territorio nacional prestados por el Instituto Nacional de Migración.


Exentar el pago de derechos por servicios migratorios cuando los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas ingresen al territorio nacional por vía terrestre y su estancia en el país no exceda de siete días.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2019.

b) 9 iniciativas presentadas por diversos diputados y senadores en la LXIV Legislatura.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 277 votos a favor y 121 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 101 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 432 votos a favor y 6 en contra.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2019.
8  Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2019
Establecer un mecanismo de control de las operaciones que se realizan a través de los prestadores de servicios digitales de intermediación y así eliminar la evasión fiscal asignando obligaciones de los intermediarios entre terceros. Las personas físicas y morales que utilicen los servicios digitales de intermediación, por las contraprestaciones recibidas y, en su caso, por el IVA que les fue retenido, deberán estar a lo dispuesto por la Ley del IVA y cumplir con las obligaciones que la misma establece.

Determinar el ISR cuando el contribuyente tenga el control efectivo sobre la entidad extranjera; la aclaración que se tienen que considerar todos los impuestos sobre la renta pagados, incluyendo impuestos federales o locales, entre otros y los impuestos tienen que ser efectivamente pagados.

Calcular el impuesto del ISR de forma consolidada a los contribuyentes que opten por realizar la determinación de los ingresos sujetos a un régimen fiscal preferente y exclusivamente respecto de dichos ingresos.

Establecer que cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona distinta de un agente independiente, se considerará que el mismo tiene un establecimiento permanente en México, si dicha persona concluye habitualmente contratos o desempeña habitualmente el rol principal que lleve a la conclusión de contratos celebrados por el residente en el extranjero.

Excluir el ISR del cálculo para determinar el ajuste anual por inflación del contribuyente el monto de sus deudas, de las cuales deriven intereses que se consideren no deducibles durante el ejercicio fiscal, con el propósito de financiar la construcción de terrenos de la industria extractiva y los rendimientos de la deuda pública.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2019.

b) 74 iniciativas presentadas por diputados, senadores en la LXIV Legislatura.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 300 votos a favor, 127 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 59 votos a favor, 34 en contra y 7 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 298 votos a favor y 95 en contra Y 44 abstenciones.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 09 de diciembre de 2019.
9  Proyecto de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2020, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2019

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2019
En el ejercicio fiscal de 2020, la Federación percibirá 6 billones 103 mil 317 millones (6, 103,317.4) de los ingresos provenientes de los conceptos y en las cantidades estimadas, del gobierno federal (impuestos, contribuciones, derechos, productos, aprovechamientos y otros ingresos).
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 30-Octubre-2019


1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal, el 10 de septiembre de 2019.

b) Iniciativa del Dip. Jorge Arturo Espadas Galván (PAN), el 23 de abril de 2019.

c) Iniciativa del Sen. Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), el 03 de septiembre de 2019

b) 9 iniciativas presentadas por diversos diputados y senadores en la LXIV Legislatura.

2. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 258 votos a favor y 104 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de octubre de 2019, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de octubre de 2019, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los articulos no reservados por 59 votos a favor, 32 en contra y 5 abstenciones.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la facción E) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2019.

8. Dictamen a Discusión en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2019. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 273 votos a favor, 168 en contra y 5 abstenciones.

9.Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.

10. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de noviembre de 2019, se le dispensarón todos los trámites y se sometió a discusión y votación de imnediato.

11. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular el artículo décimo quinto transitorio por 3 votos a favor y 108 en contra.

12. Se remite al Ejecutivo Federal en lo referente a lo que ha sido aprobado por ambas cámaras.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 2019.
10  Proyecto de decreto que reforma la fracción XII, del artículo 2 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 19-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Justicia
Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2023
La Cámara de Senadores propone que en las bases generales se prevea la inclusión de las personas con discapacidad en la cultura física y el deporte en todas sus modalidades y adaptaciones.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Olga Juliana Elizondo Guerra (PT), el 18 de febrero de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 23 de marzo, 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 24 de marzo de 2021. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 456 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 6 de abril del 2021, se turno a las comisiones unidas de Juventud y Deporte; y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 12 de septiembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 89 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de septiembre de 2023.
11  Proyecto de decreto que reforma el artículo 17, el párrafo primero y la fracción XIV del artículo 18, y las fracciones I y X del artículo 22 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 19-Septiembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Presupuesto y Cuenta Pública
Publicación en Gaceta: 19-Septiembre-2023
La Cámara de Senadores propone que el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa realice evaluaciones y emita recomendaciones con un enfoque transversal, sectorial, regional y municipal. Establecer que quienes presidan los consejos estatales y su equivalente en la Ciudad de México formen parte del Consejo.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Olga Juliana Elizondo Guerra (MORENA), el 7 de octubre de 2021.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 23 de marzo de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 23 de marzo de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 469 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2022, se turnó a las comisiones unidas de Economía y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 14 de marzo de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 12 de septiembre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por votos 88 a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 19 de septiembre de 2023.
12  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7 y 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 17-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Economía, Comercio y Competitividad
Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2023
La Cámara de Senadores propone promover, con pertinencia cultural y lingüística, la inclusión de personas
afromexicanas con alguna discapacidad.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Ángel Sibaja Mendoza (MORENA), el 17 de febrero de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 13 de septiembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 13 de septiembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 485 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de septiembre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas; y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 12 de Septiembre de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 04 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 93 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso E), del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2023.
13  Proyecto de decreto que reforma los artículos 5o., 34 y 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 17-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Publicación en Gaceta: 17-Octubre-2023
Establecer la obligación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la planeación, formulación y conducción de las políticas y programas para que el desarrollo de los caminos, puentes, servicios de autotransporte federal y sus servicios auxiliares se realice mediante un diseño universal, de accesibilidad y ajustes razonables para las personas con alguna discapacidad.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Tagle Martínez (MC) y Dip. Marco Antonio Adame Castillo (PAN), el 18 de marzo de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 10 de febrero de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2021, Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 455 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de febrero de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y de Transportes y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 23 de marzo de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 04 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 88 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso E), del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 17 de octubre de 2023.
14  Proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., fracción III y 4o. de la Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana, para los efectos de la Fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 18-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 18-Octubre-2023
Incluir en las finalidades del Seminario, el mantener activo intercambio cultural con la Ciudad de México, asimismo, establecer en los requisitos para obtener el puesto de titular del Seminario, el que se haya distinguido en labores de creación e investigación educativas.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena del Socorro Jiménez Andrade (MORENA) el 26 de marzo de 2020 (LXIV Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 10 de marzo de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 15 de marzo de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 477 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5.Minuta recibida en Cámara de Senadores el 23 de marzo de 2022, se turnó a las Comisiones de Comisiones Unidas de Cultura; y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 12 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 10 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por votos 71 a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 18 de octubre de 2023.
15  Proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2023
La Cámara de Senadores propone facilitar el acceso de libros en lenguas indígenas en formatos accesibles y adaptativos para personas con discapacidad.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. Beatriz Dominga Pérez López (MORENA), el 19 de enero de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 14 de febrero de 2023.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 02 de marzo de 2023, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 457 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 07 de marzo de 2023. Se turnó a las Comisiones Unidas de Cultura y de Estudios Legislativos, Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 18 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 17 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2023.
16  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 25-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Salud
Publicación en Gaceta: 25-Octubre-2023
Establecer la aplicación obligatoria de la prueba del tamiz neonatal amplio.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Azael Santiago Chepi (MORENA), el 14 de abril de 2020. (LXIV Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Angélica Zamudio Macias (MC), el 10 de diciembre de 2020. (LXIV Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 23 de febrero de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 23 de febrero de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 481 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2022, se turnó a las comisiones unidas de Cultura y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 17 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 80 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2023.
17  Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 57 y 58 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Hacienda y Crédito Público
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2023
La Cámara de Senadores propone conservar la educación, para las niñas, niños y adolescentes, en mataría del respeto al medio ambiente, estilos de vida sustentables, y las causas-efectos del cambio climático.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 10-Abril-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa presentada por la Dip. María Eugenia Hernández Pérez (MORENA), 10 de junio del 2020. (LXIV Legislatura)

2. Declaratoria de publicidad emitida el 09 de diciembre de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 09 de diciembre de 2021, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 486 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 14 de diciembre de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 09 de abril de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 10 de abril de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.
18  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de crianza positiva, para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2023
Incluir en la legislación vigente el concepto de Crianza Positiva. Obligar a quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda de los menores a ejercer sus obligaciones bajo la perspectiva de la crianza positiva. Ampliar las atribuciones de las autoridades federales y locales de manera concurrente, para impulsar acciones para fomentar la crianza positiva de niñas, niños y adolescentes.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 8-Febrero-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Imelda Pérez Segura (MORENA), el 27 de abril de 2022.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Elena García Gómez e integrantes del grupo parlamentario del PAN, el 20 de febrero de 2020.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Héctor Saúl Téllez Hernández (PAN), el 15 de marzo de 2022.

d) Iniciativa suscrita por integrantes del grupo parlamentario de MC, el 25 de mayo de 2022.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Taygete Irisay Rodríguez González (MC), el 15 de diciembre de 2021.

f) Iniciativa suscrita por la Dip. Cecilia Anunciación Patrón Laviada (PAN), el 13 de julio de 2022.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. Eunice Monzón García (PVEM), el 17 de agosto de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de septiembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de septiembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 466 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de septiembre de 2022, se turnó a las Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia; y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 70 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 08 de febrero de 2024.

11. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 08 de febrero de 2024, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 444 votos a favor.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2024.
19  Proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 Constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 30-Octubre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
- Trabajo y Previsión Social
Publicación en Gaceta: 30-Octubre-2023
Agregar que, tratándose del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá realizar aportaciones adicionales de activos financieros o títulos de crédito, del Gobierno Federal, siempre y cuando se cumpla con lo señalado en el artículo 17 de esta Ley. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, y en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, los recursos de los Fondos establecidos para la administración, manejo y uso de las aportaciones de seguridad social de las y los trabajadores, no serán considerados activos financieros del Gobierno Federal. Añadir que, en caso de que durante el ejercicio fiscal correspondiente se presente un ahorro o economías presupuestarias en el costo financiero de la deuda del Gobierno Federal, se podrán efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para destinar dicho ahorro o economías al Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios, conforme lo determine la Secretaría.
Estado Actual:
Aprobada

con fecha 13-Marzo-2024


Proceso legislativo:

1. Iniciativa remitida por el Titular del Poder Ejecutivo Federal, el 8 de septiembre de 2022.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 04 de noviembre de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 04 de noviembre de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 264 votos a favor, 217 en contra y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 09 de noviembre de 2022. Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos; Segunda.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2023.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2023. Aprobado en lo general y en lo particular por 67 votos a favor y 39 en contra.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de octubre de 2023.

10. Declaratoria de publicidad emitida el 12 de marzo de 2024.

11. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Diputados el 13 de marzo de 2024. Aprobado en lo general y en lo particular por 242 votos a favor, 194 en contra y 2 abstenciones.

12. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

13. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2024.
20  Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 28-Noviembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Publicación en Gaceta: 28-Noviembre-2023
La Cámara de Senadores propone sustituir las referencias a "un representante" por "una persona representante", y del "Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología" por el "Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías", así como utilizar herramientas tecnológicas para facilitar y mejorar la interacción entre las autoridades y las comunidades afromexicanas.
Estado Actual:
Pendiente


Proceso legislativo:

1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Eugenia Hernández Pérez (MORENA), el 14 de diciembre de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 22 de febrero de 2022.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados en sesión ordinaria el 22 de febrero de 2022, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 488 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 01 de marzo de 2022, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 10 de octubre de 2023.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2023. Aprobado en lo general y lo particular por 81 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2023.
21  Proyecto de decreto que reforma el artículo 4 de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, que devuelve para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional.


Proponente: Minutas devueltas

Fecha de presentación: 28-Noviembre-2023

Cámara de Origen: Cámara de Diputados
  - Puntos Constitucionales
Unidas  - Justicia
- Igualdad de Género
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Publicación en Gaceta: 28-Noviembre-2023
Establecer que el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas tendrá como atribución promover e instrumentar las medidas pertinentes, en coordinación con las instancias competentes y con los pueblos indígenas y afromexicanos, para que estos se beneficien del aprovechamiento sostenible de sus recursos y bienes naturales, y al mismo tiempo conserven y protejan la diversidad biológica, la agrobiodiversidad, los ecosistemas, la ecología del paisaje y en general el ambiente, así como su patrimonio histórico y cultural y, con ello, hacer frente a las consecuencias adversas del cambio climático.
Estado Actual:
Pendiente


Procesos legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Dip. Felipe Rafael Arvizu de la Luz (MORENA), el 5 de diciembre de 2019.

2. Declaratoria de publicidad en la Cámara de Diputados el 14 de octubre de 2020.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2020, aprobado en lo general y en lo particular por 441 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2020, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2023.

7. Dictamen a discusión en sesión ordinaria de la Cámara de Senadores, el 22 de noviembre de 2023. Aprobado en lo general y lo particular por 76 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

9. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de noviembre de 2023.