EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se adiciona un artículo 28 Bis y se deroga la fracción XIX del artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
10-Febrero-2021
- Atención a Grupos Vulnerables


10-Febrero-2021

Establecer que, las personas adultas mayores deberán acreditar la edad, mediante identificación oficial, credencial de jubilado o pensionado, o credencial que lo acredite como persona adulta mayor, para poder gozar de los beneficios que resulten de las disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de otros ordenamientos jurídicos aplicables. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lizeth Amayrani Guerra Méndez, (MORENA), el 21 de abril de 2020.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 10 de febrero de 2021.

3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2021, Decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 453 votos a favor y 1 en contra.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de febrero de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo y Bienestar Social y de Estudios Legislativos, Segunda.