EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS | SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS Dirección General de Apoyo Parlamentario |
DICTAMEN | COMISIÓN DICTAMINADORA | SINOPSIS | PROCESO LEGISLATIVO |
1 Decreto por el que se adiciona un artículo 28 Bis y se deroga la fracción XIX del artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes Cámara de origen: Cámara de Diputados Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados) Estado actual: Aprobado Gaceta Cámara de Diputados: 10-Febrero-2021 |
- Atención a Grupos Vulnerables 10-Febrero-2021 |
Establecer que, las personas adultas mayores deberán acreditar la edad, mediante identificación oficial, credencial de jubilado o pensionado, o credencial que lo acredite como persona adulta mayor, para poder gozar de los beneficios que resulten de las disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de otros ordenamientos jurídicos aplicables. | 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Lizeth Amayrani Guerra Méndez, (MORENA), el 21 de abril de 2020. 2. Declaratoria de publicidad emitida el 10 de febrero de 2021. 3. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 10 de febrero de 2021, Decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 453 votos a favor y 1 en contra. 4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. 5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 16 de febrero de 2021, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo y Bienestar Social y de Estudios Legislativos, Segunda. |