EN LA LXIV LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforma el artículo 423 del Código Civil Federal, la fracción IX del artículo 170 de la Ley General de Educación y la fracción I del artículo 47 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Noviembre-2020
Gaceta Cámara de Senadores:
7-Noviembre-2021
- Derechos de la Niñez y Adolescencia


4-Noviembre-2020

Aprobación en el Senado:
7-Noviembre-2021

Establecer que, cuando un adulto ejerza la patria potestad de niños, niñas y adolescentes tiene la obligación de observar una conducta que sirva de buen ejemplo, así como la facultad que tienen de corregir no implica algún acto de violencia que atente su integridad física.

Los prestadores de Servicios Educativos serán acreedores a multas, cuando ejerzan cualquier actividad, tipo o acto de violencia que pongan en riesgo, la salud o integridad que menoscaben la dignidad de los educandos.

La responsabilidad para prevenir, atender y sancionar los daños físicos, psicológicos y sexuales es competencia de los 3 niveles de Gobierno.
1. Iniciativa presentada por la Dip. María de los Ángeles Gutiérrez Valdez (PAN), el 30 de abril de 2019.

2. Dictamen a discusión presentado en sesión ordinaria en la Cámara de Diputados el 04 de noviembre de 2020, aprobado en lo general y en lo particular por 443 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2020, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y la Adolescencia y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores en sesión ordinaria del 07 de noviembre de 2021. Aprobado en votación nominal por 80 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D del artículo 72 de la CPEUM.